Control de presencia continuada

Por Feliperodriguez
Todo desempleado que cobre un subsidio, como puede ser el actual PRODI (los 426 euros), es objeto de control por parte de la Oficina de Empleo. Esto quiere decir, que la Oficina podrá citarte para renovar la demanda, ofrecer ofertas de empleo, de formación o servicios de orientación, a los cuales el beneficiario está obligado a comparecer.
Todos los servicios anteriores, se corresponden con medidas para fomentar y optimizar las posibilidades de empleabilidad del beneficiario, en principio.
Pero existe otra medida de control que no reporta nada en absoluto a la búsqueda activa de empleo: El control de presencia continuada
¿Qué es el control de presencia continuada?
En determinado momento de vida de la prestación, el desempleado recibirá una carta con una citación, a la que deberá acudir con varios certificados (fe de vida y estado y certificado de empadronamiento histórico y colectivo). Una vez en la oficina de prestaciones, sin mediar explicación alguna, el beneficiario será citado para el día siguiente, a una hora determinada e innegociable. Al día siguiente, será citado para el siguiente, a otra hora.... Todo ello para firmar en una hoja.


¿Cuánto dura?
Sobre este control no hay información ni será facilitada por la Oficina de Prestaciones. Su duración es indefinida, pueden ser cuatro días, quince...


Un único objetivo: Controlar.
Un objeto: Controlar que el desempleado "está" físicamente, no se ha marchado a Júpiter o a Menorca (salvo que viva en Menorca).
Una ventaja: Controlar que el desempleado no hace uso de su gran prestación en las Islas Bahamas o en otro paraje que no sea su ámbito geográfico ordinario.
No solo no aporta, sino que dificulta:
Por desgracia, este control resulta contraproducente para quienes sean buscadores activos de empleo. Ahí van algunas razones:
1.-  Corta la jornada matinal por la mitad, a una hora arbitraria e innegociable, por lo que tareas de búsqueda tan habituales como programar "rutas" de entrega de currículos se hace más difícil, sobre todo si la ciudad objeto de la búsqueda no es el pueblo en donde se reside.
2.-  Desmotiva: Convierte tu relación con la Oficina de Empleo en una especie de "arresto", como cuando como consecuencia de un delito habrías de ir a firmar al juzgado todos los días.
3.-  Desperdicia recursos: Tiempo y dinero, para acudir a la Oficina, que en muchos casos se encuentra a varios quilómetros del domicilio del beneficiario.
4.-  No aporta nada en la optimización de posibilidades de empleabilidad. Más bien, entorpece.
5.-  Impide cualquier planificación relacionada con la búsqueda y que implique la presencia del desempleado más allá del día siguiente (único del que se conoce la hora de citación).
6.-  No permite justificar ausencias nada más que con documentos, por lo que, auque una entrevista sí podría ser justificable, todo el trabajo de búsqueda no lo es, por lo que se convierte en una tarea subsidiaria de la "tan importante" y llena de contenido comparecencia diaria en la Oficina de Prestaciones.


¿Alguien conoce alguna ventaja de este control que escape a mi entendimiento?