El consentimiento informado
Ya sebéis de mi obsesión por las definiciones de las palabras, de mi búsqueda de sentido real para cada una de ellas. Hoy le toca el turno al término "consentimiento". Veamos qué nos dice la RAE:
Permitir, condescender, soportar, tolerar... qué poco valoramos nuestro lenguaje que utilizamos un término con todas esas acepciones que dejan entrever un sentido negativo más que positivo. ¿Eso es el Consentimiento Informado? ¿Permitir, condescender, soportar, tolerar...? pero informado, eso sí, de forma previa y correctamente.
Hay otra definición del término y es la siguiente:
“Consentimiento informado es la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud.” (art.3, Ley 41/2002).
Así pues, el consentimiento informado implicará los siguientes requisitos: información y voluntariedad. Y resaltar que para que la elección sea libre, para que la voluntad actúe libremente, es preciso la comprensión de la información, y la competencia de esa voluntad; sólo así es posible la autonomía del consentimiento.
Después de todo este largo preámbulo, ¿es así como entendemos el consentimiento informado en nuesstra relación con los pacientes? ¿Respetamos el principio de autonomía de nuestros pacientes? ¿O nos limitamos a recabar un simple documento más, a realizar un acto burocrático más?¿Damos toda la información posible y nos aseguramos de su comprensión? ¿Permitimos una elección libre, un actuar libre de la voluntad del paciente? Cuando "damos" el consentimiento en el momento preciso de la realizaciión del procedimiento, ¿no vulneramos la libertad de elección del paciente, su principio de autonomía? Y he dicho "damos" porque es eso lo que "hacemos", darlo porque es el protocolo, porque así lo exige el indicador cualitativo que hemos de cumplir. Y digo "hacemos" porque ¿en quién recae finalmente su ejecucción? Seamos sinceros, ¿cuántos consentimientos entregamos enfermería? ¿Por qué somos nosotros los albaceas que custodiamos y certificamos su realización por parte de otros o, en su defecto, quienes nos encargamos de que esté cumplimentado? Y la gran pregunta, ¿de quién es responsabilidad la información, entrega y captación del consentimiento?
¿Cuál es nuestro papel? ¿Albaceas, salvaguardas, guardianes, protectores...o algo más? ¿Quién participa del procedimiento por el cuál se solicita el consentimiento? ¿Un solo actuante? ¿O existe la interdisciplinariedad? Hay respuestas sensatas a alguno de estos interrogantes que me permito incluir aquí:
- Consentimiento informado y calidad asistencial en enfermería
- La enfermería y el consentimiento informado