Revista Salud y Bienestar

Ayudas Técnicas y productos de apoyo de la Comunidad Valenciana

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Prestaciones Económicas Individuales para las personas con discapacidad para el ejercicio 2015.

Esta ayuda permite el desarrollo personal las medidas dirigidas a facilitar la autonomía personal a personas con problemas motores o sensoriales, propiciando el mantenimiento en el propio entorno familiar y social, incrementando su autonomía y favoreciendo sus relaciones y la integración en la sociedad y tiene carácter subsidiario respecto de otras que puedan recibirse.

Que se entiende por Ayudas Técnicas y productos de apoyo son los medios, instrumentos o sistemas especialmente fabricados o disponibles en el mercado, utilizados por una persona con discapacidad, para prevenir, compensar, mitigar o neutralizar sus limitaciones y facilitar la autonomía personal.

Comprende aquellas medidas, productos de apoyo y útiles necesarios para la vida ordinaria, que estén directamente relacionadas con la pérdida de autonomía física o sensorial del solicitante.

Únicamente serán objeto de subvención los elementos que tengan la condición de adaptados.

Beneficiario

Pueden solicitar la ayuda las personas con discapacidad con problemas motores o sensoriales.

Cuando se trate de menores con discapacidad, la solicitud podrá ser suscrita por cualquiera de sus progenitores o persona que ostente su representación.

Requisitos

Los beneficiarios de las ayudas deberán reunir con anterioridad a la publicación de la convocatoria los requisitos de carácter general y las especificidades establecidas para cada una de ellas.

Requisitos de carácter general:

  1. Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad.
  2. Tener su residencia legal en un domicilio sito en un municipio de la Comunitat Valenciana.
  3. Ser menor de 65 años.
  4. Tener una renta individual o per cápita familiar inferior al doble del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior al de la convocatoria.
  5. Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.
  6. Idoneidad de la actuación o ayuda solicitada para cubrir la necesidad que plantea el solicitante, que deberá ser evaluada por el órgano instructor.

Exclusiones a la condición de beneficiario

  • Las actuaciones que sean objeto de ayuda de competencia institucional de otros organismos públicos.
  • Las ayudas técnicas y productos de apoyo incluidos en el Catálogo general ortoprotésico de la Conselleria de Sanidad, cuando el interesado cumpla los requisitos para su financiación.
  • Aquellos productos, equipos, instrumentos y elementos informáticos fabricados especialmente o disponibles en el mercado, que faciliten el acceso a las nuevas tecnologías, que puedan ser objeto específico de una convocatoria de subvenciones por otro departamento del Consell.
  • Las actuaciones que hayan sido subvencionadas por el mismo concepto en los últimos cinco años, salvo que se justifique la necesidad de renovación.

Cuantía de la ayuda

La cuantía máxima de la ayuda no podrá ser superior al coste de la acción ni superar los módulos económicos máximos siguientes:

  1. Sillas de ruedas con motor eléctrico: 2.100 euros
  2. Grúa hidráulica / eléctrica: 1.350 euros
  3. Audífonos: 1.200 euros
  4. Otros productos y ayudas técnicas: 1.600 euros

El porcentaje de la ayuda a conceder se determinará según la puntuación obtenida por la solicitud:

  • 90 o más puntos: 80%
  • 85 a 89 puntos: 75%
  • 80 a 84 puntos: 70%
  • 75 a 79 puntos: 65%
  • 70 a 74 puntos: 60%
  • 65 a 69 puntos: 55%
  • 60 a 64 puntos: 50%

Plazo de la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 7440, de 12/01/15.

La solicitud deberá ser presentada en la Dirección Territorial de Bienestar Social correspondiente al municipio donde resida el solicitante,
  • Registro de la dirección territorial de bienestar social Alicante C/ / Teatro, 37 Y 39  CP: 03001 Alacant/Alicante  Teléfono: 965936937
  • Registro de la dirección territorial de bienestar social Castellón AVDA. Hermanos BOU, 81   CP:12003 Castellón de la Plana/Castellón de la Plana Teléfono: 964726200
  • Registro de la dirección territorial de bienestar social Valencia AVDA. BARÓN DE CÁRCER, 36 CP:46001 Valencia  Teléfono: 963867408

Documentación a entregar

Junto con la solicitud, de acuerdo con el modelo del Anexo IV de esta convocatoria, deberá acompañarse la siguiente documentación:

  • Presupuesto detallado de la acción para la que se solicita ayuda.
  • Declaración responsable en el que se justifique la necesidad de la actuación objeto de la ayuda, indicando su repercusión y la situación personal, familiar y social.
  • Solicitud de alta de domiciliación bancaria cumplimentada, según modelo del anexo VI de esta orden.

Anexo IV pinche aqui 


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