El cabildo en la América española

Por Manu Perez @revistadehisto

El cabildo hispano-colonial fue una institución con múltiples y variadas funciones en toda América española y en el Río de la Plata, entre las cuales se destacaban el brindar los servicios necesarios para su población, las obras públicas, el control del mercado, la administración de justicia en primera instancia, el cobro de impuestos, etc. Todas estas funciones perduraron, aunque con modificaciones a lo largo de los años, hasta finales de la época colonial.

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El cabildo, la ganadería vacuna y los precios en el Río de la Plata colonial durante la primera mitad del siglo XVIII

En lo que respecta a las funciones económicas, se destacaba la intervención sobre distintos aspectos del mercado local, la cual fue muy importante durante la primera parte del siglo XVIII. Uno de los más importantes era la fijación de los precios en los cuales debían venderse los productos considerados como indispensables en los puntos de venta establecidos. Esta imposición se daba, por lo general, en forma de listado, el cual se conoce en el Río de la Plata colonial como aranceles, y en el mismo entraban productos de distinto tipo. Entre los mismos se destacaban: el pan (el común y el de buena calidad), semillas, vinos (ordinario y añejo), aguardiente, miel, yerba mate, tabaco, azúcar (clasificada en blanca, negra o rubia –proveniente esta última del Paraguay-), ají, porotos, lentejas, garbanzos, maní, higos, uvas, velas, huevos, jabón (blanco y negro), grasa, sebo, aceite, vinagre, sal y queso, tanto en Buenos Aires como en Santa Fe. Place your ad here
Loading... Vale la pena resaltar que en el caso del ganado y la carne, considerado como el principal alimento en la región, los precios se fijaban mediante la negociación entre el ayuntamiento y los abastecedores. En primer lugar, el cabildo sacaba a remate público el derecho de abasto de carne anual, el cual recaía sobre el mejor postor, que por lo general era un vecino vinculado al cabildo y gran hacendado de la jurisdicción. En el marco de dichas posturas, los interesados proponían a los cabildantes el precio por cabeza, res o cuarto de res, y así se decidían lo que era más conveniente para ‘‘el bien público’’ (así se decían en aquella época). Hasta mediados de la centuria, esta forma de negociar los precios continuó vigente en toda la jurisdicción, hasta que luego sería reemplazada por el sistema de corrales regulados por el ayuntamiento, el cual consistía básicamente en la presentación de ofrecimientos por parte de particulares sin ordenarse los pregones por parte del gobierno municipal. Por otra parte, los períodos correspondientes al obligado de abastecer de carne a la ciudad fueron mucho menores al impuesto por el derecho anual. &version;&appId; Al mismo tiempo que se encargaba de los precios, el municipio se ocupaba de otras cuestiones vinculadas directamente al mercado local, y más puntualmente al de la carne vacuna: el establecimiento de lugares oficiales de matadero y venta, así como también la frecuencia de las matanzas.

Otra atribución muy importante del gobierno municipal en materia económica era la de conceder licencias para hacer matanzas destinadas a hacer cueros, piezas de sebo y grasa. Durante los primeros años de la centuria, estos casos fueron muchos en ambas jurisdicciones, sobre todo cuando todavía no se había consumado la extinción del ganado vacuno salvaje (o cimarrón), que era un elemento central de las vaquerías. Estas consistían, a grandes rasgos, en expediciones de caza organizadas por el cabildo y los vecinos criadores, que recibían acciones (matrículas de propiedad) por parte de los primeros, con el objetivo de regular las faenas y los planteles de ganado disponibles. Sin embargo, debido a las características de esta práctica productiva, el vacuno cimarrón terminó extinguiéndose a lo largo de la primera mitad del siglo XVIII tanto en Buenos Aires como luego en Santa Fe.

Cabildo de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz

El sistema de licencias implementado por el municipio tenía como objetivo justamente limitar las matanzas, al mismo tiempo que buscaba garantizar el abasto de productos de consumo para el mercado local. Lo mismo pasaba con las licencias para hacer vaquerías y recoger ganados en la otra banda del Río de la Plata. Entre otras cosas, asignaba recogedores para luego rematar los animales recogidos. A su vez, se decidía qué hacer con aquellos animales recolectados de los campos.

Una problemática que se le presentó a los políticos de ambas partes de la Gobernación fue justamente la extinción de las vaquerías y la necesidad de utilizar los vacunos disponibles en otras zonas rurales, como lo fueron la otra banda del Río Paraná en el caso de Santa Fe y el margen oriental del Río de la Plata en el caso de Buenos Aires, donde todavía existían abundantes planteles de cimarrones. Inclusive, hubo situaciones en las cuales ambas jurisdicciones actuaron en conjunto para solucionar el problema de la falta de vacas para el alimento de la población.

Vaquerías en Buenos Aires colonial

Por último, no se debe dejar de mencionar la facultad que tenía el concejo municipal de negociar con los compradores de cueros que se exportaban hacia Europa. Era el organismo encargado de dar los permisos a los vecinos para hacer faenas y producir cueros, además de negociar las cantidades, precios, formas de pago y plazos con los comerciantes extranjeros, que durante este período se fueron sucediendo como compradores los miembros de la Compañía de Guinea (Francia), los del Real Asiento de Gran Bretaña y comerciantes españoles que comandaban a los navíos de registro. Los mismos comerciaban esclavos africanos a cambio de cueros rioplatenses, y el cabildo siempre estuvo al frente de las negociaciones, mediante las políticas de ajustes, que consistían en nombrar a varios vecinos como encargados de hacer los cueros acordados con los compradores a un precio determinado.

Autor: Mauro Luis Pelozatto Reilly para revistadehistoria.es

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Fuentes

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Archivo General de la Provincia de Santa Fe (AGPSF). Actas del Cabildo de Santa Fe (ACSF), Tomos VI, VII, VIII, IX, Carpeta Nº 14 ‘‘A’’ 73, Carpeta Nº 14 ‘‘C’’ 83, X ‘‘A’’, X ‘‘B’’, XI y XII ‘‘A’’.

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