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Deducciones fiscales por hijos en la Renta 2017

Por Infoautonomos

Si lo deseas puedes escuchar el artículo en el siguiente audio:
A la hora de realizar tu Renta 2017 debes tener en cuenta las deducciones fiscales por hijos y las ayudas a la maternidad/paternidad que permite Hacienda.

El hecho de tener familia modifica los mínimos familiares y da lugar a que pagues menos en el IRPF.

A continuación te detallamos las deducciones fiscales por hijos en la Renta 2017 para padres y madres autónomos que pueden reducir el coste de la factura fiscal:

Deducciones fiscales por hijos: mínimo familiar y personal en la Renta 2017

El mínimo personal y familiar vienen a referirse al dinero que Hacienda estima que se necesita para vivir y que está exento de tributar. Este mínimo personal queda fijado en 5.550 euros pero la cifra exenta aumenta en función de la situación familiar del contribuyente y los hijos a cargo.

  • 2.400 euros por primer hijo
  • 2.700 euros por segundo hijo
  • 4.000 euros por tercer hijo
  • 4.500 euros por cuarto hijo y posteriores

En la siguiente tabla, la que pone a disposición Hacienda, se detallan cada una de las cuantía mínimas general, por descendiente y por asecendiente:

Deducciones fiscales por hijos en la Renta 2017

Fuente: Agencia Tributaria

El mínimo exento se restará a tus ingresos para realizar el cálculo del IRPF.

Pero, ¿qué descendientes tienen cabida en este mínimo exento por hijo?

  • Hijos con menos de 18 años que vivan con el declarante o que dependan de él económicamente.
  • Hijos con menos de 25 años que convivan con el declarante o que dependan de él económicamente, que no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales y además  no hayan presentado la declaración de la renta individual con rentas superiores a 1.800 euros, excluidas las rentas exentas.
  • Hijos mayores de 25 años que vivan con el declarante, que acrediten una discapacidad superior al 33% y, sumado a esto, cumplan los requisitos anteriores referidos a los ingresos.

Deducción fiscal por maternidad en la Renta 2017

La ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) regula la deducción por maternidad por hijos menores de 3 años de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo nacido en territorio español.  En el caso de adopción o acogimiento, se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil.

Las madres autónomas con derecho a esta deducción no tienen por qué esperar a su Declaración de la Renta sino que pueden solicitar su abono anticipado en el modelo 140, recibiendo la contribuyente una cantidad mensual de 100 euros por cada hijo.

Sin perder el foco en las deducciones fiscales autonómicas

Amén de las deducciones estatales no debes pasar por alto los beneficios fiscales que contempla cada autonomía por nacimiento u adopción, y que podrás conocer en el Manual práctico de la Renta 2017 que pone a disposición Hacienda,  facilitando la deducción por diferentes situaciones y conceptos como parto múltiple, adopción internacional o gastos de guardería.

Otras deducciones fiscales familiares en la Renta 2017

También tendrás derecho a deducción de 1.200 euros en los dos siguientes supuestos:

  • Familias numerosas:También entran en la categoría de familia numerosa la monoparental con dos hijos y a los usuarios con ascendientes o descendientes con discapacidad. En caso de familia numerosa especial, es decir, la de más de 5 hijos, la cuantía deducible se duplica y asciende a 2.400 euros anuales. Puedes solicitar esta deducción en la propia Renta o de forma anticipado a través del modelo 143.
  • Hijos con discapacidad a cargo: Los contribuyentes que tengan descendientes con discapacidad a cargo con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes también tienen derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.

Cuidado con la baja de maternidad, sí tributa

Hay una cuestión que incide directamente en tu declaración de la Renta y que no debes pasar por alto. Y es que las prestaciones públicas de maternidad, es decir la prebaja y baja maternal, no están exentas de tributación sino que los pagos percibidos por la Seguridad Social o Mutua hay que incluirlos en la Declaración.

Recuerda que esta baja de maternidad puede ser compartida entre el padre y la madre.

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