Hay que estar exclusivamente a lo que figura en la escritura en cuanto a elementos comunes se refiere de la supracomunidad. Si, como parece, solo figura en esta la zona deportiva y de recreo, es evidente que todo lo demás son elementos comunes de cada Comunidad, que tiene organización y personalidad propia, con coeficientes internos propios.En definitiva, según lo que se desprende de su consulta, estamos ante Comunidades independientes en todos los sentidos, salvo en aquellos elementos que expresamente figuran en la escritura como elementos comunes del conjunto o urbanización. Y, desde luego, parece que no figura la fachada entre estos últimos, por lo que las obras y gastos tendrá que afrontarlos la finca correspondiente.Web despacho
Revista Jurídico
Arreglo de la fachada en una finca que pertenece a un conjunto inmobiliario
Por Lázaro Amable Mendez @alyabogadosSus últimos artículos
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