El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de esta orden en el Bocyl. Para la concesión de estas ayudas será requisito imprescindible acompañar, a la solicitud, la factura justificativa de la adquisición del material subvencionable. La factura, una por alumno, salvo que el material subvencionable se adquiera en establecimientos diferentes, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor solicitante, indicando el curso o enseñanza a la que corresponden los libros.
Las ayudas favorecen a las familias numerosas, con algún miembro con discapacidad, o con víctimas de violencia de género o terrorismo, o que reciban la renta garantizada de ciudadanía.
Las cuantías de las ayudas atenderá a los intervalos de renta per cápita de la unidad familiar. Así recibirán 105 euros las magnitudes inferiores a los 2.500 euros; 75, las de entre 2.500 y 3.500 euros, y 50, las superiores a 3.500 euros.
Las solicitudes, una por cada alumno, se formalizarán, conforme al modelo que se encuentra disponible en la sede de administración electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en la página web de la Consejería de Educación, en las direcciones provinciales de educación, en las oficinas generales, en la departamental de la Consejería de Educación y en los puntos de información y atención al ciudadano, de esta administración.