Las interpretaciones que da la Ley a ciertas cosas, a menudo me siguen sorprendiendo. Por lo que leí no hace mucho, aparcar puede considerarse coacción si lo que se hace es utilizar una plaza reservada de otra persona. No sé si en el caso de los vados ocurre lo mismo, porque si es así, a menudo me están coaccionando en el vado del despacho y yo no lo sabía.
Si buscamos «coacción» en el diccionario, aparece:
1.- Fuerza o violencia que se hace a alguien para obligarlo a que diga o ejecute algo.
2.- Poder legítimo del derecho para imponer su cumplimiento o prevalecer sobre su infracción.
3.- Interacción ecológica entre dos o más especies que conviven en un biotipo.
Aparcar puede considerarse coacción según una reciente sentencia.
Está claro que lo que más se aproxima es la primera acepción, pero aún así, no acabo de entender dónde se encuentra la coacción cuando uno aparca en la plaza reservada (a sabiendas) de otra persona. Que es una putada queda claro desde el principio de los tiempos, pero que sea una coacción… yo no lo veo tan claro.
Este post lo escribo a raíz de una reciente sentencia del Juzgado de Instrucción número dos de Oviedo que ha condenado al conductor que aparcó en una plaza de garaje ajena
Dice la sentencia: «está claro que él no tenía plaza en ese aparcamiento, y no podría dejar de saber que la de sus padres era otra distinta, que tampoco ha acreditado que fuera siquiera colindante».
La sentencia también señala que la denunciante ya había denunciado anteriormente a otra persona de la misma familia que también aparcaba en su plaza de aparcamiento.
Se condena al conductor como responsable de una falta de coacción prevista y penada en el artículo 620.2 del Código penal. La pena es de 10 días con cuota de 5 euros diarios (total 50 euros), con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas impagadas, debiendo indemnizar a la dueña con 12 euros.
Aparcar puede considerarse coacción
Mis comentarios al respecto:
1.- Me parece genial que hayan condenado al que, sabiéndolo, utiliza un aparcamiento privado de otra persona, algo muy habitual y a lo que no parece dársele demasiada importancia cuando lo cierto es que la tiene, y mucha.
2.- La condena me parece un tanto ridícula y seguro que no compensa todo el esfuerzo de la denunciante, como tampoco garantiza que en el futuro esta gente no siga «coaccionándola» con los coches de la familia.
3.- Lo que no acabo de entender es la asimilación del término «coacción» con el de «aparcamiento indebido»
Aparcar puede considerarse coacción si se hace en plaza reservada was last modified: mayo 13th, 2014 by Ramón Cerdá