El contrato mercantil

Por Admin24 @Notepares_

Buenas tardes a todo/s:

Como ya sabéis los que me seguís por email y para que los que me visitan por primera vez, os diré que he tenido la entrevista hoy, y no ha ido tan bien. Ya me lo imaginaba, pero por ver las condiciones tan poco pasa nada.

Pero en vista de mi entrevista laboral de hoy, no me ha quedado otra que informarme sobre el Contrato Mercantil que la empresa iba a realizarme. Hablo en pasado, porque lo he rechazado. 

Yo  estoy acostumbrada a tener un contrato laboral, normal y corriente. Y el contrato mercantil es un poco más especial.

Ya que es un contrato en el que la persona en mi caso yo, presta sus servicios a una empresa a cambio de una comisión. En teoría y en la práctica  tendría que asesorar a los clientes sobre la luz, y dependiendo del coste de luz que tenga dicho cliente asesorarle sobre lo que le puede interesar, por ejemplo estar con Natur Gas en vez de con quien este XXXXXXXXXX

Se diferencian de los contratos de trabajo laborales en que el contrato mercantil el trabajador es independiente, no depende de un empresario que le organiza cómo hacer su trabajo. Utiliza sus medios propios y retribución es variable depende de los resultados.

¿Qué debes hacer si decides  tener un Contrato Mercantil?

- Darse de alta en el régimen de autonomo ya que la empresa no cotiza por él a la Seguridad Social ( es curioso a mi me han dicho que no hacia falta darse de alta en autónomos) .Tan poco te pagará indemnización cuando termine el contrato, ni finiquito, ni vacaciones, ni bajas.

-No hay nóminas. El trabajador emite una factura para que la empresa le pague. Esa factura lleva IVA y retenciones de IRPF. Como en el contrato se suele establecer el pago en función de comisiones, los ingresos son inciertos , pero tanto si los hay como sino, el trabajador asume la obligación de pagar mensualmente su cuota a la seguridad social

-Con un contrato mercantil no se cotiza para el paro, salvo que el trabajador haya elegido la cotización especial por desempleo dentro de sus modalidad de autónomo.

Ahora os voy a poner dos ejemplos de tipos de contrato:

 María, que pertenece a su plantilla de trabajadores en nómina con contrato laboral. Trabaja todos los días de 9 a 18 h.  Unos días hace llamadas de venta por teléfono desde la empresa y otros días va a visitar a potenciales clientes, según lo organiza su jefe de sección.  Cobra todos los meses un fijo de 800 euros y unas comisiones de 20 euros por alarma vendida. La empresa le paga la Seguridad Social, vacaciones, etc.

Ricardo, que trabaja con un contrato mercantil.  Firewall Alarms le paga una comisión de 150 euros por alarma vendida. Ricardo organiza él mismo sus visitas a clientes. Es comercial de toda la vida y tiene dos contratos mercantiles más : uno con una empresa de seguros para comercios y otro con un banco. Cuando visita a uno de sus clientes habituales les ofrece los tres servicios: alarmas, seguros y productos financieros.  Ricardo está dado de alta en autónomos y se paga el mismo la Seguridad Social. Al final de mes le pasa a Firewall Alarms la factura por las comisiones del total de alarmas que ha vendido.

Preguntas:

Si un trabajador está cobrando el paro ¿puede firmar un contrato mercantil y seguir recibiendo la prestación?

No. No se puede estar cobrando el paro y trabajar al mismo tiempo con un contrato mercantil. Este tipo de actividad laboral es incompatible con recibir una prestación por desempleo, aunque no haya comisiones o sean mínimas o aunque el trabajador no se de de alta en la Seguridad Social.

Si se está cobrando el paro y el trabajador quiere comenzar a trabajar mediante un contrato mercantil, debe informar a la oficina de empleo para que suspendan el pago de la prestación o subsidio. Si no lo hace y el Servicio Público de Empleo lo detecta, la sanción es para el trabajador.  Con este tipo de contratos no cabe la posibilidad de trabajar “a tiempo parcial” y cobrar el paro parcial: hay que elegir, o contrato mercantil o cobrar el paro.

¿Por qué en la época de crisis son más frecuentes los contratos mercantiles?

Las empresas no se quieren comprometer a contratar a trabajadores y asumir costes fijos sin tener la certeza de que van a lograr vender.

El trabajador acepta el contrato mercantil porque no le queda otra alternativa, ya que es muy difícil encontrar un empleo con contrato laboral. Asume todos los riesgos y solo logrará ingresos si es capaz de vender los productos de la empresa.  Sus derechos quedan muy reducidos, aunque también es justo decir que hay casos en los que es el propio trabajador el que pide este tipo de contrato.

 

El fraude

Una de las situaciones más habituales últimamente es que algunas empresas utilizan el contrato mercantil para no tener obligaciones con el trabajador y en la práctica continúan organizando y supervisando la actividad del empleado como si fuera parte de su plantilla laboral.

En el ejemplo que hemos puesto sería el caso de que a Ricardo, que tiene contrato mercantil, le obligasen a seguir un horario fijo, una ruta obligatoria de clientes diaria a los que visitar y le prohibieran desarrollar trabajos para otras empresas. En definitiva, Ricardo tendría todas las obligaciones de María, pero ninguno de sus derechos. Sería lo que se llama “un falso autónomo”.

Otro uso en fraude de este contrato mercantil es cuando empresas (por ejemplo de seguros o de productos bancarios), ofrecen un contrato mercantil durante unos meses con la promesa de que si se alcanza un porcentaje de ventas centrarán laboralmente al trabajador.  El objetivo suele ser muy difícil y durante esos meses el trabajador agota toda su red de contactos para colocar los productos, sin llegar al objetivo final.

En estos momentos en los que el Estado necesita recaudar más cotizaciones a la Seguridad Social, la actividad de la Inspección de Trabajo se está centrando en aquellas situaciones en que hay contrato mercantil, pero se dan todos los requisitos para que la relación fuera laboral (dependencia)  ya que la cotización media de un empleado por cuenta ajena suele ser bastante más alta que la de un autónomo.  En caso de imponerse sanciones por celebrarse el contrato en fraude de ley, la parte sancionada siempre es la empresa, aunque hubiera acordado el contrato mercantil con interés por parte del trabajador.

La figura del trabajador autónomo dependiente

Frente al modelo del fraude del “falso autónomo” que hemos explicado antes, la Ley 20/2007 reconoce y regula la existencia del llamado “trabajador autónomo dependiente”, que es aquel que realiza un trabajo habitual y directo para un cliente determinado, del que provienen económicamente al menos el 75% de sus ingresos y cumple otra serie de requisitos. En el propio contrato debe quedar reflejada la condición de económicamente dependiente del cliente.

Por tanto, en vista de la información que algo ya sabía y en vista de lo que la empresa a mi me ha ofrecido ( o la impresión que a mi me ha dado también), y de lo que me he informado ahora yo buscando internet. Esta oferta de trabajo no me interesa. La verdad, no entiendo muy bien porque cuando veo una empresa que pone Atención al cliente, como sigo cayendo y voy a la entrevista. A veces pienso que quizás si voy me encontraré con algo nuevo. Pero lamentablemente no es así, cuando veo empresas que ponen “ Líder en el Sector” “ Se necesita comerciales” no suelo hacer caso. Pero cuando veo “ Atención al cliente” me apunto a la oferta…y …en fin.

Lo que más me fastidia de todo es que además en cierta manera “ te están engañando” yo muy sutilmente les pregunté si se trataba de un trabajo para vender algo, tipo comercial. La chica me dijo que había varios puestos, y que en vista de mi perfil pues que se me pondría en un puesto o en otro, y me encuentro en la empresa que es justo lo contrario. Ellos ya saben perfectamente, para que puesto es. Es decir Comercial. Y lo más triste ( qué no es que sea triste tan poco, pero es una forma de hablar), es que van de asesores cuando están haciendo un trabajo puro de Comercial y encima ni son valorados.

Para mi, los peores trabajos son sin duda, los de Comercial y quizás los que se dedican a la  publicidad. La verdad pienso que tienen mucho que ver. Sin publicidad nadie te compra el producto, nadie lo conoce, y sin  un comercial nadie te da a conocer el producto, ni te lo ofrece.  No sé si opinareis lo mismo. Pero para mi el trabajo de Comercial es el más “ basura” que hay.

Si hubiera tenido otras condiciones como un contrato laboral, el de toda la vida, un sueldo fijo y luego comisiones seguramente lo hubiera aceptado. Porque podía haberlo compaginado tranquilamente con la Escuela de Idiomas. Pero al ver que el sueldo es solo comisiones….hay es cuando he decido rechazar el trabajo.

En fin, espero tener futuras entrevistas. Desde que estuve vendiendo lotería de la cruz roja, no me ha vuelto a salir trabajo y mucho menos una entrevista. De hecho está es la primera.

Y lo que mas me llama la atención, es que hay mogollón de ofertas de trabajo como comercial ¿Pero a qué precio? En la empresa donde he ido hacer la entrevista, no te pagaban ni las dietas. Para ir a las empresas más fuertes necesitan un coche, y el gasto de gasolina, comida o lo que sea va a cuenta tuyo (lo de la comida pues bueno, me da igual, te llevas comida de casa y punto).

Por lo demás,  yo he puesto todo mi interés en la entrevista, he hecho preguntas y he visto también de que iba el trabajo por mi misma.