Revista Sociedad

Compliance officer: IMF Business School analiza la figura de 'autocontrol' empresarial

Publicado el 23 mayo 2019 por Comunicae @comunicae

Las noticias sobre empresas de mayor o menor tamaño que han incurrido en algún tipo de ilegalidad fiscal o económica, de forma involuntaria o predeterminada, es más común de lo deseado. De hecho, según el Consejo General de Economistas (REAF) estima que cada año el Estado pierde 26.000 millones de euros a causa del fraude fiscal. En la mayoría de los casos debido a la debilidad de los sistemas de control interno. Concretamente, un estudio de KPMG Forensic cifra en 6 de cada 10 las irregularidades e ilegalidades que se dan por esta ausencia de control.

Conscientes de las consecuencias no solo legales sino también en cuanto a la imagen de la marca, cada vez más empresas optan por contar con una figura que revise que el funcionamiento de la compañía se adecua a la ley. Se trata del Compliance Officer o Director de Cumplimiento Normativo. Un papel que IMF Business School ha analizado cuáles son las características que definen esta figura de 'autocontrol' empresarial:

¿Responsabilidades? Su deber es establecer e implementar el programa de cumplimiento legal en la empresa, haciendo que los empleados lo conozcan y lo cumplan. Además, gestionan las denuncias internas de los trabajadores y tienen el poder para dar a conocer estas irregularidades ante las autoridades. Precisamente, este último punto puede generar conflictos de intereses con la empresa en el caso de que se tenga que denunciar una irregularidad.

Control e independencia 100%. Es vital que la persona o departamento responsable de este puesto conozca toda la información empresarial respecto a: buen gobierno, fiscalidad, penal, y cualquier otro aspecto que pueda suponer un riesgo para la empresa. Sin embargo, la autonomía e independencia frente a otros departamentos es esencial para ello.

Toma de decisiones. En ninguno de los casos, el cumplimiento normativo debe confundirse con un servicio de consultoría, ya que se trata de un puesto de responsabilidad en las decisiones de las empresas. De hecho, ya hay compañías en las que se habla de Chief Compliance Officer, un directivo más con los mismos poderes de decisión. Y junto a estos poderes y deberes los acompañan responsabilidades legales que pagar si se omiten.

Marco legal español. La reforma del Código Penal de 2015 estableció que las empresas deben contar con un órgano con poderes de supervisión y vigilancia para no infringir la legalidad, aunque no se establece explícitamente que las empresas deban tener en plantilla a un trabajador llamado Compliance Officer ni se especifica una regulación sobre sus responsabilidades y relación legal con la empresa, lo que genera mucha ambigüedad.

¿Interno o externo? Esta responsabilidad de prevención puede recaer sobre un empleado específico de la compañía o un órgano que cumpla el mismo servicio de forma externa. Muchas pymes suelen apostar por ésta segunda opción ya que puede ser más económica.

Desde IMF Business School son conscientes de la importancia de crear planes especializados para formar a este nuevo perfil. De hecho, la escuela cuenta con un Máster en Compliance y un Máster Oficial en Prevención de Riesgos Laborales y Compliance Officer.


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