Certificación Energética de Edificios - Parte II

Por Pérez Lacasa Arquitectos

Si todavía te surgen dudas sobre la #CertificaciónEnergética, a continuación intentaremos dar a conocer los detalles sobre la Etiqueta Energética, obligatoria para la venta y alquiler de viviendas y locales desde el pasado mes de junio.
¿Qué es la Eficiencia Energética de un edificio?Consiste en el consumo de energía que se estima necesario para satisfacer la demanda energética del edificio en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación. Con la Certificación Energética un técnico cualificado obtendrá la Calificación Energética que se indicará en la Etiqueta Energética.
¿Qué edificios tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia energética?Todos aquellos edificios existentes que sean objeto de compraventa o arrendamiento.¿Qué edificios no tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia energética?Existen algunos casos excepcionales en los que la certificación energética no es obligatoria:
- Las edificaciones que por sus características de utilización deben permanecer abiertas.- Edificios y monumentos protegidos oficialmente, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiesen alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.- Edificios utilizados como/para culto y actividades religiosas.- Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o menor a dos años.- Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.- Edificios aislados con superficie menor de 50m2.- Edificios de sencillez técnica y escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma puntual o permanente, se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas.- Edificios que se compren para su demolición.- Edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por un tiempo inferior a cuatro meses.
¿Quién tiene la obligación de contratar la realización de la certificación de eficiencia energética?El propietario del edificio completo, vivienda o local destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente será el responsable de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética.
Certificación Energética de Edificios - Parte I