Esta nueva ley no consideró la opinión de los verdaderos involucrados, las organizaciones vecinales y sociales, ya que estas instituciones tiene mucho que decir, pero todo se redactó desde las alturas.
Quiero manifestar que desde hace bastante tiempo he señalado a diferentes autoridades que se debe mejorar la ley de juntas de vecinos y organizaciones comunitarias, procurando que estas tengan las herramientas adecuadas para su normal y mejor funcionamiento y todo esto lo señalo de la siguiente manera:
01.- otorgar rango constitucional a las juntas de vecinos catalogándolas de gobiernos vecinales, pues su directiva gobierna un territorio determinado, con elección soberana de sus integrantes, estatutos y duración de su periodo. Es decir desde lo micro hacia lo macro y viceversa. (Gobierno nacional, gobierno regional, gobierno provincial, gobierno comunal y gobierno vecinal)
02.- otorgar al dirigente vecinal fuero y seguro de accidentabilidad mientras dure su cargo o este se encuentre en comisión de servicio.
03.- Traspasar la autorización de personería jurídica al ministerio de desarrollo social a través de las municipalidades.
04.- Que el ministerio de desarrollo social sea la coordinadora de las políticas sociales del gobierno, concentre y otorgue fondos concursables de diferentes características.
05.- Entregar permanente capacitación a los dirigentes a lo menos dos veces al año.
06.- Definir de mejor manera las funciones y facultades del cargo de presidente de la junta de vecinos u organización funcional, ya que en la actualidad solo es de carácter decorativo, no teniendo facultades propias para administrar, pero al mismo tiempo es el responsable legal, judicial y extrajudicial de la institución. El resto de la directiva tiene claras sus funciones.
07.- Otorgar participación vinculante en toma de decisiones a las juntas de vecinos cuando existan materias de interés vecinal.
08.- Que en el ramo de educación civica se enseñe en los colegios la importancia y la promoción de la paricipacion en las organizaciones vecinales y sociales, toda vez que constituyen un factor importante en el desarrollo social, cultural, educativo y deportivo del pais.
Estas son a mi juicio los necesarios cambios que requieren las juntas de vecinos y organizaciones sociales. Obviamente existen diferencias entre una junta de vecinos que es de carácter territorial y las organizaciones funcionales. Pero esto es materia de los legisladores, que espero tomen en cuenta.
Fuente: elrancahuaso.cl