Cambios en el seguro para agencias de viaje

Por Oresybryan @OresyBryan

La actualización más importante del seguro para agencias de viaje es la que fija el importe máximo a garantizar en 5% de la facturación anual de los viajes combinados y/o vinculados, siendo el importe mínimo 100.000€.

Las agencias de viaje de Cataluña serán las primeras en tener que adaptarse a esta nueva legislación antes del 30/09/17. La Comunidad Autónoma de Cataluña será una de las primeras en adoptar este cambio legislativo. El resto de España tendrá que hacerlo en un futuro cercano.

Las modificaciones del seguro de caución para agencias de viajes respecto a la legislación actual son las siguientes:

  • - Tomador del seguro: organizadores o empresas que comercialicen viajes combinados y/o viajes vinculados.
  • - Capital asegurado: 5% del volumen de facturación de la agencia de viajes con un importe mínimo de 100.000€ por garantía y sin límite máximo. Anteriormente el seguro de caución que tenían que presentar era de un mínimo de 100.000€ y un máximo de 300.000€.

Este seguro de caución es un seguro obligatorio para las agencias de viajes el cuál exige la Comunidad Autónoma competente para garantizar las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios. El objetivo será asegurar el reembolso de los pagos efectuados por el viajero en caso de insolvencia.
La modificación de la Ley es el resultado de una exigencia de la Comisión Europea.