Dejar de pagar el IVA a sabiendas es responsabilidad del administrador

Publicado el 12 abril 2016 por Elblogderamon @ramoncerda

Suelo hablar bastante en este blog sobre la limitación de responsabilidades en una sociedad limitada o anónima, siempre preferible a una sociedad civil, comunidad de bienes o actuar como simple autónomo. Ahora bien, es importante tener en cuenta que siempre se intentará, especialmente por parte de la Administración, cargarle el muerto al administrador si la sociedad acaba siendo insolvente. Así y todo, la derivación de responsabilidad no es tan fácil ni automática como nos quieren hacer creer. Eso sí, hay casos que cada vez están más claros, como ocurre con las sanciones, que son mucho más fáciles de derivar que las deudas porque se entiende que la sanción ha venido dada por una mala praxis del administrador. El problema principal viene cuando hay pruebas y argumentos que «demuestran», si no la mala fe, al menos sí la mala práctica, aunque pueda estar justificada, como ocurre al dejar de pagar el IVA a sabiendas.

Consecuencias de dejar de pagar el IVA

Dejar de pagar el IVA es considerado malicioso aunque el importe se haya usado para el pago de deudas anteriores.

Voy a hablar concretamente de una sentencia que, no solo hace responsable al administrador por dejar de pagar el IVA de una venta de un inmueble, sino que, incluso, hay pena de cárcel.

La Audiencia de Cantabria confirmó a finales del pasado año 2015 la condena a un año de prisión y el pago de 400.000 euros al administrador único de una empresa que no declaró el IVA de una finca vendida, pese a que en la escritura quedó constancia del cobro de dicha cantidad. Es cierto que la empresa pasaba por dificultades económicas y el IVA no cobrado se utilizó para el pago de deudas, pero al no haber pedido aplazamiento ni haber presentado ninguna declaración en su momento o complementaria posterior, eso no ha eximido de responsabilidad al administrador. El IVA no ingresado ascendía a 211.556 euros.

Cuando más adelante presentó concurso voluntario de acreedores, incluyó la deuda del IVA, reconociendo así que no había sido pagado. Eso tampoco le ha evitado responsabilidad porque tanto Hacienda como el tribunal, insisten en que nunca presentó declaración e incluirlo en el concurso no se puede interpretar como una regularización. Me pregunto si se hubieran enterado en el caso de no incluir esta cifra en el concurso.

Dice el tribunal que «aunque era consciente de la realidad de la deuda existente, omitió voluntaria y maliciosamente el pago de la misma».

Personalmente entendería que lo considerasen malicioso si se hubiera quedado con el dinero, pero habiéndolo dedicado al pago de deudas de la misma sociedad, el término no me parece el más apropiado.

En cualquier caso quede como advertencia a navegantes de que estas cosas pueden ocurrir, así que cuidadín con nuestras gestiones como administradores de empresas.

Ramón Cerdá

Dejar de pagar el IVA a sabiendas es responsabilidad del administrador was last modified: abril 11th, 2016 by Ramón Cerdá