Día mundial de los derechos del consumidor

Por Moradadelbuho @moradadelbuho

Instituto de Consumo de Extremadura

El 15 de Marzo, es una fecha significativa en la historia desde el año 1.963, el entonces presidente de los Estados Unidos Jhon F. Kennedy realizara de una forma muy significativa la primera defensa oficial de los consumidores, necesitados de un mayor reconocimiento y protección, tanto económica como socialmente.

Decía Kennedy que "todos somos consumidores" y que, a pesar de ser un grupo muy importante de la economía, también eran los menos defendidos y los menos escuchados. Esto ocurría por el año 1.962 y, desde entonces, los países desarrollados han aprobado normas para garantizar una mejor protección de los intereses de los ciudadanos como consumidores.

El "Día mundial de los derechos del consumidor" fue celebrado por primera vez el 15 de marzo de 1.983 y desde entonces ha sido una ocasión importante para la movilización de la ciudadanía por sus derechos.

En todo el mundo las organizaciones de consumidores utilizan los materiales producidos por Consumers International para propiciar iniciativas locales y lograr la cobertura de los medios de comunicación para su trabajo.

La educación como Consumidores tiene como fin que reconozcamos nuestros derechos, el modo de defenderlos, la repercusión de nuestro consumo en el medioambiente, las formas de gasto responsable, el desarrollo de una visión crítica ante la publicidad… es por ello que sigue siendo necesario la celebración de este día y así conseguir consumir con más consciencia, inteligencia y, por supuesto, sentido común.

¿Qué derechos tienen los consumidores?…

01 | Protección de nuestra salud.
Al consumir productos y servicios que serán seguros, contribuirán a nuestra calidad de vida, sin dañar el medioambiente.

02 | Protección de nuestros intereses económicos y sociales.
En la oferta y en la compra de productos y servicios, en los contratos, en las reparaciones y repuestos, en la utilización de suministros, en las garantías, en las facturas y presupuestos, en los precios, etc…

03 | Protección jurídica, administrativa y técnica.
Con la inspección y control de productos y servicios, con la publicación de normas, con mecanismos de reclamación y resolución amistosa de demandas de los consumidores, con la posibilidad de recibir indemnización por daños y perjuicios demostrados.

04 | Derecho a la información.
Cierta y objetiva de los productos y servicios (etiquetado, precios, garantías, desistimiento, plazos de contratación, etc) Promoción de las OMIC y campañas informativas.

05 | Derecho a la educación en materia de consumo.
Para utilizar racionalmente los recursos, prevenir el sobreendeudamiento, incorporar valores ecológicos en los hábitos de consumo y fomentar la participación de los consumidores en la conservación del medio ambiente y en el desarrollo sostenible.

06 | Derecho a ser representados por Asociaciones de Consumidores.
Que estén legalmente constituidas.

Fuentes | La Solana / Consumers International

Bruno Fernández (@BrunoFdz)