CCOO de Málaga: incluir el servicio doméstico en el Régimen General es un acuerdo histórico

Publicado el 29 junio 2011 por Hogaradas @hogaradas

El Sindicato de Actividades Diversas de CCOO de Málaga ha informado este miércoles de que el acuerdo para integrar el Régimen del Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social va a beneficiar en la provincia, al menos, a unas 15.000 trabajadoras del servicio doméstico. La medida será efectiva a partir del 1 de enero de 2012.
Así, el secretario general del Sindicato de Actividades Diversas de CCOO de Málaga, Antonio Pacheco, ha manifestado que es un acuerdo "histórico" y ha indicado que entre las medidas acordadas destaca que se cotizará y se dará protección "desde la primera hora de trabajo y se reconocerá la misma prestación por incapacidad temporal que el resto de los trabajadores".
Según el sindicato, entre las medidas aprobadas destaca que todos los empleadores, con independencia de que la jornada de trabajo sea a tiempo completo o por horas y de que se tenga uno o varios empleadores, quedarán incluidos en el registro de empresarios de la Seguridad Social. Se cotizará desde la primera hora de trabajo, al margen de cuantas horas se trabaje al mes y para cuántos empleadores.
En todos los casos, incluido el de prestación de trabajo para varios empleadores, será el titular del hogar familiar el obligado a presentar las solicitudes y documentación que corresponda a efectos de formalizar el alta, la baja y/o la variación de datos de los trabajadores, y si éste no lo hace podrá solicitarlo directamente el empleado.
Otra de las medidas importantes en este acuerdo es que los trabajadores de hogar pasarán a tener derecho a la prestación por incapacidad temporal, en los casos de enfermedad común o accidente no laboral, a partir del noveno día de la baja a cargo de la Seguridad Social, siendo a cargo del titular del hogar familiar el abono del subsidio desde el cuarto al octavo día de la baja, ambos inclusive.
Además, la base de cotización tanto por contingencias comunes como por profesionales se determinará, a partir del ańo 2019, en función de los salarios reales pagados al trabajador, al igual que en el Régimen General de la Seguridad Social, estableciéndose una base mínima por hora y un número de horas mínimas de actividad mensual.
Desde los ańos 2012 a 2018, ambos incluidos, la base de cotización vendrá determinada por una base tarifada de 15 tramos, en función de los salarios percibidos.
Los tipos de cotización por contingencias comunes convergerán a los aplicados por el Régimen General en un plazo de cinco ańos, desde el ańo 2013 hasta el ańo 2018, incrementándose anualmente en 0,90 puntos porcentuales. Así, pasará del actual 22 por ciento de 2012 hasta el tipo que se establezca para el Régimen General a partir del ańo 2019, cuando será de un 28,30 por ciento.
Los titulares del hogar familiar, en el caso de familia numerosa, mantendrán bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social por la contratación de empleados del hogar. Además, aquellas trabajadoras que no tengan un contrato a tiempo completo podrán beneficiarse de los mecanismos de protección de los trabajadores a tiempo parcial.
De este modo, a la suma de las horas trabajadas se le aplicará un coeficiente multiplicador, de tal forma que cada día completo cotizado será reconocido por el sistema de Seguridad Social como 1,5 días cotizados.

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