Código Penal
Artículo 144El que produzca el aborto de una mujer, sin su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años [...].Las mismas penas se impondrán al que practique el aborto habiendo obtenido la anuencia de la mujer mediante violencia, amenaza o engaño.
Desde que el Ministerio de Justicia abordase la nueva ley del aborto (o la modificación del Código Penal, en referencia al aborto), ha habido muchas opiniones al respecto.
Unos han dicho que era es mejor una ley de sucesos que una de plazos, otros que nadie tiene derecho a decidir sobre el cuerpo de una mujer, otros que no se debería dejar abortar bajo ningún concepto… Mi pregunta es: ¿Por qué se ha de regular absolutamente todo? Se supone que cada persona es libre, y que podemos ejercer nuestro derecho a la libertad, ante todo, sobre nuestro cuerpo y sobre nuestra ideología. Pronto nos regularan las veces que hemos de respirar al día. En este caso, cada mujer es libre de elegir su camino, lo que incluye la decisión de ser madre o de no serlo. El afán que existe en la actualidad para regularlo todo, sólo nos ata y nos resta libertad de actuación. Estamos retrocediendo 40 años. A partir de que la ley entre en vigencia, las mujeres que puedan saldrán del país o pagaran clínicas decentes para llevar a cabo la intervención. Aquellas que no tengan la libertad económica para pagar a un médico, se auto lesionará o irá a clínicas clandestinas. Haciendo referencia al artículo del Código Penal que he indicado al principio del artículo, actualmente está penado que se practique el aborto a una mujer sin su consentimiento. Además, también está penado que ésta dé su consentimiento bajo amenazas. ¿No se trata de una amenaza una ley que establezca penas a las mujeres que decidan abortar? ¿No se trata de un consentimiento viciado? ¿Se supone que si las amenazas las encabeza el Estado, sí son válidas?Hago un llamamiento a la cordura. A la sensatez. Dejemos de regularlo todo, y encarguémonos de que lo que de verdad importa en estos tiempos.