Contratos de prestacion de servicios profesionales

Por Dulcekiss
Contrato por el que una persona llamada profesionista o profesor se obliga a prestar determinados servicios calificados que requieren una preparación técnica y a veces un título profesional, a otra llamada cliente que se obliga a pagarle una determinada retribución llamada honorario.
CLASIFICACION: Es un contrato bilateral, oneroso y conmutativo. Se trata de un contrato consensual, por oposición a formal. Se debe considerar un contrato “intiutu personae” porque el profesionista es elegido por sus cualidades personales y no puede delegar su cargo, y debido a ello, también termina con la muerte del profesionista.
ELEMENTOS PERSONALES: Los nombres de los contratantes son el profesionista o profesor el que presta el servicio y el cliente el que lo recibe y lo retribuye.
ELEMENTOS REALES: El servicio profesional: no hay que entender precisamente actos jurídicos, ya que pueden ser también actos materiales o hechos, pero siempre han de ser propios de una profesión determinada.
Los honorarios: pueden consistir en algún bien o algún determinado servicio que pague el cliente a cambio de los servicios profesionales, aunque ordinariamente la retribución consiste en una suma de dinero.
ELEMENTOS FORMALES: No requiere formalidad alguna para su celebración, es un contrato informal o consensual.
OBLIGACIONES DEL PROFESIONISTA:
• Prestar el servicio convenido, poniendo todos sus conocimientos científicos y técnicos al servicio delcliente.
• Guardar secreto sobre los asuntos que sus clientes le confíen.
• Erogar las expensas y gastos que sean necesario para el desempeño del servicio profesional
• Solo cuando el profesionista sea abogado o procurador judicial y aunque no sea mandatario del cliente, está obligado además a no patrocinar o ayudar a diversos contendientes o partes con intereses.
OBLIGACIONES DEL CLIENTE:
• Pagar los honorarios convenidos.
• Reembolsar las expensas o gastos que hubiere erogado el profesionista, con los respectivos intereses legales.
• Pagar al profesionista los daños y perjuicios que eventualmente se le hubieren causado con motivo de la prestación del servicio.
TERMINACION DEL CONTRATO: No existen modos especiales de terminar este contrato, por lo que habrá que estar a las reglas generales de terminación de todos los contratos. Las causas más frecuentes son la conclusión del negocio o asunto u obra encomendada al profesionista, la imposibilidad subjetiva del profesionista de seguir prestando los servicios, el mutuo consentimiento de las partes.
CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO
El contrato a precio alzado o por ajuste cerrado es el contrato por el que una persona llamada “empresario” se obliga a ejecutar, bajo su dirección y con materiales propios, una obra que le encarga otra persona llamada “dueño de la obra” la cual se obliga a pagarle un precio global.
CLASIFICACION: Es un contrato bilateral, oneroso y conmutativo, de ejecucióndiferida y, en ocasiones, de adhesión.
ELEMENTOS REALES:
• La obra: debe esta ser posible física y jurídicamente.
• El precio: de ordinario se fija en dinero, pero podría también hacerse por medio de otra prestación.
• Los materiales: que para la ejecución de la obra tiene que poner el empresario y ser adquiridos por este de los respectivos proveedores, deben ser de mediana calidad, a menos que se haya convenido expresamente que sea de máxima o de optima calidad o de mala calidad o de calidad defectuosa.
• La dirección de la obra: que está constituida por el trabajo de ejecución o por lo menos de coordinación que bajo la responsabilidad del empresario o contratista lleva a cabo este para la realización de la obra.
ELEMENTOS FORMALES:
Es formal este contrato y debe constar por escrito cuando la obra se refiere a bienes inmuebles y el valor de la obra exceda de cien pesos, y es consensual o informal en los demás casos. Sin embargo, en todo caso la modificación posterior del proyecto de la obra encomendada o del precio prometido deben hacerse constar por escrito.
OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO:
• Ejecutar la obra
• Entregar la obra
• Garantizar los defectos posteriores de la obra.
OBLIGACIONES DEL DUEÑO DE LA OBRA:
• Recibir la obra
• Pago del precio
MODOS DE TERMINACION DEL CONTRATO:
Además del modo ordinario y normal de terminación de este contrato, consiste en la ejecución y entrega de la obra y el pago del precio.
•Muerte del empresario
• Rescisión
• Desistimiento del dueño de la obra
CONTRATO DE TRANSPORTE
El contrato de transporte es un contrato en virtud del cual uno se obliga por cierto precio a conducir de un lugar a otro, por tierra, canales, lagos o ríos navegables, pasajeros o mercaderías ajenas, y a entregar éstas a la persona a quien vayan dirigidas.
CLASIFICACION: Es un contrato bilateral, oneroso, conmutativo, de ejecución duradera y de carácter consensual o informal.
ELEMENTOS PERSONALES:
• Porteador o transportista: quien realiza el transporte
• Cargador o pasajero o viajero: quien recibe el servicio
ELEMENTOS REALES:
• Las cosas o personas
• El precio
ELEMENTOS FORMALES: Es un contrato consensual o informal, ya que la carta de porte es solo un documento que en el transporte de efectos debe expedir el porteador al cargador.
OBLIGACIONES DEL PORTEADOR:
• Recibir los objetos
• Realizar el transporte
• Custodiar los objetos transportados
• Entregar los objetos
OBLIGACIONES DEL CARGADOR:
• Pagar el precio
• Pagar o reembolsar los gastos
• Pagar los daños y perjuicios
• Recibir las cosas transportadas en el lugar de su destino
MODOS DE TERMINACION:
• Desistimiento o denuncia unilateral
CONTRATO DE HOSPEDAJE
Una persona llamada hospedero u hotelero, se obliga a prestar albergue a otra persona llamada huésped o viajero, a cambio de una retribución.
CLASIFICACION: Es un contratobilateral, oneroso, conmutativo, de tracto sucesivo, consensual o informal. Cuando se ofrece el servicio al público se llama “contrato obligatorio” para el hostelero porque está obligado a celebrarlo.
ESPECIES:
• Hospedaje al público: se tiene abierto al servicio público el establecimiento especializado para prestar alojamiento con o sin alimentos.
• Hospedaje privado: se trata de una casa no abierta al público, pero se destina a un máximo de tres habitaciones a prestar alojamiento completo o incompleto.
• Contrato de tiempo compartido: proporcionar durante cierto tiempo y en épocas determinadas, el alojamiento y demás servicios complementarios en hoteles o desarrollos turísticos intercambiables.
ELEMENTOS PERSONALES: El fondista, posadero, hotelero u hostelero es quien presta el alojamiento, y el huésped o viajero es quien lo recibe.
ELEMENTOS FORMALES: No se requiere ninguna formalidad.
OBLIGACIONES DEL HOTELERO:
• Registrar el nombre del huésped
• Proporcionar el complejo de servicios
• Custodiar los objetos introducidos
• Cuidar de la moralidad
OBLIGACIONES DEL HUESPED:
• Pago del precio
• Observar moralidad
MODOS DE TERMINACION:
• Cuando el huésped no pague el alojamiento en el plazo fijado en el contrato
• Cuando el huésped se presente en estado de ebriedad o cometa faltas a la moral o escándalos
• Cuando el huésped se ausente del establecimiento durante mas d 72 horas sin aviso.www.millerpumarios.net.ms