Se acerca una nueva reforma fiscal. Tras subir los impuestos en 2012 el gobierno plantea bajarlos en dos fases, una en 2015 y otra en 2017. No me parece buena idea, con los déficits que mantenemos y con la nula (más bien contraria) evidencia de que disminuyendo impuesto aumente la recaudación. Se oye hablar mucho de cuánto afecta la disminución a cada tramo de renta, a menudo con comentarios de gente que desconoce lo que significan los términos que se usan. Para que podamos ir por este monte con las botas adecuadas y opinar con criterio pongo aquí un par de tablas para el impuesto sobre la renta (IRPF), pero antes definamos bien los términos.
1. En 2012 hubo una subida y ahora hay una bajada de impuestos. Evaluar el impacto progresivo o regresivo tomando como referencia solamente la situación de 2012 es dejar las cosas a medias. Lo justo será ver también cómo queda la situación respecto al año anterior.
2. Un error frecuente al evaluar la carga impositiva es olvidarse del mínimo exento y de lo que eso significa. La tasa impositiva no se aplica sobre la renta, sino sobre la base imponible. Si alguien gana 20.000€ y su mínimo exento es 8.000€, eso quiere decir que a los efectos de aplicar las tablas impositivas su base imponible es de 12.000€.
3. El otro error es pensar que un tipo impositivo se aplica a toda la base imponible. No es así, si el tipo impositivo es de un 10% para bases inferiores a 10.000€ y del 20% para bases entre 10.000 y 20.000€, una persona cuya base imponible sea de 18.000€ pagará el 10% de sus primeros 10.000€ y el 20% de los 8.000€ restantes. Por ello hay gente que prefiere hablar del tipo medio.
4. Antes y después de la reforma, los tramos son distintos, lo que hace difícil comparar el efecto.
Teniendo esto en cuenta, las siguientes tablas computan el pago total para los distintos tramos y el pago medio (porcentaje de renta que se paga por el impuesto IRPF). Los tramos incluyen los de antes y los de después de la reforma. Las tablas suponen un mínimo exento de 2.650 por declaración individual más 5.150 por rentas de trabajo (el anteproyecto todavía no aclara si estos cambiarán). La situación personal variará si tiene más deducciones de la base imponible (declaración conjunta, hijos, otros dependientes, inversión en fondos de pensiones,...). La renta se mide siempre después de quitar las cotizaciones a la seguridad social por parte del trabajador y que se incluyen en la nómina (normalmente un 6,35%).
Vemos que, con respecto a 2011, al final de la reforma, en 2017, se habrán beneficiado más las rentas más bajas. Con respecto a 2012 se habrán beneficiado, además, las muy altas.
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