Eso es, precisamente, lo que ha ocurrido con una niña de la Comunidad Balear, a la que una sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha obligado a hacer la primera comunión en contra de su voluntad pero de acuerdo con el criterio de su padre, que estaba empeñado en ello. Se trata de un caso extremo que ha llegado a los juzgados por la discrepancia suscitada en el seno familiar entre los deseos de la niña, secundada por su madre, y los contrarios del padre, quien hizo valer su patria potestad con ayuda de la justicia. Según la sentencia, nada salomónica, dado que los padres (divorciados) se habían casado por la Iglesia y habían bautizado a la menor, resultaba coherente que la niña, hija de creyentes, comulgara con tales creencias, a pesar de su negativa a celebrar ese rito religioso. La coherencia valorada por el juez se impone a un menor, obviando sus derechos, pero no a unos adultos que incumplen, cuando les conviene, los dogmas de la religión que dicen profesar al romper el “indisoluble lazo del matrimonio” católico. Ejercen una coherencia “descafeinada”. Lo grave del asunto es que un juez, presumiblemente católico, refrenda judicialmente el capricho del padre porque la ley garantiza el derecho que asiste a los padres para decidir la formación religiosa y moral de sus hijos. Del derecho de la madre y de la propia hija no dice nada ni se tiene en cuenta.
Ese derecho de los padres a que sus hijos reciban los sacramentos colisiona con la libertad del niño para creer o no creer en lo que quiera en virtud de su “libertad de pensamiento, de conciencia y de religión” que reconoce la Convenciónde los Derechos del Niño. No parece justo, por tanto, que ante la voluntad expresa del menor de no celebrar el sacramento iniciático de la primera comunión, se le haya impuesto una decisión, en este caso judicial, que contraviene sus deseos, máxime cuando tal rito obedece a una estrategia de adoctrinamiento que la Iglesia Católicaaplica en connivencia con el propio Estado y otros poderes civiles.
Sin embargo, en España el Estado no es neutral y mucho menos laico, en contra de lo que proclama la Constitución. ElEstado español reconoce una preponderancia a la Iglesia Católica que se traduce en privilegios y libertades para la manipulación de esas criaturas maleables que son los niños. Fomenta y hasta facilita económicamente el adoctrinamiento continuado de las personas que practica la Iglesia a través del bautismo del infante, la primera comunión del niño, la confirmación del adolescente, el matrimonio del adulto y hasta la extremaunción del que muere, sin olvidar las misas, cultos y demás ceremonias que tratan de reafirmar los preceptos religiosos –católicos, por supuesto- dominantes en la sociedad.
Que este peso asfixiante de la religión católica en la sociedad española y en la vida de los ciudadanos, desde su más tierna infancia, no haya sido suficiente para que una niña decidiera no sucumbir a ceremonias que, tras su aparente e intencionada vertiente “festiva”, son meros instrumentos de proselitismo y adoctrinamiento, es algo digno de encomio que resalta su capacidad crítica, mucho más racional que la de su padre. Un hecho que pone de relieve, además, la intromisión de la Justicia, como uno de los poderes del Estado, en asuntos que debieran solventarse en la privacidad de las creencias individuales, sin menoscabo de los derechos y libertades que asisten a las personas, sean niños o adultos. Todo ello evidencia la necesidad de que el Estado sea realmente laico, no sólo “aconfesional”, para que no favorezca con privilegios a ninguna confesión religiosa y deje que las creencias respetables de los ciudadanos se circunscriban al ámbito íntimo e individual de cada uno de ellos. Y, sobre todo, que no participe en la manipulación y adoctrinamiento de los niños para que, cuando sean adultos, se conviertan en personas libres, racionales y responsables. Un Estado que no reconozca ningún derecho de adoctrinar.