La ley señala que la habilitación del músico profesional, el ejercicio de la profesión, así como el derecho de accionar judicialmente estarán sujetos a la obtención de un carnet profesional que será expedido por el Ministerio de Justicia y Trabajo.
Los músicos tendrán seis meses luego de la promulgación de la ley para obtener el carnet. Vencido el plazo establecido, ninguna persona física o jurídica o entidades públicas o privadas podrán contratar los servicios de músicos que no estén habilitados, so pena de ser sancionados con multas.
Establece que en la producción de espectáculos internacionales, deberán ser contratados también músicos paraguayos, así como todos los músicos extranjeros que actúen en Paraguay deberán tener una visa de trabajo para poder actuar en un escenario paraguayo.