Delitos Electrónicos

Por Araceli Giroldi @aralin510

Delitos Electrónicos es toda aquella acción antijurídica que se realiza en el entorno digital, espacio digital o de Internet.


El incremento del Comercio Electrónico evidencia en los tiempos presentes, que forma un instrumento cuya progresión es extraordinaria, sobre los cuales es ineludible ejercer controles que defienda el desarrollo de la actividad Comercial que allí se perpetra. El interés que surja y se instituyan parámetros supervisores en beneficio de quienes constituyen parte de esta actividad; esto se debe dar tanto en demandantes como negociantes de bienes y servicios, así como de los funcionarios recaudadores de impuestos a la actividad comercial, quienes determinan como consumidores las necesidades reales han de tomarse en cuenta para situar el diseño de la plataforma tecnológica sobre la cual opera estas actividades, destinadas al Comercio, aun cuando los creadores de las tecnologías han dado muestras irrefutables del perfeccionamiento en cuanto operatividad; pero, en la actualidad se ha acrecentado en el ciberespacio un escenario de la actividad comercial muy moderno, un gran número de fraudes que van en detrimento de quienes maniobran comercialmente a través de este medio, aún cuando el espacio de la ejercicio es virtual, los delitos o fraudes que suceden en él son reales. Los daños, perjuicios, decepciones y otros resultados que puede generar los hechos que simbolizan los engaños que se realizan en la Internet pueden ser incuantificables y ruinosos para quienes sean desengañados.

Lo mismo sucede con otras conductas que, aun cuando no son defraudatorias, forman una intimidación a la seguridad y confianza con las cuales deben formarse las comunicaciones y transacciones entre la gente. Así como también se puede ver gravemente afectadas la intimidad y notoriedad de las personas por hechos dañosos de distinta índole.
Las ventajas que producen el anonimato, la prontitud de las comunicaciones y la ansiedad de los mercados en un hecho que beneficia a quienes mejoran en la red, buscando ingenuos y vulnerables internautas. El desamparo legal que las víctimas viven es un caldo de cultivo para el violación económica y otras variedades de conductas ilícitas.
Hay que tener en cuenta que gracias a la impunidad existente, se ha visto estimulado el abuso de la tecnología cibernética por el motivo de la operación de terroristas, piratas, apasionados, alucinados, traficantes de drogas y productos vedados, lavadores de dinero, como así también el crimen organizado y todo género de personas con diversos intereses fraudulentos. Esto perjudica perceptivamente el sano intercambio de quienes si quieren hacer cosas provechosas, productivas y proceden de buena fe.
La sofisticación del medio cibernético exige a pensar seriamente acerca del papel que puede desempeñar el derecho penal, con los fines de proteger los bienes jurídicos que simbolizan las interacciones en la Internet y, con ello, devolver la confianza y la tranquilidad a quienes quieren realizar transacciones productivas, y hasta gustosas, sin el riesgo de verse esquilmados, sobrecogidos o afligidos en sus derechos e intereses abusivamente.
Es urgente realizar una escrutinio de las normas penales, su aplicación, vacíos y faltas para poder formular las reformas legislativas que incumban, a los fines de brindar los márgenes imprescindibles de seguridad en los negocios y las comunicaciones entre las personas de buena fe, para quienes está destinada la red. Acoplando ambos criterios, es decir mejorando tanto de la plataforma operativa, como de la presencia de un marco legal apropiadamente diseñado que llene las expectativas de regulación de la actividad comercial mediante la red, son los parámetros reguladores sobre los cuales han de trazarse la estructura proteccionista de quienes intervienen en dicha actividad Comercial