En Nicaragua, según la Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud (Endesa), una de cada tres mujeres ha experimentado violencia física o sexual en su vida y, a partir de 2005, hay un aumento progresivo de feminicidios/femicidios representando este último la casi totalidad de asesinatos de mujeres.
El informe de monitoreo en medios de comunicación del 2009, de la Red de Mujeres Contra la Violencia (RMCV), señaló que el 2008 finalizó con 79 mujeres asesinadas, lo que representó un 68 por ciento de aumento con relación a 2007, año en que hubo 54 mujeres asesinadas.
Hasta noviembre de 2009 se registraron 69 asesinatos. El promedio de edad de las víctimas fue de entre 31 y 40 años (33 por ciento), la mayoría eran mujeres jóvenes violadas y torturadas antes de matarlas, seguido de entre 21 y 30 años (23 por ciento) y de la tercera edad (20 por ciento).
Los agresores eran personas conocidas, cercanas al entorno social o afectivo de la víctima; el ámbito de agresión fue el hogar, seguido de la vía pública o lugar desolado, hotel y discotecas o fiestas.
40 por ciento fueron asesinadas con arma de fuego (pistola), 24 por ciento con arma blanca (cuchillo, machete, hacha), y en 13 por ciento hubo abuso sexual contra niñas menores de 10 años y violación a jóvenes. En el resto de los casos, las asesinaron con saña.
El informe señala a Managua como el departamento con mayor índice de asesinatos, seguido de Matagalpa.
Para la RMCV la violencia contra las mujeres –especialmente el aumento de los asesinatos vinculados a la violencia doméstica y sexual– y el deficiente acceso a la justicia por parte de las víctimas de violencia de género, son situaciones que demandan que el Estado Nicaragüense revise su legislación en materia de protección de derechos humanos de las mujeres, incluida la penalización del aborto terapéutico, con el objetivo de garantizar el derecho a su vida.
La Red demanda también la reactivación de la Comisión Nacional de Lucha contra la Violencia, como un mecanismo para darle salida a las recomendaciones que en cuatro ocasiones ha hecho el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas al Estado de Nicaragua.
ATENCIÓN A LA VIOLENCIA
En Nicaragua existe un marco constitucional, establecido en el artículo 4º, que norma la obligatoriedad del Estado de promover avances de carácter social y político, protegiendo de toda forma de explotación, discriminación y exclusión, y establece los principios de libertad, justicia y respeto a la dignidad de las personas.
El artículo 36 de la Constitución señala que “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. Nadie será sometido a torturas, procedimientos, penas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. La violación de este derecho constituye delito y será penado por la ley”.
Además, la violencia contra las mujeres esta incluida en el Código Penal.
En la década de los 90 se aprobaron leyes relacionadas con la prevención y sanción de la violencia sexual e intrafamiliar. La primera fue la Ley 150, que establece la sanción de abusos y violaciones y otros delitos de orden sexual, y en 1996 la Ley 230, que sanciona los delitos de violencia familiar.
En el marco de las Reformas penales en el país, en 2008, se aprobó el Código Penal, estableciendo la violencia familiar como figura jurídica y delito específico, punible de dos hasta 13 años y se establecen medidas de protección de urgencia para la víctima.
Cuando las lesiones se consideran leves, la mediación –como una medida alterna de resolución de conflictos– está reconocida por la legislación nicaragüense y puede hacerse sólo una vez.
Las Comisarías de la Mujer y la Niñez creadas en 1993, y en 1996 con la Ley 228, a la fecha constituyen una especialidad nacional, como Dirección de la Comisaría de la Mujer y la Niñez. Desde su creación han intervenido distintos actores junto con la policía, como la Red de Mujeres contra la Violencia (creada en 1992) y el Instituto Nicaragüense de la Mujer (INIM).
En la Red hay consenso acerca de que las CM han contribuido a visibilizar la problemática de la violencia y que, allí donde existen, son un punto de referencia importante para las mujeres, entre sus limitaciones está que cubren sólo una parte del territorio nacional, en la actualidad solo existen 35 CMN.
Si bien este marco jurídico constituye un respaldo para las mujeres, los índices de violencia sexual y familiar siguen en aumento sin que exista una eficiente aplicación de las leyes.
RECOMENDACIONES
Con el objetivo de que el Estado Nicaragüense se haga cargo de atender la violencia contra las mujeres, las organizaciones que integran la RMCV proponen que se reduzcan los cuellos de botella en el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia y el feminicidio/femicidio.
Para ello, consideran importante que se desarrollen medidas para la protección de las mujeres, tales como prevención del riesgo (feminicidio/femicidio), promover la protección a nivel comunitario y que se retome la promoción de un modelo de atención integral articulado -en todos los niveles- en un macro sistema en todo el país. Por Carolina Velázquez, enviada Fuente: Cimac Noticias