Arraigo laboral. Autorización de residencia temporal en España

Por Sanchezbermejo @sanchezbermejo

El arraigo laboral es otro tipo de permiso de residencia al que pueden optar determinados extranjeros en España.

Este tipo de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de 6 meses.

Mi colega Diana Paz, especialista en Derecho Internacional y Extranjería, ha preparado el análisis de este permiso por arraigo laboral para analizar sus requisitos y el procedimiento en general. Os dejo con su artículo.

Arraigo laboral. Autorización de residencia temporal

El arraigo laboral es un tipo de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de 6 meses.

Es importante señalar antes de entrar a profundizar sus requisitos y procedimiento que la autorización, si es concedida, tendrá una vigencia de 1 año y a su término se podrá solicitar autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.

Requisitos para adquirir el permiso de residencia por arraigo laboral

Los requisitos que han de cumplir estos extranjeros para poder solicitarla serán los siguientes:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido, al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de 2 años, es decir, que las ausencias no hayan superado los 90 días en los 2 últimos años.
  • Poder demostrar la existencia de relaciones laborales, cuya duración no sea inferior a 6 meses, como documentos de asistencias médicas por accidentes laborales, documentos de la Seguridad Social, o de cualquier entidad pública de España.

Procedimiento para adquirir el permiso de residencia por arraigo laboral

El procedimiento para optar al permiso de residencia por arraigo laboral es el siguiente.

  • En primer lugar el extranjero personalmente, o su representante legal en el supuesto de ser menor o incapaz deberán presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga fijado el domicilio.
  • La solicitud conlleva una tasa que hay que pagar desde la admisión a trámite de la solicitud, existen 10 días para pagarla, y actualmente es de 36,78 €.
  • Existe un plazo de 3 meses para dar respuesta a la solicitud desde la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

    • Si finalmente se concede la autorización, esta concesión llevará aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia en España durante su vigencia, que como ya dije, es de 1 año.

    • Si la Administración no ha practicado notificación alguna en este plazo, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

  • Por último, una vez concedida la autorización, en el plazo de 1 mes, el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.

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