*** En el caso de aquellos beneficiarios de la prestación que se incorporen a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral, que hayan mantenido vínculo contractual previo con las mismas, podrán acceder a la capitalización, siempre que reúnan los requisitos anteriores.
*** Si el beneficiario mostró su disconformidad vía judicial, ante la extinción de su prestación laboral, que es la causante, de acceder a la prestación por desempleo, que dará lugar a la capitalización del desempleo, la solicitud de pago único deberá esperar a resolver el caso.*** Las personas que perciban el pago único, no podrán acceder a una nueva prestación por desempleo, hasta que transcurra un período equivalente al de la capitalización disfrutada.
*** Si estamos ante el caso de incorporación o constitución de una sociedad mercantil (limitada o anónima), el interesado, en este caso, sólo estaría ante el derecho de solicitar subvención de cuotas de autónomo, pero no le sería permitido percibir el pago único.
¿De qué manera se puede percibir la capitalización?Pago Único o Subvención a las cuotas de autónomoa) La inversión puede ser financiada con un 60% de la prestación pendiente de percibir.Al resto de la prestación, se accedería mediante el percibo de las cuotas de autónomo abonadas ante la Tesorería General de la Seguridad Social por el hecho de estar incluido en el RETA.b) O del 80%.Al resto de la prestación, se accedería mediante el percibo de las cuotas de autónomo abonadas ante la Tesorería General de la Seguridad Social por el hecho de estar incluido en el RETA.c) O del 100% para hombres menores de 30 años o mujeres menores de 35.d) O bien, otra opción sería solicitar sólo la subvención al pago de las cuotas de autónomo, sin percibir importe inicial alguna en concepto de pago único. Solicituda) Ante las Oficinas del INEMb) Se puede presentar bien de manera simultánea a la solicitud de la prestación por desempleo contributiva o en cualquier momento posterior de la misma, siempre y cuando, quede un mínimo de 3 mensualidades por percibir y no se haya efectuado el alta de actividadc) Es muy importante, que en el momento de la solicitud, se informe adecuadamente que en caso de no acceder al pago único por su totalidad, el resto que obtenga mediante la subvención de cuotas a la Seguridad Social.Si no se hace así, el beneficiario no lo podrá solicitar en un momento posterior. Obligaciones de las personas trabajadorasa) Proceder con el inicio de la actividad, en el plazo máximo de un mes, tras la aprobación de la solicitud.b) Adjuntar en la oficina del INEM, la documentación necesaria para demostrar el inicio de una actividad.c) Utilizar el importe percibido para cubrir la inversión inicial para desarrollar la actividad (en el caso de autónomos persona física) o bien para la aportación de la cuota de acceso a la cooperativa o para la compra de las participaciones en el caso de una sociedad laboral. Documentación a presentar para solicitar pago único o subvenciónVamos a explicar paso a paso la manera de rellenar la solicitud y su presentación en la oficina del INEM correspondiente.El procedimiento es el siguiente: Paso nº 1Calcular el importe que nos queda pendiente de percibir de nuestra prestación por desempleo, es decir, multiplicamos el importe mensual que cobramos por el número de meses pendientes hasta agotar la prestación.Paso nº 2Acudir a la oficina del INEM correspondiente y recoger la documentación necesaria para su solicitud, la cual tendrá un formato u otro, en función de la comunidad autónoma de la que se trate.Paso nº 3Existen 3 opciones de solicitar ese importe pendiente de nuestro paro: a) Pago Únicob) Combinación de Pago Único y el resto recibirlo en el pago de cuotas de autónomo hasta agotar el importe totalc) Subvención de las Cuotas de Autónomo Paso nº 4Para las opciones a y b, es necesario aportar junto con la solicitud, certificado de ingreso en la sociedad (cooperativa o laboral) donde aparezca el importe que se ha de depositar para adquirir la condición de socio, gastos iniciales, facturas proformas, en el caso de autónomo persona física que inicia su actividad.El importe de estas facturas, gastos iniciales, etc… que aportemos, debería superar el importe que pedimos que nos sea abonado mediante la modalidad del pago único. Paso nº 5Rellenar la solicitud.Hay que tener en cuenta en esta primera hoja, la opción a escoger comentada en el paso nº 3
Fuente:Gestoria Barcelona