En cuanto al pago de un canon por utilizar estos conductos, no vemos inconveniente teórico en que se pueda exigir, pero es evidente que seguramente una mayoría de la Comunidad se opondrá ya que es posible que entonces la Compañía se negara y en consecuencia no habría servicio para ningún comunero, pues estas Empresas exigen, para facilitar sus prestaciones, que les faciliten sistemas de acceso dentro de la propia finca.
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