Cómo completar los 30 años de aportes para jubilarse

Por Mbesse

Si usted está próximo a cumplir la edad jubilatoria (60 años para la mujer y 65 para el hombre) y no reúne los 30 años requeridos por el sistema previsional argentino, no se deje estar. Infórmese con tiempo acerca de sus aportes y pida las certificaciones de servicios correspondientes a sus empleadores.

En caso de no contar con aportes sepa que una parte de ellos los puede obtener adhiriéndose a la moratoria previsional (Ley 24.476). Dicha moratoria permite regularizar aportes a partir de sus 18 años hasta septiembre de 1993. El pago de la moratoria podrá hacerse hasta en 60 cuotas que serán descontadas (a partir de la segunda) de su haber jubilatorio. Si aún con la moratoria no completa los 30 años requeridos deberá completar los aportes faltantes, según se muestra en el siguiente cuadro.

Mujer y Hombre

Fecha Nac.

Moratoria desde 18 años hasta 9/93

Aut./Mon.

A partir de 9/93

sep-45 30 años 0 años

oct-45 29 a 11 m 0 a 1 m

nov-45 29 a 10 m 0 a 2 m

dic-45 29 a 9 m 0 a 3 m

ene-46 29 a 8 m 0 a 4 m

feb-46 29 a 7 m 0 a 5 m

mar-46 29 a 6 m 0 a 6 m

abr-46 29 a 5 m 0 a 7 m

may-46 29 a 4 m 0 a 8 m

jun-46 29 a 3 m 0 a 9 m

jul-46 29 a 2 m 0 a 10 m

ago-46 29 a 1 m 0 a 11 m

sep-46 29 años 1 años

oct-46 28 a 11 m 1 a 1 m

nov-46 28 a 10 m 1 a 2 m

dic-46 28 a 9 m 1 a 3 m

ene-47 28 a 8 m 1 a 4 m

feb-47 28 a 7 m 1 a 5 m

mar-47 28 a 6 m 1 a 6 m

abr-47 28 a 5 m 1 a 7 m

may-47 28 a 4 m 1 a 8 m

jun-47 28 a 3 m 1 a 9 m

jul-47 28 a 2 m 1 a 10 m

ago-47 28 a 1 m 1 a 11 m

sep-47 28 años 2 años

oct-47 27 a 11 m 2 a 1 m

nov-47 27 a 10 m 2 a 2 m

dic-47 27 a 9 m 2 a 3 m

ene-48 27 a 8 m 2 a 4 m

feb-48 27 a 7 m 2 a 5 m

mar-48 27 a 6 m 2 a 6 m

abr-48 27 a 5 m 2 a 7 m

may-48 27 a 4 m 2 a 8 m

jun-48 27 a 3 m 2 a 9 m

jul-48 27 a 2 m 2 a 10 m

ago-48 27 a 1 m 2 a 11 m

sep-48 27 años 3 años

oct-48 26 a 11 m 3 a 1 m

nov-48 26 a 10 m 3 a 2 m

dic-48 26 a 9 m 3 a 3 m

ene-49 26 a 8 m 3 a 4 m

feb-49 26 a 7 m 3 a 5 m

mar-49 26 a 6 m 3 a 6 m

abr-49 26 a 5 m 3 a 7 m

may-49 26 a 4 m 3 a 8 m

jun-49 26 a 3 m 3 a 9 m

jul-49 26 a 2 m 3 a 10 m

ago-49 26 a 1 m 3 a 11 m

sep-49 26 años 4 años

oct-49 25 a 11 m 4 a 1 m

nov-49 25 a 10 m 4 a 2 m

dic-49 25 a 9 m 4 a 3 m

ene-50 25 a 8 m 4 a 4 m

feb-50 25 a 7 m 4 a 5 m

mar-50 25 a 6 m 4 a 6 m

abr-50 25 a 5 m 4 a 7 m

may-50 25 a 4 m 4 a 8 m

jun-50 25 a 3 m 4 a 9 m

jul-50 25 a 2 m 4 a 10 m

ago-50 25 a 1 m 4 a 11 m

sep-50 25 años 5 años

oct-50 24 a 11 m 5 a 1 m

nov-50 24 a 10 m 5 a 2 m

dic-50 24 a 9 m 5 a 3 m

ene-51 24 a 8 m 5 a 4 m

feb-51 24 a 7 m 5 a 5 m

mar-51 24 a 6 m 5 a 6 m

abr-51 24 a 5 m 5 a 7 m

may-51 24 a 4 m 5 a 8 m

jun-51 24 a 3 m 5 a 9 m

jul-51 24 a 2 m 5 a 10 m

ago-51 24 a 1 m 5 a 11 m

sep-51 24 años 6 años

oct-51 23 a 11 m 6 a 1 m

nov-51 23 a 10 m 6 a 2 m

dic-51 23 a 9 m 6 a 3 m

Ej.: Un señor que nació en enero de 1947 y cumplió sus 18 años en enero de 1965 podrá pagar por moratoria solo 28 años y 8 meses, o sea, hasta septiembre de 1993. El faltante para completar los 30 años: 1 año y 4 meses, si no los tiene aportados, deberá pagarlo en tiempo y forma como autónomo, monotributista o monotributista social.

Esta última modalidad es la más económica ($35,00 por mes), el Monotributo Social es una categoría tributaria permanente, que promueve la incorporación de aquellas personas en situación de vulnerabilidad que han estado históricamente excluidas de los sistemas impositivos y de los circuitos económicos.

A partir del reconocimiento de sus actividades y de su inclusión como contribuyentes, están en condiciones de emitir facturas oficiales, acceden a las prestaciones de las obras sociales del Sistema Nacional de Salud tanto para sí como para sus familias, y realizan aportes jubilatorios.

Pueden inscribirse a esta categoría aquellas personas que estén desarrollando una única actividad económica (ya sea productiva, comercial o de servicios), cooperativas de trabajo y proyectos productivos que lleven adelante grupos de hasta tres integrantes. En todos los casos, debe tratarse de emprendedores en situación de vulnerabilidad social que no generen ingresos anuales superiores a los correspondientes a la categoría más baja del monotributo general. Asimismo, la actividad económica debe ser genuina y estar enmarcada en el Desarrollo Local y la Economía Social, respondiendo al perfil productivo de cada región.

Los monotributistas sociales no pierden el derecho a la Asignación Universal por Hijo, que rige mientras se mantenga la situación de vulnerabilidad y los requisitos de ingreso.

El organismo encargado de gestionar el Monotributo Social es el Registro Nacional de Efectores, el cual trabaja con redes y organizaciones de emprendedores fortaleciendo proyectos en marcha e impulsando nuevas iniciativas. La inscripción también puede realizarse en los Centros de Referencia de todo el país. Para más información consultar el siguiente link:

http://www.desarrollosocial.gov.ar/monotributosocial/118

Si decide aportar en calidad de autónomo o monotributista también deberá declarar algún tipo de actividad para completar sus aportes.

Como bien explicó el especialista Guillermo Jáuregui en un matutino: “Esto obliga a que las mujeres que no realicen ninguna actividad autónoma rentada tengan que imaginar alguna actividad para declarar; con mayor frecuencia lo hacen como costurera o modista. Y lo mismo para los hombres, que habitualmente se declararan como comisionistas […] considero que esto podría subsanarse si se habilita, como admite la ley previsional, “la afiliación voluntaria a cualquier edad”.

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