Boutique Derecho Penitenciario explica los derechos de los presos y la función del tercer grado

Publicado el 21 noviembre 2025 por Emprendedores De Hoy

En el ámbito del derecho penitenciario español, la protección de los derechos de las personas privadas de libertad y la correcta aplicación de los grados penitenciarios —especialmente el tercer grado— constituyen pilares esenciales de un sistema orientado a la reinserción social. La privación de libertad no implica la anulación de la dignidad humana ni la pérdida absoluta de derechos; por ello, la normativa establece una serie de garantías que deben respetarse en todas las fases de cumplimiento de la pena.

La naturaleza del derecho penitenciario

Según los abogados penitenciarios de Boutique Derecho Penitenciario, el derecho penitenciario es una rama del Derecho que regula la ejecución de las penas privativas de libertad. Su fundamento se halla en la Constitución Española y en normas como la Ley Orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario. Su objetivo no es solo custodiar a quien ha sido condenado, sino también reeducarlo, ofrecerle herramientas de reinserción y garantizar que su estancia en prisión se desarrolle dentro del estricto respeto a los derechos humanos.

Esta especialidad del derecho actúa bajo el principio de legalidad y supervisa que el Estado, en ejercicio de su poder punitivo, no incurra en excesos ni en prácticas que vulneren la dignidad del interno. Paralelamente, establece mecanismos de control mediante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, encargado de velar por el respecto de los derechos de los presos.

Derechos fundamentales de las personas privadas de libertad

Aunque la libertad ambulatoria esté restringida, los presos siguen conservando una serie de derechos fundamentales:

Derecho a la vida, integridad y salud

La administración penitenciaria debe garantizar condiciones de vida dignas, atención médica adecuada, protección frente a agresiones y trato respetuoso. Cualquier maltrato, abuso o negligencia está prohibido.

Derecho a la dignidad y a la intimidad

El interno tiene derecho a que se respete su dignidad personal. La intimidad puede modularse según el régimen penitenciario, pero nunca eliminarse por completo.

Derecho a la información

Los presos deben recibir información clara sobre sus derechos y deberes, sobre el funcionamiento del centro y sobre su situación procesal y penitenciaria. Esta transparencia es clave para evitar indefensión.

Derecho a las comunicaciones

Pueden mantener contacto con familiares, abogados y otras personas autorizadas mediante visitas, cartas, llamadas o videoconferencias, salvo restricciones justificadas.

Derecho al tratamiento penitenciario

El sistema debe ofrecer programas de formación, actividades laborales, terapia, cursos y apoyo que faciliten la reinserción.

Derecho a presentar quejas y recursos

Los internos pueden dirigirse a la administración penitenciaria, al Juez de Vigilancia Penitenciaria o incluso a instituciones como el Defensor del Pueblo si consideran que sus derechos están siendo vulnerados.

Derecho a la progresión de grado

La clasificación penitenciaria no es estática. El interno tiene derecho a ser evaluado de forma periódica para progresar a un grado más favorable si cumple los requisitos.

El tercer grado penitenciario: la semilibertad

El tercer grado es el régimen más flexible del sistema penitenciario ordinario. Se trata de un modelo de semilibertad en el que el interno puede salir del centro para trabajar, estudiar, participar en programas formativos o atender necesidades familiares, volviendo normalmente al centro para dormir.

Para acceder a él se valoran factores como:

Evolución en el tratamiento.

Conducta dentro del centro.

Tiempo cumplido de condena.

Existencia de un entorno social adecuado.

Bajo riesgo de reincidencia.

El tercer grado no es un beneficio arbitrario, sino un derecho del interno si cumple los criterios legales. No obstante, puede revocarse si se incumplen sus condiciones.

Derechos vinculados al tercer grado

El tercer grado potencia varios derechos esenciales:

Derecho a la reinserción: facilita la transición a la vida en libertad.

Derecho a los permisos de salida: el interno puede disfrutar de permisos más amplios para reforzar vínculos familiares y sociales.

Derecho a recurrir decisiones: tanto la denegación como la revocación del tercer grado pueden ser recurridas ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria.

Los derechos de los presos y la institución del tercer grado forman un conjunto indivisible dentro del sistema penitenciario español. Un régimen que respeta la dignidad humana y promueve la reinserción no solo beneficia al interno, sino también a la sociedad, ya que reduce la reincidencia y facilita la convivencia social. El tercer grado es una herramienta esencial para cumplir esa función reeducadora, siempre que se aplique con rigor, objetividad y respeto a los derechos fundamentales de la persona privada de libertad.