Down España denuncia discriminación a jóvenes con discapacidad en una discoteca de Sabadell

Por Aparcamientodiscapacitados
Down España denunció este martes un caso de discriminación hacia personas con síndrome de Down y otras discapacidades, ocurrido en la discoteca Puzzle de Sabadell el pasado sábado, 2 de marzo.
Según informó la asociación, los hechos ocurrieron a las 19.45 horas del mencionado sábado, cuando nueve jóvenes con síndrome de Down y otras discapacidades intelectuales, acompañados por tres personas de apoyo de la asociación Down Sabadell-Andi, quisieron acceder a la citada discoteca y el portero les denegó la entrada.
Ante la negativa, el grupo solicitó una explicación que le ofreció poco después el responsable del establecimiento, quien ratificó que, efectivamente, los chicos no podían entrar porque eran "un grupo especial" y que el procedimiento para estos casos "era avisar con antelación para que se les preparase una sala en la que estuvieran solos".
Down España considera que los hechos constituyen un caso claro de discriminación hacia personas con discapacidad, contrario a la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España.
Este tratado prohíbe "toda discriminación por motivos de discapacidad y garantiza a todas las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra la discriminación por cualquier motivo", recuerda la entidad.
Down Sabadell-Andi denunció hoy los hechos ante la Fiscalía de Sabadell, un paso que Down España apoya "plenamente", al considerar "inadmisible" que se produzca cualquier tipo de discriminación hacia las personas con síndrome de Down y otras discapacidades intelectuales.
Ambas organizaciones esperan que se penalice este caso de discriminación tal y como se hizo con otro similar sucedido en el local Basic de Alicante, en el que la fiscalía consideró que se había vulnerado el artículo 512 del Código Penal.
Este artículo, señala Down España, sanciona con entre uno y cuatro años de inhabilitación profesional a quien, ejerciendo su actividad laboral, deniegue a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su discapacidad, entre otros muchos aspectos, como la raza, religión, sexo u orientación sexual.
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