Edén en Montcada i Reixac, Barcelona

Publicado el 19 noviembre 2024 por Monpalentina @FFroi


En la confluencia izquierda de los gerundenses ríos Besós y Ripoll, se encuentra este templo de San Pedro de Reixac del que ya se tenía noticia en 992 y que en 1581 el Papa Gregorio XIII vinculara al monasterio de San Jerónimo de la Murtra, hasta que en 1876 pasara a depender de Montcada.

De su Acta de consagración el 28 de diciembre de 1048, se sabe esto: "

"El omnipotente Señor y Redentor del género humano, compadeciéndose de nuestra fragilidad, envió a su hijo y salvador nuestro a las entrañas de la bienaventurada e incomparable Virgen María, porque, como verdadero hombre, nacido de un ser humano verdadero, diera unos nuevos preceptos al mundo que se hundía y, irradiados por los doce luminarios, los confirmara para los siglos futuros; al resplandecer su luz por varios países, fue decidido por el querer de Dios que por toda la redondez de la tierra se construyeran basílicas a imitación del elevado trono de Cristo Dios, y que regenerados en estos lugares por las aguas del baño sacrosanto y salvífico, los espíritus de los fieles fueran merecedores de alcanzar el reino de los cielos por medio del mismo Señor y salvador nuestro Jesucristo; entre estas basílicas hay una iglesia situada en el condado de Barcelona, en el Vallès, en el lugar llamado Reixac, construida en honor de nuestro Señor y del bienaventurado apóstol Pedro, la cual es consagrada con la debida reverencia por el señor Guislabert, obispo de la santa sede de la iglesia de Barcelona. Y, ciertamente, de modo que esta dotación fundacional perdure como válida con toda su fuerza para siempre, y que los términos de sus predios queden bien claros tanto para los presentes como para los futuros; y todos aquellos predios que le fueron concedidos antes y los que todavía le concederán algunos fieles de Dios, dicho obispo los afianza bajo el vínculo del anatema para que no le sean quitados. Y el orden de la cristiana y sagrada religión exige sobre todo que persistan bajo su derecho de forma irrevocable según las sagradas sentencias de los cánones. Los predios de la mencionada iglesia tienen sus términos, de donde le son conferidos los diezmos y primicias: por el lado de levante el término comienza en la piedra roja hasta la sierra de Canet, y de allí continúa hasta el monte de Castellar y hasta el río Besòs: por la parte de mediodía comienza en el mismo río Besòs y continúa en línea recta por la ribera que se llama Ripollet, y pasa por delante de la iglesia de Sant Esteve y va hasta el estrado pública por la que se va a Roma desde Hispania; a poniente comienza en el estrado y llega hasta el torrente de Cananilles; por el lado de tramontana comienza en el torrente de Cananilles, pasa hacia la sierra de Santa Perpètua y va hasta Parets Delgades y hasta el valle de Forn por el cauce del río Besòs, y así se extiende hasta la piedra roja. Todo lo que hay incluido en estos términos queda establecido que pertenece manifiestamente al derecho de la mencionada iglesia, con todos los alous que le hayan sido concedidos y aquellos que por el querer divino le serán todavía otorgados por algunos fieles de Dios. Yo, Guislabert, obispo de la iglesia de la santa sede por el querer de Dios, lo confirmo en el derecho y la dominación de dicha iglesia, salvaguardando mi patrocinio y el de mis sucesores, y que no haya nadie que se atreva a de cualquier modo quitar, sustraer o defraudar nada del derecho de la mencionada iglesia,ni ocultar si algo es de su propiedad; y si alguien intentaba hacerlo, que sea considerado públicamente como ajeno a las puertas de la santa Iglesia y apartado del trato de cualquier cristiano y que, percutido con el vínculo del anatema, se consuma para siempre condenado con la pena de el infierno y que sufra el daño perpetuo coronado con el laurel de Gehenna. Pero todo aquel que dé a la mencionada iglesia algo de sus bienes, que sepa que disfrutará del premio de la vida eterna, y que recibirá por ello el cien por uno y que tras el transcurso de esta vida huidiza alcanzará el reino celestial, por Cristo Señor nuestro. Amén.

Esto fue hecho el día quinto de las calendas de enero, el año decimoctavo del reinado del rey Enrique.

Guislabert, obispo por la gracia de Dios. Berenguer, archidiácono. Firma de Ponç, levita. Firma de Dalmau, sacristán. Guillermo, levita. Firma de Miró, levita. Firma de Ramon, levita y juez, que lo ha escrito con letras borradas y sobrepuestas en varios lugares, y lo suscribe el día y el año antes mencionados."

Consta de dos naves que desembocan en su respectivo ábside. De planta rectangular y cubiertas con bóveda de cañón.


Campanario adosado al muro sur.


La puerta de acceso, al mediodía, está reformada pero su emplazamiento es el original


La parte más antigua es la cabecera y el muro de mediodía, que se datan en el siglo X.


Ábside lombardo del siglo XI y vanos absidiales de doble derrame la iluminan


En el interior, entre las dos naves, una arcada y, al muro, su patrón


Y de una preciosa y sencilla Virgen policromada: la Mare de Déu de Reixac del siglo XII-XIII


La subida de su acceso, discurre junto a una alegre acequia cantarina de ladrillo que refresca macetas, olorosas lavandas y plantas de alegres colores.