Revista América Latina

Docentes y no docentes transferidos de Nación podrán jubilarse por el IPS

Por Mbesse

Docentes y no docentes transferidos de Nación podrán jubilarse por el IPSSe aprobó por unanimidad en el Senado bonaerense una ley que habilita a los trabajadores de la educación transferidos de Nación a Provincia acceder a la jubilación del IPS.

La medida alcanza a los docentes y no docentesque fueron transferidos a la jurisdicción de la Provincia a partir 1992 mediante la aplicación de la ley Nº 24.049. Esta medida beneficiará a nueve mil trabajadores. El senador del GEN, Andrés Antedoménico, señaló que “esta ley viene a poner justicia a un viejo reclamo de los docentes bonaerenses”. Y añadió: “Estos trabajadores tenían más años de aportes en la Nación que en el IPS y por esa razón no podían acceder a una jubilación de la Provincia (que exige que sus beneficiarios tengan más años de aportes en el IPS que en otra caja), sino que debían hacerlo a través del Anses, que no les reconocía la antigüedad en el cargo”.

El impulsor de esta iniciativa en Diputados, Tomás Hogan, explicó que los 9 mil docentes transferidos, en su mayoría, son todos educadores que están cobrando el 120% de antigüedad, el porcentaje más alto según el escalafón. Ellos ahora podrán acogerse al beneficio jubilatorio según los requisitos del IPS. También señaló que el 70% de estos trabajadores registra entre 30 y 39 años de servicio, el 20% entre 40 y 49 años y el 10% más de 50 años.

Además, si tenemos en cuenta los nueve mil casos aproximados de docentes mayores de 55 años transferidos en actividad y en condiciones de acogerse a la jubilación del IPS, la provincia también se verá beneficiada, puesto que, se registrará una importante baja en los porcentajes remunerativos de la antigüedad docente y  generará la incorporación de nuevos agentes a los servicios educativos.

Estos docentes y no docentes transferidos, están aportando hace 17 años un monto mayor que el que aportan los docentes nacionales. Aportan el 16% en Provincia, contra el 13% que se aporta en Nación y al jubilarse por el Anses pierden un 3% de lo que aportaron durante 16 años. Con esta ley se enmienda esta situación.

A partir de que se reglamente esta ley, unos 9 mil docentes y no docentes en condiciones de jubilarse, podrán acceder al régimen jubilatorio del IPS con los mismos requisitos que los docentes bonaerenses y las autoridades provinciales y nacionales tendrán que acordar la transferencia de fondos por actualización de aportes realizados por estos agentes.

Requisitos que deben cumplir aquellos que quieran acogerse a esta ley:

  • Tener un mínimo de 15 años de aportes al IPS.
  • Tener 55 años de edad o más.

Dado que esta Ley tendrá una vigencia de 180 días desde su publicación, los docentes que estén en condiciones de beneficiarse de la ella deberán tener al día las certificaciones de servicio correspondientes hasta diciembre de 1993, de no ser así deberán solicitarlas en las escuelas trabajadas hasta esa fecha y llevarlas al ANSES para su reconocimiento.


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