Juan Carlos Pinzón, Ministro de Defensa
La Sentencia proferida por la Corte Constitucional sobre Objeción de Conciencia la cual prohíbe el reclutamiento forzoso de objetores de conciencia por parte de las Fuerzas Armadas Colombianas ha sido desconocida por esta institución según el Tribunal Constitucional Colombiano.
La Corte Constitucional Colombiana constató lo anterior en la respuesta dada por un Mayor del Ejército frente a una Tutela interpuesta contra las Fuerzas Armadas en las que éste argumentaba que no se podía aplicar la Objeción de Conciencia ya que la misma no estaba debidamente regulada.
Ante el desacato evidente de la decisión, la Corte Constitucional le ha ordenado al Ministerio de Defensa realizar en los próximos 4 meses una campaña dentro de las Fuerzas Armadas para que los encargados del reclutamiento tengan conocimiento y apliquen los alcances de la Sentencia y reconozcan en adelante los derechos de los objetores de conciencia.