En este artículo voy a tratar de explicar, de la manera más fácil y práctica, los pasos a seguir y toda la documentación que se necesita para obtener la residencia en España si tenés un pasaporte comunitario. En nuestro caso fue con el pasaporte italiano.
Quiero aclarar que todo lo que detallo a continuación está basado en la experiencia que mi familia y yo tuvimos que transitar y con los inconvenientes que nos encontramos. Puntualmente nosotros tramitamos nuestra residencia en la provincia de Málaga, Andalucía. Supimos de casos en otras comunidades autónomas donde las contingencias fueron otras, aunque el núcleo del trámite es practicamente el mismo.
¿Quiénes pueden obtener una residencia en España?
Cualquier ciudadano extranjero que lo desee siempre y cuando cumpla con los requisitos que el estado español solicita para tal fin, o como figura en el propio sitio web de extranjería, «La posibilidad de residir en España está abierta a todos aquellos que puedan demostrar un motivo o vinculación suficiente«.
Los requisitos suelen ser diferentes si el solicitante cuenta con la ciudadanía de un país miembro de la UE (nuestro caso) o no. Además existe una lista de países cuyos nacionales deben obtener previamente una visa para poder ingresar a España, para luego iniciar la batería de trámites para la residencia.
Lo primero y principal que deberemos hacer es obtener nuestro NIE (Número de Identidad de Extranjero). Con este número, que será el mismo cuando obtengamos la residencia, podremos hacer todos los trámites necesarios para obtener finalmente nuestro permiso de residencia. Una vez que tenemos el NIE, podemos tramitar el Certificado de Ciudadano de la Unión Europea, que implica la residencia legal en España. Seguí leyendo que lo explico mejor.
¿Cómo obtener un NIE?
Es imprescindible solicitar una cita previa y con ello se da por comenzado el trámite. Esta solcitud deber ser gestionada antes de que pasen 90 días desde que entraron a España, aunque la fecha seleccionada sea más allá de esos tres meses. Se obtiene de manera online y se debe escoger alguna de las comisarías de la Policía Nacional*1 (CNP) pertenecientes a la provincia en la que te encuentres empadronado*2.
Para el día y hora seleccionados deberás contar con los siguientes papeles: Modelo de Solicitud Ex-15 (completado informaticamente y posteriormente impreso), Tasa modelo 790 ya abonada en alguna entidad bancaria autorizada para tal fin. Además, si sos cudadano de la UE, original y fotocopia de la página de datos principales de tu pasaporte o, si tuvieras, el documento de identidad del país del que fueras ciudadano. Si no sos ciudadano de la UE, deberás llevar original y fotocopias de TODAS las páginas de tu pasaporte. Toda la documentación debe estar en castellano.
Al completar la tasa 790 debes elegir la opción «Asignación de Número de Identidad de Extranjero (NIE) a instancia del interesado» como muestro en la siguiente imagen.
Al elegir la opción correspondiente a tu trámite te informa exactamente cuál es el valor que deberás pagar por él. En este caso (enero 2021), el valor para obtener el NIE es de €9,64.
Una vez tengas todos los papeles, la tasa paga y el formulario Ex-15 completo, recién ahí te recomiendo pedir la cita. Lo primero que deberás elegir es la provincia en la que estás empadronado*2.
Una vez elegida la Provincia, el trámite que debes seleccionar es el que dice «Policía Certificados – Asgnación NIE», como figura en la siguiente imagen.
Luego de elegir la provincia y el trámite, al aceptar, pasamos a una página donde se mencionan los requisitos que ya comenté más arriba y algunos datos de importancia que vale la pena leer. En la siguiente etapa de la cita online deberemos completar con qué documento y número del mismo presentaremos la solicitud, nombre y apellido.
Lo más probable es que el documento que vayamos a presentar como documento identificatorio sea nuestro pasaporte, por lo que al seleccionar dicha opción, el formulario se reduce a lo siguiente:
Una vez completados los datos del solicitante, hay que seleccionar de entre todas las CNP disponibles de la provincia*1.
Nota *1: Acá quiero contar nuestra propia experiencia para evitarles perder tiempo y acudir a la cita para que les digan que ese trámite allí no se los van a poder hacer.
Lo que extranjería dice es que obtengas tu cita previa en la CNP en tu ciudad/pueblo donde estás empadronado*2. Pero si donde estás empadronado no hay una CNP, que es lo que pasa muchas veces y lo que nos sucedió a nosotros, deberás acudir a la CNP cabecera de la provincia cuya sede se encuentra normalmente en la capital de dicha provincia. En nuestro caso Málaga, opción Plaza Manuel Azaña.
Genial, el tema es que obviamente esa sede es la más concurrida y por ende los turnos que se ofrecen suelen ser a mucho tiempo, o lo que es peor, no figura como opción entre la lista de oficinas disponibles ya que no cuentan con turnos en su agenda. En época de pandemia pasaba esto aunque ahora, en enero 2021 están dando turnos a 2 semanas vista.
Si apareciera como opción y obtenemos un turno a largo plazo, ese turno ya es válido por ejemplo si te para la policía en algún control, aunque dicho turno exceda los 3 meses de permanencia permitidos. Pero la verdad es que es un incordio esperar mucho tiempo para avanzar con nuestro NIE. Sin el dichoso numerito no podremos sacar ni una cuenta bancaria, fundamental para contratar cualquier cosa, como por ejemplo Internet en tu casa, ni llevar adelante ningún trámite. Conclusión, si te vas a quedar a vivir en España, cuanto antes tengas tu NIE para sacar la residencia española, mucho mejor.
Perfecto, intentaremos sacar nuestro turno en otra oficina. Pues no es tan sencillo. Yo fui con turno a Benalmádena y a Velez Málaga y no nos hicieron el trámite (aunque aparecía como opción en la web de cita previa). Por suerte se me ocurrió llamar antes de ir a la CNP de Torremolinos y me dijeron que allí tampoco. Pero vaya uno a saber por qué misterio de la naturaleza, en Fuengirola sí me lo hicieron sin estar empadronado*2 allí ni ser la CNP de la capital. Moraleja: si estás en una situación similar a la que te acabo de relatar, lo mejor es que llames antes de sacar el turno a la CNP que tengas en mente de la lista ofrecida y te ahorres mucho tiempo. Todos los teléfonos de las comisarías se los podés preguntás al sr. Google. Los sabe todos.
Nota *2: el empadronamiento es el primer trámite que debes hacer en el ayuntamiento de tu pueblo/ciudad. Es un certificado que confirma de manera legal que tu domicilio es el que dijiste que es. Lo gestionás con tu contrato de alquiler, o con una autorización del los dueños del lugar donde estés viviendo o con lo que sea que certifique dicho domicilio. El empadronamiento lo tenés que gestionar para vos y para los miembros de tu familia. La primera vez se paga pero muy poco, un par de euros nomás. Tiene una validez de 3 meses pero se renueva sin costo y por mail, enviando toda la documentación nuevamente. La renovación dependerá de que vuelvas a necesitarlo para algún trámite que lo solicite, por ejemplo, sacar tu NIE en la CNP. A mí me lo pidieron en Málaga pero no en Fuengirola 🙄
Una vez elegida la oficina seguimos completando la solicitud con lo que nos piden y luego finalmente elegiremos día y hora de las 3 propuestas que el sistema nos brinde:
Nos va a llegar por mail el comprobante del turno, y junto a todos los requisitos antes mencionados, acudiremos el día y hora previstos para sacar nuestro NIE famoso. Con el NIE en mano empieza el segundo baile, el de la residencia.
¿Y después del NIE? Obtener una residencia en España para ciudadanos de la UE (pasaporte comunitario)
Si tenés un pasaporte comunitario, como el italiano, y querés residir en España, tenés que obtener el Certificado de Ciudadano de la Unión Europea. Por supuesto debemos obtener también una cita previa con las mismas premisas que para el NIE, pero con la salvedad que el trámite a elegir es el siguiente:
Para este certificado obviamente también te piden ciertos requisitos que debermos cumplir. De estos requisitos voy a comentar lo que considero que ameritan algún consejo útil.
- Cuando te piden ser trabajador por cuenta ajena o propia, te están dicendo que si no tenés un sueldo (cuenta ajena), te tenés que hacer autónomo (cuenta propia). De lo contrario tenés que demostrar que tenés una buena suma de dinero en tu cuenta para vos y para cada miembro de tu familia. Cada año puede cambiar dicha suma. Básicamente necesitan comprobar que ni vos ni tu familia van a ser una carga para el estado español, básicamente para la Seguridad Social. Para ello te van a pedir el contrato de trabajo en caso de cuenta ajena o el alta de autónomos (formulario modelo 037) y alta en la seguridad social, en caso de trabajador por cuenta propia. Estas altas, Autónomo y Seguridad Social, lo aconsejable es que te las lleve adelante un gestor. Por supuesto que te va a cobrar ese trabajo, pero también es cierto que si lo hacés mal, los problemas con Hacienda no tardarán en llegar.
- Otro requisito dice que tenés que tener un seguro de salud para toda la familia equivalente en prestaciones a lo que te brinda la Seguridad Social en España. Esto significa un seguro de salud sin carencias (meses de espera para algunas prestaciones) y sin copagos (estar cubierto en un 100% para cualquier atención médica). Habiendo pasado yo ya por esto, hay una sola prestadora que brinda un servicio sin carencias pero el pago es todo junto por adelantado, lo cual lo hace difícil de afrontar en muchos casos. En cuanto al servicio sin copago, sí que muchas lo brindan. Otra cuestión a tener en cuenta de los seguros de salud en España, es que los contratos son anuales y se renuevan automáticamente salvo que se informe lo contrario. El tema es que no se puede suspender en medio del año. Lo tendrás que pagar hasta diciembre del año en el que lo hayas contratado. Más allá de todo esto, y habiendo contratado uno, a nosotros no nos lo pidieron. Yo ya había leído que dependía de quién te atienda y parece que definitivamente así es. Pero si te lo piden y no lo tenés, andá pidiendo un nuevo turno porque de allí ese día no te vas a ir con la residencia.
- Si entre la familia solicitante del certificado de ciudadano de la Uinión Europea hay un solo integrante con sueldo o autónomo, deberán presentar también la documentación apostillada que certifique matrimonio (acta de matrimonio) y paternidad (actas de nacimiento) para poder tramitar sus propiso certificados de ciudadanos de la UE.
- El formulario que hay que presentar para este trámite es el Modelo Ex-18. Es necesario presentar una copia por cada integrante de la familia
- La opción a completar en la Tasa 790 es la que figura en la siguiente imágen:
El valor para este trámite es de 12 euros y se debe completar y pagar por cada uno de los integrantes de la familia.
- Logicamente hace falta el pasaporte de algún país de la Unión Europea, aunque también es posible con un documento de identidad de algún país miembro. Todos con sus fotocopias corrrespondientes.
- Si no se van a presentar comprobantes de actividad laboral, se deberá presentar una declaración de recursos suficientes para solventar la vida propia y de los integrantes de la familia.
- Esta cita también debe ser obtenida dentro de los 3 meses de haber entrado a España. Claro que si ya la fecha para el NIE está afuera del período de tiempo, esta también lo va a estar ya que el NIE es requisito para el certificado UE. Nada de esto suele pasar salvo que estemos en una pandemia, como nos pasó a nosotros, y todos los tiempos de excedieron de forma abrupta a la vez que las oficinas estatales tomaron una postura acorde y no tuvimos ningún problema con las fechas. En situaciones normales, si ya venmos con la idea de quedarnos, lo ideal es comenzar los trámites lo antes posible y evitarnos problemas ante cualquier control del que seamos parte.
- Toda la documentación debe estar en castellano.
Con todo esto se presentan todos los integrantes de la familia, el día y hora indicados, y no deberían tener mayores inconvenientes para obtener la residencia en España. ¡Muchas suerte con ello!
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