En el citado informe, aborda los principios éticos que deben guiar al asesoramiento genético. Promueve la necesidad de brindar asesoramiento genético cuando se contemple la realización de pruebas genéticas que puedan tener consecuencias importantes para la salud de una persona. Y reafirma, la necesidad de que el mismo se realice en atención al interés superior de la persona interesada.
Se trata de suministrar información objetiva a la pareja que desea conocer el riesgo de aparición o de repetición de una alteración genética en su descendencia. No sería buena praxis realizar el diagnóstico prenatal indiscriminadamente, sino que conviene sopesar cuidadosamente la relación beneficios/riesgos. Destaca, asimismo, la necesidad que el asesoramiento sea realizado de un modo no directivo, sin recibir presión del profesional que suministra la información. Debe tenerse en cuenta los aspectos emocionales que se deriven del diagnóstico con el fin de ayudar a los padres y sus hijos a afrontar la patología, en caso de que la hubiera.
El informe denuncia la existencia de una presión cultural, por la cual se induce a los padres que han concebido a una persona con discapacidad, a que pongan fin a la vida de sus hijos, mediante la realización de un aborto. Revela las cifras de casos de personas con discapacidad a las que se les ha privado de su vida, que tras la implantación de las leyes de la interrupción del embarazo de 1985 y 2010 alcanza en la actualidad al 85% de fetos diagnosticados.
Por mi parte, sólo cabe valorar de forma muy positiva el informe del Comité de Bioética, al cuidar de la vida de las personas con discapacidad y resaltar la licitud moral del uso terapéutico del diagnóstico prenatal, en determinados casos., pero nunca de forma sistemática y rutinarias. Esperemos que en España se ponga fin a ese masivo y sistemático aborto de personas con discapacidad luego de un diagnóstico prenatal.