Catalunya. Secesión. Ley de Claridad canadiense 2

Publicado el 16 septiembre 2013 por Manuhermon @manuhermon

En resumidas cuentas, se necesita una pregunta clara y una mayoría clara. 1.   ¿Qué es una pregunta clara?
Todos sabemos lo que sería una pregunta clara sobre la secesión. Lo complicado es imaginar una pregunta confusa. La Corte Suprema habla de “la voluntad de no seguir formando parte de Canadá”. Cuanto más se acerque la pregunta a este enunciado, más clara resultará. Pero se puede formular de muchas maneras: "¿Desea usted que su provincia se separe de Canadá?" o: "¿Desea usted que su provincia deje de formar parte de Canadá y se convierta en un país independiente?" Si la Corte Suprema de Canadá, en su dictamen de 1998, insistió sobre la claridad de la pregunta, se debe indudablemente a que esta claridad fue cuestionada durante los referéndums quebequenses de 1980 y 1995. Las preguntas habían sido redactadas por el gobierno del Partido Quebequense con el fin de incrementar artificialmente el apoyo a la respuesta afirmativa, sobre todo mezclando el proyecto de independencia y el mantenimiento de una posible asociación con Canadá. La pregunta de 1995 fue la siguiente:  “¿Está de acuerdo con que Quebec sea soberano después de haber hecho una oferta formal a Canadá para una nueva asociación económica y política en el marco del proyecto de ley sobre el futuro de Quebec y del acuerdo firmado el 12 de junio 1995?” 2.   ¿Qué es una mayoría clara? La Corte declara que el principio de la democracia va más allá de la regla de la mayoría simple. De este modo, confirma que la obligación de entablar una negociación sobre la secesión sólo puede surgir “de una mayoría clara de la población de Quebec a favor de la secesión en respuesta a una pregunta clara”. En su dictamen, la Corte menciona al menos trece veces la expresión “mayoría clara” o “clara mayoría”, además de hablar de “la amplitud” de la mayoría. También se refiere a una “mayoría clara de la población de Quebec”, lo cual abarca algo más que la cantidad de personas que voten.
Existen dos razones fundamentales por las que la negociación de una secesión debería llevarse a cabo sobre la base de una mayoría clara. La primera es que, cuanto más pone en tela de juicio una decisión los derechos de los ciudadanos, más irreversible resulta, más compromete a las generaciones futuras, y más exigente debe ser la democracia con respecto al procedimiento a seguir para adoptar dicha decisión. Es indudable que la secesión es un acto grave y probablemente irreversible. Se trata de un gesto que compromete a las generaciones futuras y tiene consecuencias importantes para todos los ciudadanos del país dividido.
La segunda razón es que la negociación de la escisión de un Estado moderno sería, inevitablemente y a pesar de la mejor voluntad del mundo, una tarea difícil y llena de obstáculos. No debería ocurrir que, mientras los negociadores tratan de llegar a un acuerdo de separación, la mayoría cambie de opinión y se oponga a la secesión. Sería una situación insostenible. Por ello, el proceso sólo debería ponerse en marcha cuando haya una mayoría clara, para que dicha mayoría tenga posibilidades de mantenerse a pesar de las dificultades de la negociación.
Además, establecer por adelantado los límites de una mayoría, sean cuales fueren, nos expondría al riesgo de que una decisión tan grave como la de elegir un país dependa de los resultados de un recuento judicial o de un examen de los votos rechazados. Sería una situación insostenible, e incluso insensata. Para limitar los riesgos de desacuerdo sobre la claridad de la mayoría, basta con que el gobierno que propone la secesión no celebre el referéndum antes que tenga la seguridad razonable de que puede salir victorioso de él. Esta seguridad se desprendería de diversos indicadores: mayorías claras y estables a favor de la secesión (según los sondeos) y adhesión, a esta idea, de las distintas fuerzas políticas.
3.   ¿Deben las negociaciones desembocar obligatoriamente en la secesión?  No.
La obligación de negociar no equivale a una obligación de llegar a resultados, pero todos los participantes en las negociaciones sobre la secesión deberían obrar conforme a cuatro principios constitucionales establecidos por la Corte suprema: “el federalismo, la democracia, el constitucionalismo y la primacía del derecho y la protección de las minorías” (párrafo 90). El gobierno de Quebec no podría decidir por sí solo lo que sería negociable y lo que no. “No podría tratar de invocar un derecho a la autodeterminación para dictar a las otras partes las condiciones de la secesión” (párrafo 91). Tendría “derecho a tratar de realizar la secesión” (párrafo 92) mediante negociaciones basadas en los principios mencionados. Estas negociaciones, “periodo de incertidumbre y de trastornos profundos”, tratarían inevitablemente de “multitud de cuestiones muy difíciles y muy complejas”, según indica la Corte Suprema. La Corte menciona las cuestiones económicas, la deuda, los derechos de las minorías, los pueblos indígenas y las fronteras territoriales. Debido precisamente a la dificultad inherente de esta tarea, sólo puede plantearse en el marco del derecho y sobre la base de un apoyo claro. 4.   ¿Podría el gobierno independentista desdeñar el derecho y realizar la secesión unilateralmente?  No.
La Corte Suprema nos dice que un intento de secesión unilateral se haría “fuera del derecho” y en un contexto en el que las instituciones que gobiernan en Quebec “no pueden, según el derecho internacional, realizar unilateralmente la secesión de Quebec de Canadá”.
De este modo, el gobierno secesionista no podría contar con la norma jurídica que le permitiría imponer la secesión unilateral a quienes no la desean. No tendría medios de lograr que se le obedezca y haría correr a toda la sociedad peligros inaceptables en una democracia. Para realizar la secesión se necesitaría no sólo el consentimiento sino también la participación activa del gobierno de Canadá, aunque sólo sea por consideraciones prácticas.
Habría que encontrar la forma de transferir miles de funcionarios de los ministerios y organismos federales a la función pública quebequense, así como toneladas de leyes y reglamentos, millones de declaraciones de rentas, etc. La escisión de un Estado moderno como Canadá podría convertirse en un caos administrativo. Es obvio que sólo podría efectuarse con el asentimiento y la participación del gobierno de Canadá.
Esta participación necesaria del gobierno de Canadá no se podría obtener en caso de declaración unilateral de independencia. Al contrario, la secesión unilateral es imposible en la práctica además de carecer de fundamento jurídico.
5.   ¿Podría obtener reconocimiento internacional un intento de secesión unilateral?  No.
La Corte Suprema analiza esta posibilidad de manera muy prudente y realista; previene que cualquier intransigencia canadiense aumentaría “probablemente” las posibilidades de reconocimiento internacional de un intento de secesión unilateral. Pero de hecho, no existen precedentes: ningún Estado creado mediante secesión unilateral ha sido admitido en las Naciones Unidas contra la voluntad manifiesta del gobierno del Estado anterior. La práctica de los Estados demuestra una reticencia extrema a reconocer las secesiones unilaterales fuera del contexto colonial.
Por lo tanto, los quebequenses no deberíamos optar por una secesión pensando que podríamos contar con un apoyo internacional que iría contra la voluntad del Estado canadiense, porque esto iría contra la práctica de los Estados.
Conclusión En definitiva, la secesión es una empresa peligrosa y difícil que conviene resolver en el marco general de la primacía del derecho, mediante negociaciones basadas en los principios que definen a un país, cuales, en nuestro caso, son el federalismo, la democracia, el constitucionalismo y la primacía del derecho y la protección de las minorías. El elemento de activación de estas negociaciones sería la expresión de un apoyo claro a la secesión.
Estos son los principios sencillos que enuncia la Corte Suprema de Canadá y que pone en aplicación la Ley sobre la claridad para proteger los derechos y los intereses de todos los canadienses, particularmente de los quebequenses.
Si los quebequenses renunciamos claramente a Canadá, con una clara mayoría y en respuesta a una pregunta clara sobre la secesión, los gobiernos tendrían el deber de entablar negociaciones sobre la secesión, que deberían llevarse a cabo dentro del marco constitucional canadiense, con el fin de llegar a un acuerdo de separación que sea justo para todos. Independientemente de que estemos por la unidad canadiense o por la independencia de Quebec, debemos ponernos de acuerdo sobre un principio fundamental: un consentimiento expresado claramente. La secesión de Quebec del resto de Canadá sólo debe intentarse cuando los quebequenses la hayan apoyado claramente.
El ideal democrático alienta a todos los ciudadanos de un país a ser leales entre sí, más allá de las consideraciones de lengua, raza, religión o pertenencia regional. En cambio, la secesión pide a los ciudadanos que rompan este lazo de solidaridad que los une y que procedan así, casi siempre, sobre la base de pertenencias específicas a una lengua o a una etnia. La secesión es un ejercicio, raro e inusitado en la democracia, por el que se elige a los conciudadanos que se desea conservar y los que se desea convertir en extranjeros.
Una filosofía de la democracia basada en la lógica de la secesión no podría funcionar, ya que incitaría a los grupos a separarse en vez de entenderse y acercarse. La secesión automática impediría a la democracia absorber las tensiones propias de las diferencias. El reconocimiento del derecho a la secesión cuando se solicite invitaría a la ruptura desde el momento en el que se planteen las primeras dificultades, según divergencias que podrían crearse en función de atributos colectivos, como la religión, la lengua o la etnia.
Ello no significa que un Estado democrático debe rechazar cualquier solicitud secesionista que se produzca en él. Ante la voluntad clara de secesión, el Estado puede llegar a la conclusión de que aceptar dicha secesión es la solución menos mala.
Secesión y democracia: una perspectiva canadiense Notas para una alocución de D.Stéphane Dion