Revista Medio Ambiente

Apostillas a las Revelaciones de Santa María de Garoña

Por Jumanji

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El 2 de Julio de 2009, el diario económico Cinco Días publicó un magnífico artículo sobre la central nuclear: Las Revelaciones de Santa María de Garoña. Ahora que el nuevo Ministro de Energía José Manuel Soria pretende derogar el cierre de la central establecido por su antecesor para 2013, esta exposición de Natalia Fabra vuelve a estar de máxima actualidad.

En 1997 se aprobó la Ley 54/1997 del Sector Electrico (121) que liberalizaba el Sector Eléctrico. Las empresas propietarias de las centrales de generación existentes presuponieron que los precios de la electricidad en este nuevo marco bajarían y que se verían seriamente perjudicadas por este cambio en las reglas del juego. Estas compañías eléctricas habían acometido estos proyectos al amparo de una regulación que garantizaba la recuperación de sus inversiones.

El Gobierno de entonces entendió que debía resarcir a estas compañías ante eventuales pérdidas que podía ocasionarles esta nueva situación. Se estableció entonces una partida de costes denominados Costes de Transición a la Competencia (CTC) que pagamos todos los consumidores por medio de la tarifa eléctrica permitiendo a estas compañías recuperar el montante total de las inversiones pendientes de amortizar.

Las Centrales Nucleares e Hidráulicas son inversiones muy intensivas en capital, y habiendo sido éste completamente amortizado, operan a día de hoy únicamente con unos bajos costes variables.

Pero el actual diseño del mercado eléctrico permite que estas centrales puedan vender su electricidad al precio de la generada con centrales de gas o de carbón, mucho más elevado, obteniendo con ello unos enormes beneficios.

Un mercado en competencia que arroja grandes beneficios empresariales permite la entrada de competidores repartiendo el pastel entre un mayor número de participantes reduciendo así sus márgenes. Pero en España no se pueden instalar más centrales nucleares ni hidráulicas.

Por eso, estas rentabilidades que están obteniendo se llaman beneficios supranormales (windfall profits o beneficios caídos del cielo) porque son de una significativa magnitud y se mantienen en el tiempo debido a circunstancias de mercado totalmente ajenas al control de las empresas.

Por eso Natalia Fabra dice que “los altos beneficios de Garoña no provienen del acierto o el mayor riesgo asumido por sus propietarios, porque Garoña fue construida bajo un modelo regulatorio que garantizaba su rentabilidad. Esta garantía se extendió más tarde a través de los CTC que Garoña percibió como parte del conjunto de centrales sujetas a la norma protectora”.

Es decir, las nucleares e hidroeléctricas de este país son un negocio sin ningún riesgo que arroja unos beneficios regulatorios a sus propietarios que en muchos casos superan el 300% (ver Precios y Costes de la Generación de Electricidad).

Pero la situación creada por los CTC va mucho más allá… Los precios de la electricidad no bajaron tal y como preveían las Eléctricas lo que les permitió ingresar esos CTC mucho antes de lo previsto, y la parsimonia del Gobierno a la hora de dar por finiquitada esta medida provocó que los consumidores pagásemos en exceso, importe que aún a día de hoy no se nos ha sido devuelto, y que engorda además el déficit de tarifa con sus consiguientes intereses.

Con los CTC se socializaron las posibles pérdidas en las que podían incurrir las Eléctricas, y ahora que obtienen beneficios regulatorios supranormales, no se quieren socializar las ganancias.

Las Eléctricas ahora no solo niegan el exceso de pago, sino que encima aseguran sin pudor alguno que sus centrales nucleares e hidroeléctricas no están amortizadas cuando el montante total de los CTC fue pactado en base a unos cálculos que ellas mismas aceptaron.

Estas medidas adoptadas impidieron la aplicación de retroactividad a las Eléctricas, pero no se contemplaron contrapartidas para los consumidores en caso de que no sucediese la situación que finalmente se acabó dando.

Respecto a Garoña, el artículo dice: “con datos de 2008, los beneficios supranormales de Garoña podrían rondar los 180 millones de euros/año”. ¿Cómo se ha obtenido este resultado?

En 2008 la CNE publicó un informe (Precios y Costes de la Generación de Electricidad) que decía que los Costes Variables de la electricidad generada por las nucleares con las inversiones totalmente amortizadas era de 18 €/MWh.

Garoña tiene una potencia de 460 MW, y con una disponibilidad del 85% estaría produciendo 3.425 GWh/año a unos costes totales anuales de 61,7 M€. El precio medio del mercado mayorista de 2008 fue de 69,6 €/MWh (datos de REE), lo que arrojaría unos ingresos de 238,4 M€. La diferencia entre ambos importes serían los beneficios regulatorios supranormales del 386% que obtuvo Garoña en 2008 y que solo se vieron reflejados en las cuentas de resultados de Iberdrola y Endesa.

Para poner punto y final a esta situación tan abusiva y dolosa, Natalia Fabra propone 3 posibles soluciones:

1º) Establecer un precio de venta fijo a la electricidad generada por nucleares e hidráulicas que permita a las empresas generadoras recuperar sus costes operativos con un beneficio industrial razonable. Se tomarían como base los costes calculados y aceptados por las Eléctricas en 1997 para el establecimiento de los CTC.
2º) Crear un impuesto que grave los beneficios regulatorios supranormales.
3º) Establecer un concurso de licitación de nuevas licencias para operar estas centrales al que puedan tener acceso diferentes empresas, exigiendo contrapartidas para los consumidores tal y como se hizo en Bélgica por ejemplo. Actualmente las adjudicaciones se hacen a dedo y con apenas contrapartidas.

Por otro lado, nos argumentan la disparatada deuda del Déficit de Tarifa, que asciende ya a 24.000M€, con que pagamos la electricidad por debajo de su precio de coste, justificando de paso una subida en la tarifa del 80% desde 2004. ¿Cómo podemos estar pagando la luz por menos de lo que cuesta producirla y la tremenda deuda que supuestamente estamos contrayendo con las Eléctricas no les impida declarar beneficios récord año tras año? Pues porque la definición que nos están vendiendo del Déficit de Tarifa es falsa.

El déficit tarifario es la diferencia entre el precio de mercado y la tarifa eléctrica, y no entre la tarifa y el coste del suministro. Esta cuestión es capital para entender el problema: el déficit tarifario es un déficit de naturaleza regulatoria, no de naturaleza económica. Las tarifas no son más que la razón aparente del déficit tarifario. La razón real es que la competencia bajo el diseño de mercado actual es insuficiente“.

El artículo se cierra con este párrafo: “Ante la creciente comprensión del problema de fondo que revela Garoña, las empresas eléctricas podrían ser las primeras interesadas en su cierre. Evitarían así un precedente que podría extenderse a todos los rincones del sector eléctrico en los que la competencia es inexistente”.

Y es que, efectivamente, Garoña representa una clara oportunidad de tirar de la manta y sacar a relucir la escandalosa situación de ventaja que viven las Eléctricas amparadas por una legislación que prolonga en el tiempo una desigualdad de trato cuyas víctimas son el interés general y los consumidores.

Garoña puede abrir este melón.



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