Carta de la laicidad en la escuela

Por Ritofrancesmoderno

Por su interés democrático, así como por la abisal distancia que nos separa -en esta España, presa de un régimen retrógrado- de su contenido, traducimos la Charte de la laïcité à l´École, publicada recientemente por el Ministerio francés de Educación Nacional.

¡Que sea para bien! ¡Que cunda el ejemplo!

  1. Francia es una República indivisible, laica, democrática y social. Garantiza la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, en el conjunto de su territorio. Respeta todas las creencias.

  2. La República laica organiza la separación de las religiones y el Estado. El Estado es neutro respecto a las confesiones religiosas o espirituales. No hay religión de Estado.

  3. La laicidad garantiza a todos la libertad de conciencia. Cada cual es libre de creer o no creer. Permite la libre expresión de sus convicciones, respetando las del otro, y con los límites impuestos por el orden público.

  4. La laicidad permite el ejercicio de la ciudadanía, conciliando la libertad de cada uno con la igualdad y la fraternidad de todos en interés del bien general.

  5. La República asegura en los establecimientos escolares el respeto de cada uno de estos principios.

  6. La laicidad de la Escuela ofrece a los alumnos las condiciones para forjar su personalidad, ejercer su libre arbitrio y efectuar el aprendizaje de la ciudadanía. Les protege de todos los proselitismos y de toda presión que les impediría realizar sus propias elecciones.

  7. La laicidad asegura a los alumnos el acceso a una cultura común y compartida.

  8. La laicidad permite el ejercicio de la libertad de expresión de los alumnos, con el límite del buen funcionamiento de la Escuela, y del respeto por los valores republicanos y del pluralismo de las convicciones.

  9. La laicidad implica rechazo de todas las violencias y de todas las discriminaciones, garantiza la igualdad entre chicas y chicos y se basa en una cultura del respeto y de la comprensión del otro.

  10. Corresponde a todo el personal docente transmitir a los alumnos el sentido y valor de la laicidad, así como otros principios fundamentales de la República. Velan por su aplicación en el ámbito escolar. Han de dar a conocer esta carta a los padres de los alumnos.

  11. El personal docente tiene el deber de estricta neutralidad: no deben manifestar sus convicciones políticas ni religiosas en el ejercicio de sus funciones.

  12. La enseñanza es laica. A fin de garantizar a los alumnos la apertura más objetiva posible a la diversidad de visiones del mundo, así como a la extensión y precisión de los saberes, ningún tema queda excluido a priori del cuestionamiento científico y pedagógico. Ningún alumno podrá invocar una convicción religiosa o política para impugnar a un enseñante el derecho a tratar un tema del programa.

  13. Nadie podrá prevalerse de su pertenencia religiosa para rehusar conformarse a las reglas aplicables en la Escuela de la República.

  14. En los establecimientos escolares públicos, las reglas de vida de los diferentes espacios, precisadas en el reglamento interior, serán respetuosas con la laicidad. Está prohibido portar signos o vestiduras por los cuales los alumnos manifiesten ostensiblemente una pertenencia religiosa.

  15. Por sus reflexiones y actividades, los alumnos contribuirán a hacer vivir la laicidad en el seno de su establecimiento escolar.


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