Certificación de los locales comerciales

Por Certifacil_es @certifacil_es

Si hay una consulta recurrente al Servicio de Atención al Cliente de Certifacil es ésta:

Variante 1ª .- Estoy a punto de comprar unos locales comerciales diáfanos. Como sé que es obligatorio que me entreguen el certificado energético, voy a exigir al vendedor que me lo entregue, así lo tengo ya para mi local hasta que lo vuelva a vender.

Variante 2ª .- Quiero que me hagan el certificado de unos locales comerciales que he comprado, pero como no tienen ni instalaciones ni persianas de cierre, solo tabiquillos en los huecos al exterior, me va a salir una G, no?

Respuesta detallada del S.A.T.:  Como el IDAE ya aclaró el día 4 de Noviembre de 2013 en su tercera edición de las Respuestas a las preguntas frecuentes sobre el Real Decreto, el vendedor de un local comercial diáfano “en bruto” (sin instalaciones ni divisiones) no está obligado a realizar su certificado de eficiencia energética. En cuanto se pretenda acondicionar el local para un uso determinado, el propietario, sea quien sea en ese momento,  deberá impulsar el correspondiente proyecto de obra nueva y de actividades, y entonces encargar el certificado energético correspondiente, como debe ocurrir en cualquier obra nueva.

Otra consulta frecuente, esta vez de los técnicos:

Tengo que certificar un local comercial en uso, pero no tiene sistema de producción de agua caliente. Por ello no puedo hacer el certificado,  por similitud con el caso de las viviendas.

La respuesta es:  que aunque es cierto que una casa sin agua caliente se considera inhabitable y que por ello es imprescindible que tenga un  sistema de producción de agua caliente sanitaria para poder emitir el certificado, no ocurre lo mismo con los locales comerciales, que pueden funcionar para el uso habitual al que están destinados sin contar con esta instalación. Sí que es posible por tanto emitir el certificado energético en estos casos.

Otra confusión técnica muy habitual es que se piensa que, por similitud con el caso de las viviendas, la iluminación ambiental es un factor que no debe ser considerado a la hora de certificar un local. La realidad es que en una vivienda este consumo es de escasa entidad frente al del resto de las instalaciones. Pero los locales abiertos al público no deben pasar desapercibidos, sean destinados a la restauración o a la  venta, y por ello el consumo en iluminación sí influye decisivamente en la etiqueta obtenida.