Análisis inicial sobre los resultados de la COP16

Por Pistachez

Este es un análisis inicial resumido de la organización Amigos de la Tierra sobre los resultados plasmados en los Documentos sobre Acción Cooperativa a Largo Plazo (LCA) y el Protocolo de Kioto (PK). Al final del texto, hay un enlace al documento de análisis completo. Como veréis, por mucho que se haya celebrado en los medios, no todo lo que es oro brilla.

ESTRUCTURA GENERAL

Según cómo se den las cosas en torno a las negociaciones en el grupo de trabajo sobre el Protocolo de Kioto el año que viene, el resultado de Cancún podría llevar a que los dos grupos de trabajo –el de Acción Cooperativa a Largo Plazo (LCA) y el del Protocolo de Kioto (PK)- se conviertan en uno solo. Aunque el del PK continuará el año que viene, no se ha establecido un segundo período de compromisos. El grupo de trabajo del PK continuará con su mandato actual, que es que las partes realicen compromisos para un segundo período de compromisos del Protocolo de Kioto y que estos resultados se adopten lo antes posible “para garantizar que no haya ninguna brecha entre el primer y el segundo período de compromisos”. Este plazo tan poco específico y el hecho de que el mandato de acordar un segundo período de compromisos “lo antes posible” no se está implementando en realidad son señal del intento de algunos países de que el Protocolo de Kioto se diluya y se discontinúe eventualmente. Esto se hace además evidente en el hecho que la decisión del KP refiere a la decisión del LCA, pero no hay ninguna referencia al PK en el documento de decisión sobre LCA. Sin embargo, puesto que las negociaciones en el marco del PK van a continuar en 2011, eso significa que el Protocolo de Kioto aun sigue con vida, y que aun podemos y debemos aprovechar eso para luchar por un segundo período de compromisos.

Tanto el grupo de trabajo sobre LCA como el del PK asumieron ahora un enfoque de abajo hacia arriba, basado en promesas, para la mitigación en los países desarrollados, y ambos textos piden que los países del Anexo I comuniquen sus metas de reducción de la manera que consideren apropiada. No hay una meta general agregada acordada de arriba hacia abajo para los países desarrollados bajo el PK, aunque ahora hay una referencia no vinculante a la recomendación del PICC de una meta de reducción del 25-40 por ciento (para 2020, a partir de los niveles de 1990) para los países desarrollados. Además, las metas para los países desarrollados que son partes del Protocolo de Kioto y los países desarrollados que no lo son (es decir, Estados Unidos) están registradas en el mismo documento. Este documento es un documento “SB” y no hace referencia específica a ninguno de los grupos de trabajo.

En general, las decisiones de Cancún facilitan la importación de conceptos contenidos en el Entendimiento de Copenhague –un documento rechazado por Amigos de la Tierra Internacional- al proceso oficial de la CMNUCC.

VISIÓN COMÚN

La sección sobre visión común en la decisión de Cancún eliminó las referencias a “un paradigma de acceso igualitario al espacio atmosférico global” en relación a la meta mundial a largo plazo. Este concepto es clave para el principio de equidad. El pedido de Bolivia de proveer un enfoque de presupuesto de carbono para compartir el espacio atmosférico restante tampoco ha sido considerado.

BOSQUES

El texto sobre LCA incluye una decisión sobre enfoques políticos e incentivos para reducir las emisiones derivadas de la deforestación y degradación (REDD) que no lleva a ponerle punto final a la deforestación ni a la restauración de los ecosistemas. Si bien se ha progresado algo en estos últimos dos años en lo que tiene que ver con el establecimiento de medidas de salvaguarda en línea con nuestras posiciones políticas sobre temas tales como la necesidad de evitar la conversión de bosques naturales en plantaciones, en otras áreas el texto puede socavar la integridad ambiental y los derechos de los Pueblos Indígenas y comunidades locales. Algo importante es que el texto permite que los países contabilicen las emisiones a nivel sub-nacional (regional o estadual/departamental) en lugar de tener que hacerlo a nivel nacional. Esto llevará a la filtración o escape de emisiones, lo que socavará la integridad ambiental. Además, el texto es demasiado débil como para garantizar que las medidas de salvaguarda –incluyendo los derechos de los Pueblos Indígenas, una referencia a la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la participación, y una salvaguarda en contra de la conversión de bosques naturales en plantaciones –sean en verdad implementadas. Sin embargo, la implementación puede ser hasta cierto punto fortalecida a través del trabajo que se solicitó al SBSTA (Órgano subsidiario de asesoramiento científico y tecnológico) durante 2011.

MERCADOS

La decisión sobre LCA abre el camino para la expansión de nuevos y ya existentes mecanismos de mercado para la mitigación del cambio climático. El año que viene se va a analizar el establecimiento de uno o más mecanismos fundados en el mercado, con la posibilidad de tomar una decisión para adoptar estos nuevos mecanismos en la COP17 en Sudáfrica. Los nuevos mecanismos podrían incluir varios tipos diferentes de instrumentos, algunos de los cuales serían más destructivos que otros. La UE, Estados Unidos, Japón y otros países del Anexo I y los grupos de presión del comercio de carbono han estado cabildeando para que se establezca el comercio sectorial (que establecería un tope a las emisiones provenientes de sectores económicos mundiales específicos como el acero o el cemento y permitiría el comercio internacional de permisos y créditos dentro de esos sectores mundiales), y bonos verdes, que han sido descritos como un nuevo instrumento de deuda para los países en desarrollo. Ambos mecanismos aumentarían drásticamente las posibilidades de que los países ricos compensen su reducción de emisiones, y de transferir una porción cada vez mayor de la carga financiera de la acción climática en los países en desarrollo, a los mismos países en desarrollo.

La decisión también expresa que todo nuevo mecanismo mantendría y se construiría sobre la base de mecanismos existentes como el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), que es el mecanismo de compensación internacional existente establecido en el marco del Protocolo de Kioto. Por lo tanto, empieza a salvaguardar la continuación del MDL en ausencia de un acuerdo sobre un segundo período de compromisos del PK –esencialmente permitiéndole a los países del Anexo I continuar accediendo a la compensación en ausencia de un sistema de metas de reducción de emisiones legalmente vinculantes.

Además, se estableció en Cancún que la captura y almacenamiento de carbono (CCS) puede proporcionar créditos MDL, siempre y cuando se resuelvan temas pendientes. Estos temas incluyen, entre otras cosas, criterios para la selección del lugar, estrictos planes de monitoreo, evaluación de riesgos y seguridad, responsabilidad civil en caso de fugas, restauración de ecosistemas dañados, e indemnización para las comunidades afectadas. La inclusión de la CCS en el MDL agrega un nuevo tipo de proyectos con el potencial de grandes cantidades de créditos MDL para los países desarrollados. Sin embargo, según los Acuerdos de Marrakech, un nuevo tipo de proyectos solo se puede agregar si se demuestra que es ambientalmente seguro. La CCS no lo es.

FINANCIAMIENTO

El financiamiento fue un área en Cancún donde hubo resultados positivos y negativos. En términos del financiamiento a largo plazo, el resultado fue profundamente decepcionante. El texto final sobre LCA consagra los términos del Entendimiento de Copenhague, y pide que se movilicen 100 mil millones de dólares por año hasta el 2020 provenientes de fuentes públicas y privadas (incluyendo mercados de carbono), dependiendo de las acciones de mitigación y transparencia emprendidas por los países en desarrollo. El texto tampoco menciona cómo los países desarrollados van a recaudar los fondos a través de fuentes públicas innovadoras (como impuestos a las transacciones financieras y modificando los subsidios a los combustibles fósiles), y tampoco cómo los fondos se vincularían con el nuevo Fondo Verde para el Clima.

La creación del Fondo Verde para el Clima, aunque no refleje la manera como Amigos de la Tierra lo establecería, representa un avance real y probablemente sea el mejor resultado que pueda esperarse del proceso CMNUCC. De hecho, hace dos años, el establecimiento de dicho fondo en la CMNUCC hubiera sido casi inimaginable. El Fondo Verde para el Clima responde y es orientado por la COP y lo gestionará un secretariado independiente. Qué significa “independiente” no queda claro, y tendremos que trabajar para asegurarnos de que sea independiente de las instituciones financieras internacionales existentes (como el Banco Mundial).

ADAPTACIÓN

En resumen, el resultado de Cancún en términos de adaptación es positivo. El párrafo 12 del texto sobre adaptación expresa que la adaptación debería seguir un enfoque orientado por los países, que tenga en cuenta las diferencias de género, que sea participativo y plenamente transparente. Estos son los mismos principios que exigimos como Amigos de la Tierra para otros acuerdos nacionales e internacionales. Sin embargo, el documento no incluye el principio clave de consentimiento previo, libre e informado, que si garantiza la UNDRIP. Esto podría traer problemas para las comunidades al planificar programas y proyectos de adaptación, por ejemplo, el desalojamiento de personas para crear áreas de retención de inundaciones. El párrafo 13 provee un Marco de Adaptación de Cancún, lo cual es un buen resultado. El párrafo 15 exhorta a los países menos adelantados establezcan un proceso para formular e implementar planes nacionales de adaptación. El párrafo 18 solo pide que los países desarrollados provean financiamiento de mayor magnitud, nuevo, predecible y adicional, tecnología y capacitación para acciones de adaptación a largo plazo. Pero proveer dichos recursos tiene que responder mucho más que a un pedido –es una exigencia.


Aquí puedes descargarte el análisis completo en formato pdf