Constitucionalismo ecológico en América Latina

Publicado el 15 mayo 2013 por Carmeloeps

Son conmovedoras las palabras del preámbulo de la Constitución Política del Estado boliviano, aprobada en 2009: ”Cumpliendo el mandato de nuestros pueblos, con la fortaleza de nuestra Pachamama y gracias a Dios, refundamos Bolivia”. El artículo 33º prescribe: ”las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y a las colectividades de las presentes y futuras generaciones, incluidos otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente”. El articulo 34º dispone: ”cualquier persona, a título individual o en representación de una colectividad, está facultada a ejercer acciones legales en defensa del medio ambiente”.
Aquí tenemos un verdadero constitucionalismo ecológico que ha ganado cuerpo y letra en las respectivas Constituciones. Tales visiones son anticipatorias de lo que deberá ser en todas las constituciones futuras de la humanidad. Solo con tal mente y disposición garantizaremos un destino feliz en este planeta.