Por Adam Cohen Educados en el paradigma de los opuestos enfrentados, y no de los opuestos complementarios, nos es difícil encontrar la ecuanimidad necesaria al conocimiento profundo de las cosas. Impera el enfrentamiento polar no integrado. Por ejemplo, nos es difícil aceptar que alguien pueda criticar a los partidos de izquierda siendo de izquierda, o que ser rico y tener propiedades no nos hace, obligatoriamente, persona de derecha. Existen obreros pobres sumamente conservadores y terratenientes solidarios y generosos, pero prevalecen los estereotipos: la gente bien vestida y elegante es de derecha y los zaparrastrosos son de izquierda, por tanto en las compañas electorales unos candidatos abandonan sus puros Cohíba y sus yates para enfundar una chaqueta de pana y otros dejan sus habituales vaqueros desgastados para lucir traje oscuro, camisa azul pálido y corbata roja. Todos buscan tranquilizar y complacer la estrechez mental de sus electores. La sociedad actual adolece de un enquistado maniqueísmo -de origen judeocristiano, por cierto- en su visión de los fenómenos; una gran simpleza domina los planteamientos políticos, reduciendo a ecuaciones elementales la compleja y multicolor realidad. Y digo esto por el descubrimiento reciente (des-cubrimiento porque yacía encubierto bajo la losa académica, es decir lo definido como políticamente correcto por el Establishment dominado por la elite sionista) de otra versión histórica de la Segunda Guerra Mundial en la que el enemigo de los aliados no era Hitler, y el propósito no era luchar contra el ejército del Tercer Reich sino algo profundamente inmoral y vergonzante. Desde que los EEUU entraron en la guerra, gracias al permitido Pearl Harbour, el propósito fue uno: aniquilar la nación alemana por el medio de una destrucción sistemática de las ciudades y vías de abastecimiento, y un ataque metódico, físico y moral, despiadado, a su pueblo por parte de británicos, soviéticos y estadounidenses. Sin embargo, la revelación de numerosos documentos históricos, en lugar de permitir entender nuestra equivocación maniquea (nazis malísimos frente a aliados buenísimos) ha hecho que le demos la vuelta a la tortilla y no avancemos un pimiento: ahora renace el filonazismo y se alzan voces que alaban al Führer. No pretendo en este artículo describir los argumentos de los que niegan las cifras oficiales “Seis millones de judíos…”, sino informar sobre denuncias recientes de historiadores revisionistas, y señalar cómo ambos caen en el extremo opuesto, pasando de la demonización oficial del nazismo a una idealización nostálgica del Tercer Reich. Como si, por decir que Hitler nunca buscó la eliminación de los judíos, de repente ya no fuera responsable de su esclavización, o de la utilización de miles de cobayas humanos para experimentaciones varias. En otras palabras, parece difícil, si no imposible, aceptar que ambos bandos fueron igualmente feroces asesinos en masa. Antes de empezar, es necesario recordar que negar, investigar o, simplemente, minimizar el Holocausto judío está prohibido por ley en, entre otros muchos países, Alemania, Francia, Bélgica, Canadá, Estados Unidos. Y ahora, también en España gracias a la Ley Mordaza, ley que nos informa sobre el avance del control del lobby sionista sobre la política española. Cabe preguntarse por qué es la única afirmación de la historia mundial que está protegida por una ley tan severa. La verdad no necesita ser apuntalada por ninguna ley. Muchos historiadores, quienes, a riesgo de ser encarcelados, niegan la emblemática cifra, han repetido una y otra vez que, según los archivos de la Cruz Roja, murieron en torno a 250.000 judíos; por otro lado, otros archivos permitirían afirmar que la población total de judíos en Europa nunca alcanzó la cifra de 6 millones. Si contamos los cientos de miles que huyeron, emigraron o sobrevivieron, las cifras no cuadran. Me cuesta creer que yo, judío, pueda ser acusado de ser antisemita, y que escribir estas frases me pueda llevar a pasar cuatro años en la cárcel, pero así es. Viva la democracia española y las leyes esquizofrénicas anticonstitucionales que castigan el ejercicio de la libertad de expresión contemplada en la misma Constitución española. Qué asco de parlamento, por Dios.
Declaraciones pasibles de cárcel de una historiadora anciana
Según Hellstorm, el Holocausto lo sufrió el pueblo alemán
La reciente difusión del sobrecogedor documental Hellstorm (2015), basado en el ensayo homónimo (2014) del autor estadounidense Thomas Goodrich (1947), describe, con abundantes e inéditas imágenes históricas, el verdadero proyecto oculto y nunca revelado de los líderes británico, estadounidense y soviético: éste era la destrucción completa de la población civil alemana, de sus ciudades y sus infraestructuras, un auténtico genocidio a través de bombardeos planeados y continuados de las zonas urbanas, violaciones sistemáticas de todas las mujeres de 8 a 80 años, denegación de agua y alimentos a los presos de guerra, y todas las humillaciones imaginables tanto durante la guerra como, sobre todo, en los años de “liberación” que siguieron a la rendición de Alemania. Desgraciadamente, las imágenes finales dejan ver que el autor alberga gran simpatía por Hitler y el nazismo.
HOLODOMOR, un verdadero holocausto de 6 millones de ucranianos ¿Por qué nadie habla jamás del Holodomor de Ucrania? ¿Por qué en las universidades ningún profesor jamás menciona el genocidio de la población ucraniana? ¿Por qué Hollywood, tan reiterativo con el Holocausto judío, jamás se ha interesado por esta tragedia comprobada? Unos 6 millones de ucranianos murieron de hambre en el invierno de 1931 a 1932, al haber sido desposeídos de todas sus reservas de alimentos por las tropas soviéticas de Stalin, con el propósito de poder así repoblar el país con ciudadanos rusos.
Que Stalin se sentara junto a las potencias aliadas en Yalta demuestra la complicidad de Churchill y Roosevelt en el holocausto del pueblo alemán así como en el genocidio soviético, de ahí que, en los libros de texto, se hayan ocultado sendos genocidios. De conocerse el Holodomor y holocausto ruso, la población no comprendería cómo los Aliados pactaron con un asesino; y de saberse el holocausto alemán planeado por Roosevelt y Churchill, se desmoronaría toda la versión oficial de la Segunda Guerra Mundial. De ahí la necesidad de perseguir, condenar y amordazar a las voces críticas.
La dificultad de aprehender la Verdad Inmersos como estamos en un paradigma de opuestos enfrentados, nadie parece molestarse por el maniqueísmo infantiloide de la historia oficial de la Segunda Guerra Mundial: los alemanes fueron los malos malísimos, los aliados, los buenos y salvadores de la democracia europea, y los judíos, las verdaderas y principales víctimas. Y por si no fuera suficiente, el que quiera cambiar una línea a esta burda versión oficial será expulsado de la Universidad, amarrado a la picota para escarnio público y hasta podrá acabar con sus huesos en la cárcel. Cualquier comentario disidente de la oficialidad será tachado de la mayor infamia: ser antisemita, una acusación absurda, puesto que en esta otra versión de la mortífera guerra nada se ha dicho en contra del pueblo judío.
¿Cui prodest? ¿quién se beneficia de semejante bulo? Los que querían crear el Estado de Israel y para ello necesitaban victimizar a los judíos, es decir el lobby sionista que domina la banca global, la política internacional, la Unión Europea, el que financia las guerras eternas y también controla los medios de comunicación, las televisiones, Hollywood, las universidades, las ediciones de libros, de revistas, de libros de texto… y la redacción de la leyes. Aquí comprobamos una vez más que el lobby sionista es el creador de la VERDAD ACADÉMICA OFICIAL. Y si no se sostiene, no importa, crean leyes que los diputados lacayos votan para apuntalar lo insostenible. Pero lo grave no es sólo que la versión oficial sea maniquea y simplista, es que los que revelan otra realidad caen a su vez en la misma trampa, se instalan en el extremo opuesto pasando de la demonización a la idealización del proyecto del Tercer Reich. Tanto Haverbeck como Goodrich, aunque velada, no esconden su simpatía hacia el nazismo, como si no fuera posible denunciar la mentira del Holocausto, describir cuánto sufrió el pueblo alemán y recordar al mismo tiempo que el pueblo judío también sufrió enormemente, y que dentro del programa nazi estaba también la eliminación y esterilización de minusválidos, enfermos crónicos o ancianos así como la utilización de cobayas humanos, judíos y no judíos, para todo tipo de experimentación médica, quirúrgica, genética o de uso industrial. ¿Por qué es tan difícil aceptar que los nazis, en su lucha contra el cáncer, ya recomendaban en los años 30 el no fumar y el vegetarianismo? Esta parte luminosa del nazismo siempre se ha ocultado. Los campos de concentración no eran campos de exterminio, de acuerdo, pero el Dr. Mengele y sus colegas torturaron y mataron con sus experimentos a miles de presos. Ambas cosas deben decirse. ¿Por qué no se dice que nuestro tan aclamado Estado del bienestar nace en la Alemania de Hitler, con ayudas sociales, un sistema amplio de becas de estudios para las clases desfavorecidas y otras agencias estatales de acción social, tan defendidas hoy por Podemos? ¿Tan difícil es aceptar que nada es completamente bueno ni completamente malo? ¿Por qué Churchill es presentado como un irónico regordete cuando mandó fríamente bombardear Dresde, la Florencia alemana, hasta derretirla, asesinando a cientos de miles de personas en una sola noche, cuando Alemania ya había perdido la guerra, y, siendo algo sabido, jamás fue acusado de genocidio? Cuando seamos capaces de ver y aceptar la noche, la oscuridad de cada cosa; cuando seamos capaces de comprender que la sombra de cada persona, proceso o hecho es parte inseparable de la persona, proceso o hecho, cuando seamos capaces de integrar nuestra sombra, comprenderla y abrazarla, sólo entonces lograremos aprehender la Verdad.
Extracto de la Ley Mordaza: El lector podrá constatar que la palabra antisemita es repetida con insistencia en todos los apartados de la reciente LEY MORDAZA, como si no fuera suficiente con decir racista, llegando al extremo de que un juez podrá ordenar la destrucción de los libros cuyo contenido haya sido considerado antisemita. A todas luces inconstitucional por ir en contra de la libertad de expresión, la Ley Mordaza demuestra que estamos viviendo en una completa dictadura económica, política e ideológica controlada por las mismas élites sionistas que dirigen el mundo. Ley Orgánica 1/2015, de 30 de Marzo Artículo 510. (del nuevo Código Penal español) 1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses: a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad. b) Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad. c) Públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos. 2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses: a) Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos.
b) Quienes enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, o a quienes hayan participado en su ejecución.
Los hechos serán castigados con una pena de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses cuando de ese modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mencionados grupos. 3. Las penas previstas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información, de modo que, aquel se hiciera accesible a un elevado número de personas. 4. Cuando los hechos, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor entre los integrantes del grupo, se impondrá la pena en su mitad superior, que podrá elevarse hasta la superior en grado. 5. En todos los casos, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, el número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el delincuente. 6. El juez o tribunal acordará la destrucción, borrado o inutilización de los libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto del delito a que se refieren los apartados anteriores o por medio de los cuales se hubiera cometido. Cuando el delito se hubiera cometido a través de tecnologías de la información y la comunicación, se acordará la retirada de los contenidos. En los casos en los que, a través de un portal de acceso a internet o servicio de la sociedad de la información, se difundan exclusiva o preponderantemente los contenidos a que se refiere el apartado anterior, se ordenará el bloqueo del acceso o la interrupción de la prestación del mismo.