Revista Salud y Bienestar

Cheque guardería, la también llamada nueva deducción por madre trabajadora: qué es y como solicitarlo en 2022

Por Pedirayudas @Pedirayudas

¿Sabías que ser madre tiene todavía ventajas fiscales en la declaración de la renta 2021? Y es que a las deducciones generales por los hijos le vas a poder sumar la deducción por gastos de guardería.

Ayudas o deducciones para padres con hijos hasta 3 años

Beca de Educación Infantil

Es una ayuda que las Comunidades Autónomas ofrecen para el pago de la guardería o escuela infantil. Según la Comunidad donde residas variará el importa de la ayuda, los requisitos, si cubre centro públicos o privados, los plazos, etc.

Para pedirlo es importante tener en cuenta que hay plazos muy concretos y cortos una única vez al año.

Ampliación deducción por maternidad para gastos de guardería

También llamada "nueva deducción de madre trabajadora", esta ayuda es considerada como una ampliación de la Ayuda Madre Trabajadora. Pero en este caso si es un importe que se debe destinar al pago de la guardería.

Con efectos desde el 1 de enero de 2018, existe una deducción adicional para las madres trabajadoras que incurran en gastos (no subvencionados) de guardería o centros de educación infantil autorizados por hijos menores de tres años.

Estos gastos son los de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación. Su abono corresponde a gastos que se hayan producido por meses completos.

Hay que tener en cuenta, a la hora de aplicar esta deducción:
  • Su cuantía es de 83,33 euros por cada mes completo en que se satisfagan gastos de guardería y se cumplan los requisitos para disfrutar de la deducción principal de 100 euros. En total, hasta 1.000 euros anuales.
  • Si los gastos de guardería son satisfechos como retribución en especie exenta (por parte de la empresa), la deducción no se puede aplicar.
  • Si el menor cumple los tres años antes de iniciar el segundo ciclo de educación infantil, la deducción será aplicable hasta el mes anterior al inicio de éste.
La deducción aplicable tiene dos límites:
  • Las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidad alternativa que hayan sido satisfechas durante el año.
  • El importe de los gastos anuales de guardería satisfechos, es decir si los gastos totales de guardería son inferiores a 1.000 €, la deducción no podrá superar el importe satisfecho.

En el caso de esta deducción no es posible solicitar el cobro anticipado, por lo sólo podrá cobrarse al presentar el IRPF.

¿Quiénes pueden aplicar la deducción por gastos de guarderías?

Esta ayuda está destinada para las madres trabajadoras que cumplan los requisitos de la deducción de 1.200 euros que lleva ese mismo nombre. A saber:

  • Tener hijos menores de 3 años a su cargo.
  • Realizar algún tipo de actividad, bien por cuenta ajena como empleada o por cuenta propia como autónoma.
  • Estar dadas de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente en el caso de las trabajadoras autónomas.

Además, como es lógico, tiene que haber pagado guardería, lo que la Agencia Tributaria califica como gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados. Si pagas guardería, pero no trabajas no podrás deducir, como tampoco si trabajas y no pagas la guardería o no lo haces en las condiciones marcadas por Hacienda.

La Agencia Tributaria ha aprobado el modelo 233 que es una declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados, para que así la Administración pueda contrastar los datos. Se presenta en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior. Excepcionalmente para el 2018 se presentará entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.

Aclaración importante: Esta Declaración la tienen que presentar los centros, no las familias, los centros entregaran a las familias un certificado tras haber presentado dicha declaración.

La Guardería como Retribución Flexible

Es la alternativa que ofrecen muchas empresas a sus empleados como una forma de pagar ese gasto fijo mensual en forma de salario en especie exento de IRPF, es decir como Retribución Flexible o Nómina Flexible. El coste lo asume el empleado, pero no paga IRPF por ese importe. Lo paga desde su sueldo bruto, no desde su neto.

Lo mejor, es que la Guardería es uno de los pocos productos exentos de IRPF sin límite. La reducción de Base Imponible alcanza el importe completo de la Guardería. El porcentaje de ahorro que se obtiene es el tipo marginal de IRPF del trabajador: De media, unas 3 mensualidades al año.

Lo pueden solicitar tanto hombres como mujeres, ya que es indiferente quien paga la guardería (padre o madre), porque el derecho a la exención de IRPF lo genera el hijo/a, el hecho de que acuda a la guardería y genere un gasto familiar por ello.

La Guardería como Beneficio

Es el caso ideal para el empleado, ya que la empresa decide asumir el coste total o parcial de la guardería como beneficio adicional al salario. Si la empresa asume el coste parcial, el empleado puede solicitar el resto como Retribución Flexible. El único requisito, es ser empleado de una empresa que ofrezca la guardería como beneficio social.

¿Es compatible el cheque guardería con la deducción por gastos de guardería?

Sí, ambas ayudas son compatibles. Para poder aplicarte la deducción posterior a los gastos de guardería máxima de 1.000 euros, la parte proporcional mensual correspondiente al pago de la guardería no podrá haber pasado por Retribución Flexible (nómina bruta), sino por nómina neta.

Ejemplo:

Si una familia paga por la guardería de su hijo 3.500 euros anuales (350 € durante 10 meses completos) podrá beneficiarse de una deducción por gastos educativos de 833 € (83,33 € al mes). Podrá beneficiarse de la exención como renta en especie para la cantidad restante mediante el pago por Retribución Flexible prevista en los cheques guardería de empresa.

También es importante señalar que existe compatibilidad entre la deducción por gastos educativos y la ayuda existente en determinadas Comunidades Autónomas por escolaridad y cuidado de hijos de entre 0 y 3 años (Beca de Educación Infantil). En tal caso, las madres que cumplan los requisitos podrán aplicarse tanto la deducción estatal por gastos educativos como la deducción autonómica en su IRPF si su comunidad así lo prevé.

Información adicional


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