Argentina. Discriminación a una trabajadora travesti

Por Arturolodetti @latitudgay

Tras más de seis años trabajando en carga y descarga en el puerto, durante los cuales hizo su transición para adecuar su cuerpo a su género autopercibido, L. presentó su documento con su nueva identidad y la echaron.

L. es una mujer travesti-transexual de 32 años. Llevaba más de seis años trabajando como estibadora de los pesqueros que amarran en Ushuaia para Trasmar SRL, hasta que en septiembre del año pasado la “desvincularon”. Nadie pone en duda su idoneidad. El problema surgió cuando se presentó con su nuevo DNI con la identidad de género mujer. La empresa argumentó que no podía seguir trabajando porque no contrataban personal femenino. Desde entonces reclama que la reintegren por considerar su despido discriminatorio por transfobia. “Cualquier despido contra una persona trans debe ser entendido como discriminatorio. Así lo establece la jurisprudencia”, dice su abogada patrocinante.

L. es peruana y hace diez años que vive en Argentina. Desde hacía casi siete había conseguido instalarse como trabajador del puerto. “Ingresé con mi nombre masculino. Hace cinco años que cambié mi persona, mi personalidad. El cambio fue gradual. No es que de un día para otro aparezco con tacones en el puerto. El año pasado, cuando cambié el nombre y mi documento, hice cambio de credenciales para entrar al puerto y cuando me presento en la empresa me dicen que no toman personal femenino”, cuenta en diálogo con Página12.

Trasmar SRL dejó de contratarla amparándose en una supuesta legislación que prohíbe tomar mujeres para ese empleo. Sin embargo, L. también trabaja como estibadora  para LECH-MAR S.A., que siguió contratándola. Red Diversa Positiva provincial de Tierra del Fuego acompañó la presentación de L. Según explica esta organización, “sostuvieron que la empresa no contrata personal femenino, argumentando que la normativa negaba la posibilidad de inscribir estibadoras en el Puerto de Ushuaia, hecho que fue desacreditado en el marco del expediente laboral. Tampoco constituye un obstáculo para este caso particular, siendo que la estibadora venía realizando su trabajo hacía seis años, habiendo demostrado idoneidad, y su identidad como mujer ya la autopercibía, hecho que tiene protección legal en el artículo 12 de la Ley de Identidad de Género”.

Desde chica L. sabía que ni su nombre ni su cuerpo se correspondían con lo que ella era, pero no sabía cómo cambiarlo. “No sabía que me podía cambiar el nombre, no sabía que era posible. Y bueno… no me veía como quería ser. Yo quería ser una mujer, bien mujer, y el cuerpo me mostraba otra cosa. Todo era como nadar contra la corriente. Con el tiempo lo fui planificando”, explica L.

Según surge del amparo, en 2017 L. trabajó normalmente “hasta el mes de mayo para la empresa Trasmar SRL. Desde dicho mes hasta agosto, el trabajo en la estiba de barcos estuvo parado; recién en el mes de septiembre de 2017 me presenté en la empresa, y el capataz, (Sr. Manuel), al ver mi Documento Nacional de Identidad –donde se encontraba inscripta mi identidad ya autopercibida anteriormente– dijo que no podía anotarme para la estiba manifestando: ‘en la empresa no contratamos mujeres’”. LEER NOTA COMPLETA.

Fuente: Pagina12.com.ar

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