Se trata de la directiva denominada reglas para la tramitación de los pedidos de oficialización de eventos académicos de contenido jurídico, destinada a regular la tramitación de las solicitudes que los administrados formulen, en ejercicio de su derecho de petición para la oficialización de eventos de corte legal.
La norma, de ese modo, define a estos eventos como aquellas actividades de difusión oral de normas, jurisprudencia o doctrina jurídica, nacional o extranjera, tales como seminarios, cursos, talleres, conferencias, congresos nacionales o internacionales, entre otros similares.
Prevé, además, que la declaración del carácter oficial de estos certámenes significa que el Ministerio de Justicia reconoce como un asunto de trascendencia e interés público la realización de dicho evento.
Diario El Peruano (03/04/2012)