El derecho a la privacidad en la República Bolivariana de Venezuela
Informe de las partes interesadas Examen Periódico Universal 26º período de sesiones - Venezuela (República Bolivariana de)
Presentadopor Acceso Libre, la Clínica Internacional de Derechos Humanos de la Facultadde Derecho de Harvard, y Privacy International
Marzo de 2016
Introducción
1. Este informe de los interesados para el Examen Periódico Universal (EPU) es un documento presentado por Privacy International (PI), la Clínica de Derechos Humanos Internacionales de la Facultad de Derecho de Harvard (CDHI) y Acceso Libre.
● PI es una organización de derechos humanos que trabaja para impulsar y promover el derecho a la privacidad en todo el mundo.Investigamos el mundo secreto de la vigilancia gubernamental y exponemos a las empresas que lo facilitan. Litigamos para asegurar que la vigilancia sea coherente con el Estado de Derecho. Abogamos por leyes fuertes de protección de la privacidad, nacionales, regionales e internacionales. Llevamos a cabo investigaciones para provocar el cambio de políticas públicas. Realizamos trabajo de sensibilización en las tecnologías y las leyes que ponen en riesgo la privacidad, para garantizar que el público esté informado e involucrado.
● La CDHI tiene por objeto proteger y promover los derechos humanos y del derecho internacional humanitario a través de la documentación; el análisis jurídico, fáctico y estratégico; los litigios ante los organismos nacionales, regionales e internacionales; las negociaciones de tratados; y las iniciativas de política y promoción. La CDHI trabaja para proteger los derechos humanos de clientes y comunidades en todo el mundo. A través de prácticas supervisadas, los estudiantes de la Escuela de Derecho de Harvard aprenden las responsabilidades y las competencias de la abogacía en los derechos humanos.
● Acceso Libre es una organización venezolana basada en voluntariado dedicada a la promoción y protección de los derechos humanos en el entorno digital, de la libertad de expresión y la privacidad, y al acceso a la información y la cultura.Se enfoca en informar, documentar y educar sobre las amenazas que podrían estar afectando estos derechos, con el objetivo de lograr reformas legales y cambios en las políticas públicas.
2. Juntos PI, la CDHI y Acceso Libre desean llevar sus preocupaciones sobre la protección y promoción del derecho a la privacidad en Venezuela ante el Consejo de Derechos Humanos para su examen, en la próxima revisión de Venezuela.Este informe pone de relieve cinco áreas de interés:
● La principal legislación que regula la vigilancia de las comunicaciones en Venezuela no está a la altura de los estándares internacionales de derechos humanos. Las agencias de inteligencia de Venezuela, que carecen de supervisión independiente, han llevado a cabo vigilancia basada en consideraciones políticas.
● Los tribunales se han basado en datos obtenidos de anónimos "patriotas cooperantes" para procesar a los presuntos opositores del gobierno y altos funcionarios gubernamentales han utilizado la información personal recogida por tales patriotas cooperantes para intimidar a los críticos del gobierno y defensores de derechos humanos.
● El ejecutivo ejerce una influencia significativa sobre el sector de las telecomunicaciones, dejando las comunicaciones privadas y la información personal en riesgo de interferencia política ilegítima.
● Los requisitos obligatorios de registro de la tarjeta SIM y la retención de datos colocados por empresas de telecomunicaciones son medidas contrarias a las normas internacionales de derechos humanos sobre el derecho a la privacidad, ya que no son necesarias para alcanzar una finalidad legítima ni proporcionada al objetivo perseguido.
● En ausencia de un marco de protección de datos robusto, el uso de las tecnologías biométricas en los alrededores de la venta de productos básicos en los supermercados y farmacias, así como en los sistemas de votación, crea riesgos para la privacidad.
3. En su resolución sobre el derecho a la privacidad en la era digital, aprobada por consenso el 18 de diciembre de 2014, las Naciones Unidas (ONU) de la Asamblea General pidió a todos los Estados "a examinar sus procedimientos, prácticas y legislación con respecto a la vigilancia de las comunicaciones, su interceptación y la recopilación de datos personales, incluida la vigilancia, interceptación y recopilación masivas, con el fin de respetar el derecho a la privacidad al asegurar la aplicación plena y efectiva de todas sus obligaciones en virtud de la ley internacional de los derechos humanos. " [1]El EPU ofrece una buena oportunidad a los Estados de demostrar que están aplicando estas recomendaciones, mediante la revisión sistemática del cumplimiento de sus obligaciones de respetar y proteger el derecho a la privacidad.En el primer ciclo del EPU, no hubo ninguna mención del derecho a la privacidad en el Informe Nacional de Venezuela o en el informe del Grupo de Trabajo. [2]
El Derecho a la Privacidad
4. La privacidad es un derecho humano fundamental, consagrado en numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos. [3]Es fundamental para la protección de la dignidad humana y constituye la base de toda sociedad democrática. También apoya y refuerza otros derechos, como las libertades de expresión, información y asociación. El derecho a la privacidad encarna la presunción de que las personas deben tener un área de desarrollo, interacción y libertad autónomas, una "esfera privada" con o sin interacción con los demás, libre de intervención estatal arbitraria y de intervención excesiva no solicitada por parte de individuos. [4]Las actividades que restringen el derecho a la intimidad, como la vigilancia y la censura, sólo pueden justificarse cuando son prescritas por la ley, necesarias para alcanzar un objetivo legítimo, y proporcionales al objetivo perseguido. [5]
5. Como las innovaciones tecnológicas en la información han permitido formas nunca antes imaginadas de recoger, almacenar y compartir datos de carácter personal, el derecho a la privacidad ha evolucionado para encapsular las obligaciones estatales relacionadas con la protección de datos personales. [6]Varios instrumentos internacionales consagran los principios de protección de datos, y muchas legislaturas nacionales han incorporado estos principios. [7]
Ley nacional sobre privacidad
6. La constitución venezolana contiene varias disposiciones destinadas a garantizar la protección y el respeto al derecho a la privacidad. [8]Además, en virtud de la Constitución de Venezuela, los tratados ratificados tienen rango constitucional, lo que eleva el artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (que protege el derecho a la privacidad) a estatus constitucional. [9]
7. El artículo 48 de la Constitución de Venezuela establece:
El secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas están garantizados.Éstas no podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de todos los asuntos privados que no estén relacionados con los procedimientos pertinentes.
8. El artículo 60 dispone:
Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación.El uso de información electrónica estará restringido por la ley con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar y el honor de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
9. Venezuela carece de legislación de protección de datos y no tiene una autoridad para investigar violaciones de estos principios ni para ordenar las compensaciones pertinentes.No obstante, las decisiones de los tribunales venezolanos, y las disposiciones en la Constitución de Venezuela y otras leyes, han establecido algunos principios de protección de datos.En virtud del artículo 28 de la Constitución, los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información y los datos personales que estén en manos de entidades estatales o privadas; los ciudadanos también tienen derecho a conocer los fines para los cuales se recogen los datos y cómo se van a utilizar.Dos leyes abordan la gestión y el intercambio de datos personales entre las agencias gubernamentales: una Ley que regula el intercambio de datos, información y documentos entre los órganos y entes gubernamentales, y la Ley de Info-gobierno, que lidia con el establecimiento de mecanismos para promover una seguridad de datos efectiva en el gobierno. [10]Ninguna de ellas establece un régimen de protección de datos.
10. Los esfuerzos de la Asamblea Nacional para promulgar una Ley para la Protección de Datos y Hábeas Data cesaron en 2005. [11]Desde 2005, el vacío legislativo ha sido llenado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo a través de una serie de decisiones vinculantes que han permitido el desarrollo del derecho a la protección de datos y a la autodeterminación de la información, así como un procedimiento para que los individuos puedan obtener la información que el gobierno mantiene acerca de ellos (el procedimiento de hábeas data). [12]La Sala Constitucional ha reconocido que el derecho a la protección de datos "es un derecho fundamental autónomo ... que tiene como finalidad cardinal, permitir que todas las personas puedan controlar el acceso y uso por terceros de sus datos personales y evitar [que] los datos de carácter personal recogidos sufran desviaciones de la finalidad para la que fueron recabados" [13]
11. A pesar de la jurisprudencia constitucional en esta área del derecho, existe una gran preocupación por los acontecimientos recientes en el poder judicial. En un informe de 2015, la Comisión Internacional de Juristas encontró un "profundo deterioro de la independencia judicial" y observó que "hay una clara fractura entre las responsabilidades establecidas constitucionalmente y los compromisos internacionales de Venezuela y la realidad." [14]Basándose en encuestas que evalúan la percepción del público en general sobre el Estado de Derecho, el Índice del Estado de Derecho 2015 del World Justice Project puso a Venezuela en el último puesto entre 102 países. [15]
Áreas que necesitan atención
Prácticas y Leyes de vigilancia
Legislación que rige la vigilancia de las comunicaciones
12. La Ley sobre Protección a la Privacidad de las Comunicaciones es la principal herramienta legal que autoriza la vigilancia de las comunicaciones en Venezuela. [16]La policía o funcionarios de otros organismos que participan en "la administración de justicia" (una frase que incluye los servicios de inteligencia) pueden solicitar una autorización de un juez de primera instancia para "impedir, interrumpir, interceptar o grabar comunicaciones" a los efectos de investigar delitos específicos . [17]Las autorizaciones tienen validez inicial de no más de sesenta días, pero el juez puede renovar la autorización por períodos subsiguientes de sesenta días. [18]Varios aspectos de ésta legislación son problemáticos desde la perspectiva de los derechos humanos.
13. Conforme a las normas articuladas en los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos en la Vigilancia en las comunicaciones{,/1} las decisiones relativas a esa materia deben ser hechas por una autoridad judicial competente, independiente e imparcial. [19]Aunque la decisión de autorizar la vigilancia de las comunicaciones es hecha por un juez, los jueces venezolanos -en particular los jueces de primera instancia, que a menudo son empleados con contratos temporales- con frecuencia carecen de independencia e imparcialidad. En un informe de 2015, Human Rights Watch considera que "el poder judicial [venezolano] en gran medida ha dejado funcionar como una rama independiente del gobierno." [20]
14. Las normas internacionales de derechos humanos también requieren que toda decisión de vigilancia de las comunicaciones sea hecha sobre la base de que la vigilancia es necesaria para lograr una finalidad legítima y proporcional al objetivo perseguido. [21]La legislación de Venezuela falla en prescribir un criterio de necesidad y de proporcionalidad tal.Permite que sean puestas en práctica medidas de vigilancia para la investigación de una serie de delitos, incluidos los delitos "contra la seguridad y la independencia del Estado", una categoría en el Código Penal que abarca delitos, como la traición, que son objeto de interpretación política por parte de los funcionarios partidistas. [22]
15. Además, de acuerdo con las normas internacionales de derechos humanos, en términos generales, cada persona que está sujeta a vigilancia debe ser notificada de la decisión que autoriza la vigilancia; en determinadas circunstancias puede justificarse que haya retrasos, como cuando la notificación pondría en grave peligro el objetivo de la vigilancia, y por un tiempo limitado, por lo general hasta que ya no existe el motivo de la demora. [23]Sin embargo, no existe ninguna disposición en la legislación que obligue a las autoridades a notificar a las personas o grupos que son o han sido objeto de una autorización.Las mejores prácticas también destacan la importancia de la transparencia en las decisiones de vigilancia de comunicaciones, en forma de informes publicados que contienen información agregada sobre las autorizaciones y la supervisión pública, a través de mecanismos de supervisión independientes que tienen la capacidad de responsabilizar a las autoridades. [24]No es aparente que la ley venezolana exija transparencia, ni establezca mecanismos de control independientes.
16. Por último, la legislación no proporciona la suficiente claridad sobre el significado de los términos clave.Las autoridades pueden "impedir, interrumpir, interceptar o grabar las comunicaciones", pero ninguno de estos términos se definen en la normativa, lo que genera una ambigüedad que crea espacio para el abuso.Por ejemplo, el término "comunicación" podría ser interpretado de forma tal que excluya los "metadatos", lo que puede incluir datos tales como la línea de asunto de un correo electrónico, el momento en que fue enviado, y la duración de una llamada telefónica; tomados de forma acumulativa, los metadatos pueden permitir a las autoridades construir perfiles completos de individuos y comunidades. La falta de precisión en cuanto a categorías clave de información, tales como los metadatos, podría permitir a las autoridades estatales recoger y analizar grandes cantidades de datos personales sin infringir la legislación nacional. El Relator Especial para la Libertad de Expresión ha señalado que el análisis de los metadatos "puede ser a la vez muy revelador e invasivo, sobre todo cuando los datos son combinados y agregados." [25]
17. El Código de Procedimiento Penal describe un procedimiento separado para que los Fiscales Públicos, una vez que tienen un caso criminal en sus manos, soliciten la autorización de un juez para "la interceptación o grabación de comunicaciones privadas." [26]La duración máxima de la vigilancia de conformidad con el Código se ha fijado en 30 días. Otra ley, la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, permite a los jueces autorizar la interceptación de llamadas telefónicas a los efectos de las investigaciones penales sobre crimen organizado o financiación del terrorismo. [27]Esta ley también establece que las compañías telefónicas privadas deben permitir que los investigadores utilicen sus instalaciones para las investigaciones relacionadas con estos delitos. [28]No está claro cómo estos regímenes separados de interceptación se relacionan con el esquema general que figura en la Ley sobre la Protección de la Privacidad de las Comunicaciones.
Vigilancia por parte de las agencias de inteligencia
18. Las agencias de inteligencia de Venezuela se involucran en prácticas de vigilancia que violan las normas internacionales de derechos humanos, en apariencia llevando a cabo vigilancia basadas en consideraciones políticas y sin ningún tipo de supervisión independiente. Además, los mandatos de los organismos de inteligencia se encuentran en gran medida en los decretos ejecutivos, leyes que son creadas exclusivamente por el Presidente sin pasar a través de la Asamblea Nacional, el parlamento de Venezuela.
19. Las principales agencias de inteligencia en Venezuela incluyen la Dirección General de Inteligencia Militar, el Servicio Nacional de Inteligencia Bolivariana, y el Centro Estratégico para la Seguridad y Protección Interna. [29]Estos organismos, cuyos mandatos y funciones específicas cambian con frecuencia, tienen colectivamente la tarea de llevar a cabo actividades de recopilación de información para el cumplimiento de la ley y la seguridad nacional, y responden en general al Poder Ejecutivo.
Dirección General de Inteligencia y Contrainteligencia Militar
20. La Dirección General de Inteligencia y Contrainteligencia Militar (la Dirección General) tiene la potestad de llevar a cabo operaciones de contrainteligencia para evitar el espionaje enemigo y actividades de recopilación de información . [30]También lleva a cabo investigaciones sobre las amenazas percibidas contra el presidente, que es el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas de Venezuela.Cualquier supuesta amenaza a los militares o del gobierno es un objetivo probable para la vigilancia; por ejemplo, la Dirección General allanó la casa del líder de la oposición Leopoldo López, y la de sus padres, en 2014. [31]
21. El marco jurídico de la Dirección General comprende "reglas de procedimiento" emitidas por decreto ejecutivo que otorgan al organismo poderes amplios e insuficientemente definidos.El reglamento establece que la Dirección debe "descubrir, prevenir y cortar la actividad del enemigo", pero no especifica los métodos de la Dirección puede utilizar para lograr estos objetivos. [32]La organización no gubernamental venezolana Control Ciudadano ha sugerido que el aparato de inteligencia militar "claramente asemeja al de las dictaduras militares latinoamericanas, especialmente aquellas que funcionaron durante la vigencia de la llamada doctrina de seguridad nacional, [aparatos] caracterizados por depender directamente del Presidente de la República, para realizar operaciones de inteligencia y contrainteligencia, con competencias virtualmente ilimitadas y sin control". [33]
22. La base jurídica del reglamento de la Dirección General es controversial.E n febrero de 2015 el Presidente emitió un decreto ejecutivo para aprobar las normas; mediante la emisión de un decreto ejecutivo, pasó por alto la necesidad de la aprobación de la Asamblea Nacional, lo que le permitió dictar las normas de acuerdo con sus preferencias. [34]Control Ciudadano ha argumentado que las normas de procedimiento deberían haber sido establecidas en una ley aprobada por la Asamblea Nacional, en lugar de emitida directamente por el Presidente, de modo que pudieran ser sometidas a escrutinio legislativo. [35]Cualquier ley en Venezuela, incluyendo un decreto ejecutivo, sólo puede ser derribada por el máximo tribunal de la nación, el Tribunal Supremo de Justicia; sin embargo, ese Tribunal rara vez falla en contra del gobierno.(En casos individuales, un tribunal inferior puede declarar que una disposición no se aplica en las circunstancias particulares, si el tribunal considera que existe una violación de los derechos constitucionales.)
Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin)
23. El Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) es una agencia civil en lugar de militar y se encuentra dentro del Ministerio del Poder Popular para el Interior, Justicia y Paz. El propósito del Sebin es "implementar políticas y acciones de inteligencia y contrainteligencia civil", y sus funciones son: asesorar al presidente, el gabinete y otros funcionarios de alto nivel en la formulación de las políticas de seguridad nacional; contribuir a la detección de amenazas externas e internas; y ayudar a otros organismos en la lucha contra la delincuencia organizada. [36]En 2010, el SEBIN fue creado mediante un decreto ejecutivo a partir de una agencia de inteligencia anterior que tenía funciones similares (la Dirección Nacional de Inteligencia y Prevención). [37]Aunque oficialmente el Sebin se encuentra a las órdenes del vicepresidente, el presidente parece ejercer una significativa influencia en la institución. [38]P or ejemplo, el presidente ascendió personalmente a varias personas dentro de la agencia en 2015. [39]Grupos de la sociedad civil han acusado al SEBIN de prácticas de vigilancia agresivas e ilegales. [40]
24. Es sabido que el SEBIN pone a individuos bajo vigilancia por razones políticas, en violación de las normas internacionales de derechos humanos que requieren que todas las decisiones de vigilancia estén basadas en una evaluación de necesidad y proporcionalidad. [41]En 2015, el presidente estadounidense Barack Obama emitió una orden ejecutiva que impone sanciones a Gustavo González López, el jefe del SEBIN, por violaciónes de derechos humanos; la Casa Blanca señaló que González López "estaba asociado con la vigilancia de líderes de la oposición del gobierno venezolano". [42]Por ejemplo, en 2015, la política opositora María Corina Machado informó que fue seguida por doce agentes del SEBIN durante dos días. [43]Tras la publicación 2013 de una memoria caché de documentos atribuidos al SEBIN por Análisis24 (un sitio web de noticias argentino de derecha), grupos judíos han alegado que el SEBIN dirige su vigilancia a la comunidad judía en particular. [44]
Centro Estratégico para la Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA)
25. El Centro Estratégico para la Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA) se estableció en 2013 mediante un decreto ejecutivo y realiza tanto funciones de inteligencia como de cumplimiento de la ley. [45]Gustavo González López, el jefe del Sebin, es también el jefe del CESPPA. El CESPPA es responsable de recopilar y organizar información "de interés estratégico" para la nación, para fines de seguridad nacional. [46]También proporciona orientación a otras agencias de inteligencia, incluyendo el SEBIN, con respecto al estado de la información: decide qué información debe ser clasificada secreta, cuál debería estar disponible para el público, y qué constituye una amenaza para el Estado. [47]Grupos de la sociedad civil han expresado su preocupación de que la creación del CESPPA ha aumentado la capacidad de vigilancia del Estado y el acceso limitado a la información por parte de los venezolanos. [48]Se cree que el CESPPA controla y analiza mensajes de redes sociales en particular. [49]
Capacidades de vigilancia
26. CitizenLab, un laboratorio interdisciplinario de la Universidad de Toronto, ha encontrado evidencia que sugiere que FinFisher, un programa avanzado de software espía que se vende exclusivamente a los gobiernos, se ha utilizado en Venezuela al menos desde diciembre de 2014. [50]El programa funciona a través de una red de servidores disfrazados para recopilar información de determinados objetivos, al tiempo que oculta la ubicación de los servidores que efectivamente reciben la información recogida.Aunque FinFisher ha sido comercializada como una herramienta legítima para la lucha contra el crimen, la experiencia internacional sugiere que puede ser utilizado en contravención de las normas internacionales de derechos humanos. [51]También se cree que Venezuela es cliente de Blue Coat Systems, una empresa con conexiones a los programas de vigilancia de muchos regímenes opresores. [52]Sin embargo, no hay información que indique qué organismos pueden haber comprado o utilizar estas tecnologías en Venezuela.
"Patriotas Cooperantes"
27. Los "patriotas cooperantes" son "supuestos informantes quienes, en condición de anonimato, ‘cooperan’ con los cuerpos de investigación, denunciando a quienes ellos consideren que están cometiendo delitos que, según alegan, pudieran afectar la estabilidad de las instituciones del Estado". [53]En algunos casos, la información de los patriotas cooperantes ha sido admitida en los tribunales para apoyar el enjuiciamiento de los oponentes políticos al gobierno. [54]En otros casos, los patriotas cooperantes actúan como informantes para las agencias de inteligencia, o transmiten información a los funcionarios del gobierno. [55]La información que proporcionan los patriotas cooperantes es a menudo de naturaleza privada, en relación con conversaciones privadas entre individuos o detalles sobre la vida privada de las personas. [56]Aunque el término "patriotas cooperantes" no aparece en la ley venezolana, funcionarios gubernamentales alientan a los venezolanos a convertirse en patriotas cooperantes. Por ejemplo, en agosto de 2015, el presidente Nicolás Maduro instó a los venezolanos a "convertirse en millones de patriotas cooperantes para garantizar la paz y la estabilidad del país." [57]
28. En enero de 2016, Reuters informó de que en los tres años desde que el presidente Maduro llegó al poder, los patriotas cooperantes han "tomado un papel cada vez más importante en el suministro de información que conduce a la detención de los enemigos del gobierno." [58]De acuerdo a la investigación de Reuters, desde principios de 2014, la evidencia proveniente de patriotas cooperantes anónimos se ha presentado en al menos 20 casos judiciales, potencialmente en violación de la ley venezolana, la cual requiere que la persona que lleve a cabo una acusación sea identificada. [59]En un claro ejemplo de esta práctica, Reuters describe el caso de Rodolfo González: en abril de 2014, González fue detenido por agentes de inteligencia que lo acusaron de organizar protestas contra el presidente Maduro; fue detenido debido a un patriota cooperante presuntamente proporcionó a los servicios de inteligencia con una grabación de audio en la que González discutía "acciones desestabilizadoras" contra el gobierno. [60]Durante casi un año, González estuvo detenido en una instalación operada por el SEBIN mientras esperaba juicio; se ahorcó en marzo de 2015. [61]Su hija dijo a Reuters: "Si uno empieza a sospechar que cualquier cosa que digas puede terminar en una acusación, no te va a dar miedo marchar o protestar sino, incluso, hablar con el vecino" [62]
29. Altos funcionarios del gobierno utilizan la información privada presuntamente obtenida de los patriotas cooperantes para atacar públicamente a oponentes y defensores de derechos humanos. Diosdado Cabello, quien era el presidente de la Asamblea Nacional hasta enero de 2016, es el presentador de un popular programa de televisión, Con El Mazo Dando, que se transmite por la televisión estatal; durante el programa con frecuencia se hace referencia a información proporcionada por los patriotas cooperantes. [63]Por ejemplo, i en nueve episodios emitidos de octubre a diciembre de 2014, Cabello utiliza información supuestamente proporcionada por patriotas cooperantes para acusar públicamente a 165 individuos y organizaciones de diversos delitos. [64]La información que Cabello transmite es por lo general de carácter privado: por lo general, incluye detalles sobre los lugares que defensores de los derechos humanos o políticos de la oposición han visitado, fotos y horarios de viaje.Esta información también está publicada en la página web del programa. [65]En abril de 2015, citando el ejemplo del programa de televisión de Cabello y su uso de la información de los patriotas cooperantes, un gran grupo de organizaciones no gubernamentales, entre ellas Amnistía Internacional y Human Rights Watch, pidió a Venezuela cesar la "intimidación y hostigamiento a los defensores de derechos humanos, así como las acusaciones sin fundamento de que éstos están tratando de socavar la democracia venezolana ". [66]
30. Altos funcionarios del gobierno también han transmitido grabaciones de conversaciones privadas que involucran a sus oponentes políticos, sin especificar cómo han sido obtenidas estas grabaciones. En octubre de 2015, durante un episodio de Con El Mazo Dando, Cabello reprodujo una grabación de una conversación privada entre Lorenzo Mendoza, presidente de Empresas Polar, la mayor compañía de propiedad privada en Venezuela, y Ricardo Hausmann, director del Centro para el Desarrollo Internacional en la Escuela Kennedy de Harvard, en la que los dos discutieron la situación económica de Venezuela y el Fondo Monetario Internacional. [67]Posteriormente, en base a esta conversación, 101 miembros de la Asamblea Nacional por parte del gobierno presentaron una denuncia penal contra Mendoza y Hausmann por abuso de poder, traición y conspiración. [68]En 2013, el Ministro de Telecomunicaciones, Ernesto Villegas, y el Alcalde de Caracas, Jorge Rodríguez, transmitieron una versión editada de una conversación privada entre la diputada de oposición María Corina Machado y el profesor Germán Carrera Damas. [69]
Influencia del Ejecutivo sobre la Industria de las Telecomunicaciones
31. El Ejecutivo ejerce un amplio control sobre la industria de las telecomunicaciones a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (Conatel). Existe una percepción general en la sociedad venezolana de que CONATEL apoya el monitoreo de las comunicaciones privadas y la persecución de los usuarios de Internet que expresan opiniones discrepantes en línea. [70]Los usuarios de redes sociales han acusado a CONATEL de hacer seguimiento de su actividad en línea y transmitir información sobre su identidad a las agencias de inteligencia, como el SEBIN. [71]En 2014 las autoridades del SEBIN detuvieron al menos a ocho usuarios de Twitter bajo cargos de incitación pública. [72](Algunos de los usuarios supuestamente habían publicado comentarios en sus cuentas de Twitter sobre el asesinato de un parlamentario del partido gubernamental.) Según documentos filtrados, CONATEL proporcionó información al SEBIN, incluyendo direcciones IP, lo que ayudó a las autoridades a localizar a los usuarios. [73]
32. CONATEL tiene potestades legales para requerir a los medios de comunicación en línea y a los proveedores de servicios de Internet que establezcan mecanismos para "restringir, sin dilaciones, la difusión de mensajes divulgados que se subsuman en las prohibiciones contenidas en [la ley pertinente]" y sancionar a quienes no cumplan. [74]Los mensajes prohibidos incluyen aquellos que "fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden en la población o perturben el orden público" o "desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas", frases vagas que permiten a CONATEL imponer restricciones importantes a los medios de comunicación y los proveedores de servicios de Internet. [75]Por otra parte, la capacidad del Presidente, conjuntamente con funcionarios de alto nivel, para nombrar o remover a los miembros del órgano que rige a CONATEL, junto con el hecho de que la comisión es supervisada por el Ministerio del Poder Popular de Comunicación e Información, que también está controlado por el Presidente y sus altos funcionarios, plantea preocupaciones sobre la capacidad de CONATEL para actuar de forma independiente. [76]En 2014, el gobierno estableció un Viceministerio de Redes Sociales para regular y supervisar las redes sociales, extendiendo así aún más su control de internet. [77]
Registro de la tarjeta SIM y requisitos de retención de datos
33. El registro obligatorio de las tarjetas SIM y la retención de información sobre los usuarios de telefonía móvil en una base de datos centralizada amenazan el derecho a la privacidad en Venezuela.El registro de la tarjeta SIM socava la capacidad de los usuarios para comunicarse de forma anónima y perjudica de forma desproporcionada a los grupos más marginados en una sociedad. [78]Puede tener un efecto discriminatorio al excluir a los usuarios en acceder a las redes móviles.También facilita la vigilancia y hace el seguimiento y la supervisión de los usuarios más fácil para las autoridades, preocupaciones que son especialmente graves en países con conflictos, inestabilidad política, y opresión de la sociedad civil. Mientras tanto, exigir amplios requisitos de retención de datos obligatorios a las compañías telefónicas contraviene las normas internacionales de derechos humanos; la retención obligatoria e indiscriminado de los datos de las comunicaciones es una grave perturbación en el derecho a la intimidad que va más allá de lo estrictamente necesario para responder a necesidades legítimas de orden público. [79]
34. Bajo la ley venezolana, cuando una persona desea comprar una tarjeta SIM de prepago o sacar un contrato para servicios móviles, la compañía de telecomunicaciones que vende el servicio debe recoger una copia del pasaporte o documento de identidad del individuo, tomar impresiones de los dedos pulgar e índice derecho de la persona, obtener una firma, y registrar la dirección de la persona. [80]La ley venezolana exige a la empresa crear un registro electrónico que contiene esta información sobre todos sus clientes; la empresa debe retener la información sobre cada cliente por el período en que el cliente reciba el servicio y durante tres meses después de que el cliente dé por terminado el servicio. [81]
35. Las empresas también deben mantener un registro detallado de todas las llamadas realizadas a través de sus redes: el registro debe contener información como los números que intervienen en una llamada, la ubicación geográfica de las personas que llaman, y la hora, fecha y duración de la llamada. [82]Las empresas deben retener esta información durante doce meses. [83]La legislación pertinente se refiere a los organismos de seguridad del Estado que tienen potestades de investigación, pudiendo solicitar información de los registros de llamadas que "[contribuya] a las investigaciones que se llevan a cabo dentro del alcance de las tareas [del organismo] de conformidad con la ley" y la la ley obliga a las empresas a proporcionar información de sus registros previa petición y sin demora. [84]Sin embargo, la ley no establece un proceso para solicitar información y no está claro si las agencias de seguridad del Estado consideran que la ley venezolana que regula los procedimientos de búsqueda y captura les obliga a solicitar una orden judicial para obtener la información.
Las tecnologías biométricas y otras iniciativas emergentes
36. Venezuela ha puesto en marcha sistemas para recoger y conservar los datos biométricos en los procesos de votación y para controlar la venta de artículos de primera necesidad, generando riesgos para la privacidad de los venezolanos. Las tecnologías biométricas se utilizan para confirmar la identidad a través de la captura y almacenamiento de características físicas, biológicas o de comportamiento únicas o distintivas de los individuos. [85]La experiencia internacional sugiere que hay una serie de riesgos de privacidad en torno a su uso: la retención no regulada de los datos biométricos plantea la posibilidad de "desviaciones de uso" (uso de los datos para fines distintos de aquellos para los que han sido recabados); la mera existencia de una base de datos de datos biométricos podría conducir al desarrollo de nuevas justificaciones para su uso más allá de los propósitos originales para los que el consentimiento fue dado por la persona cuyos datos se recogieron; el almacenamiento general de datos hace que sea vulnerable al robo; y las tecnologías biométricas también pueden ser propensas a errores (por ejemplo, el sistema no puede capturar con precisión los datos biométricos de un individuo en cada caso). [86]
37. La falta de normas claras de protección de datos y salvaguardas apropiadas alrededor de los sistemas biométricos de Venezuela expone a los venezolanos a riesgos de perfilamiento, vigilancia y discriminación.Además, en ausencia de un marco general que regula la aplicación de los principios de protección de datos, es difícil para los venezolanos obtener información acerca de cómo se utiliza su información personal, así como buscar reparaciones por violaciones de los principios de protección de datos.
38. Desde 2014, el gobierno venezolano ha requerido a tiendas estatales y privadas la instalación de equipos biométricos y la recolección de información biométrica de los clientes en un esfuerzo para hacer frente a la escasez de alimentos y evitar el contrabando. [87]Cada vez que un venezolano desea comprar un elemento de una lista de productos controlados a precios básicos - que incluye arroz, harina, leche, y papel higiénico - éste va a la tienda (en un día de la semana que se les asigna en función del número de su cédula de identidad), coloca su pulgar derecho en un escáner, y compra el artículo.El sistema biométrico fue implementado inicialmente de forma voluntaria en los supermercados estatales, pero se hizo obligatorio para todos los supermercados estatales y privados, así como las farmacias, a mediados de 2014. [88]Hay poca información pública sobre quién gestiona y tiene acceso a los datos recogidos y bajo qué circunstancias, para qué fines se utilizan estos datos, y por cuánto tiempo se retienen.
39. Las tecnologías biométricas también se utilizan en las elecciones: cuando los venezolanos votan en las elecciones, los funcionarios del Poder Nacional Electoral (CNE) escanean el pulgar derecho de cada votante para autenticar su identidad. [89]Muchos venezolanos son escépticos acerca de la afirmación del gobierno de que los escáneres biométricos utilizados en los supermercados y farmacias son diferentes de los utilizados para la votación, lo que aumenta la desconfianza en las tecnologías biométricas y el sistema de votación. [90]
40. Ciertas iniciativas gubernamentales emergentes que implican la recogida de cantidades significativas de información personal también plantean preocupaciones sobre la privacidad debido a la falta de un régimen de protección de datos robusto y otras medidas de seguridad para proteger la privacidad.Estas iniciativas emergentes incluyen el uso de aviones no tripulados de vigilancia para supervisar las multitudes y el tráfico, así como regulaciones de 2015 que requieren que los bancos entreguen detalles sobre las transacciones electrónicas a una autoridad del gobierno central. [91]
Recomendaciones
41. Se recomienda que el gobierno de Venezuela debería:
●Reformar el marco legal que regula la vigilancia de las comunicaciones para que cumpla con los estándares internacionales de derechos humanos.
●A la luz de la importancia de controlar los poderes del Ejecutivo en torno a la vigilancia, trabajar para fortalecer la independencia del poder judicial.
●Reformar las agencias de inteligencia de Venezuela para que estén reguladas por leyes (aprobadas por la Asamblea Nacional y no por decreto ejecutivo) que prescriban claramente sus competencias, establezcan mecanismos de supervisión, y cumplan con las normas internacionales de derechos humanos.
●Prohibir el uso de "patriotas cooperantes" anónimos en los procesos judiciales, establecer reglas claras y públicas sobre el uso de informantes por los servicios de seguridad, y sancionar adecuadamente a los funcionarios que ilegalmente difundan información personal o conversaciones privadas.
●Reformar la ley que rige CONATEL para ponerla en consonancia con las normas internacionales de derechos humanos y garantizar que CONATEL sea capaz de funcionar de forma independiente del Ejecutivo.
●Abolir el registro obligatorio de tarjetas SIM y revisar los requisitos de retención de datos impuestos a las empresas de telecomunicaciones.
●Aprobar una legislación de protección de datos que cumpla con las normas internacionales y establezca una autoridad independiente de protección de datos que disponga de los recursos adecuados y tenga la facultad de investigar las violaciones de protección de datos y ordenar compensaciones.
●Re-evaluar el uso de las tecnologías biométricas en los sistemas de votación y en torno a la venta de productos básicos en los supermercados y farmacias con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos.
[1]"El derecho a la privacidad en la era digital", Resolución de la Asamblea General de la ONU, A / RES / 69/166 (18 de diciembre de 2014).El mismo lenguaje aparece en una resolución similar aprobada en la sesión de 2013 de la Asamblea General: "El derecho a la privacidad en la era digital", Resolución de la Asamblea General de la ONU, A / RES / 68/167 (18 de diciembre de 2013).
[2]Informe nacional presentado de conformidad con el párrafo 15 (a) del anexo de Derechos Humanos de la resolución 5/1 del Consejo, Venezuela (República Bolivariana de), julio de 2011, A / HRC / WG.6 / 12 / VEN / 1; Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen periódico universal, Venezuela (República Bolivariana de), diciembre de 2011, a / HRC / 19/12.
[3]Declaración Universal de los Derechos Humanos, art 12; Convención de las Naciones Unidas sobre los trabajadores migratorios, art 14; Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 16; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 17; Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del niño, art 10; Convención Americana sobre Derechos Humanos, art 11; Principios de la Unión africana para la Libertad de Expresión, el arte 4; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, artículo 5; Carta árabe de Derechos Humanos, art 21; Convención Europea para la la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, artículo 8; Principios de Johannesburgo sobre seguridad nacional, Libertad de Expresión y Acceso a la Información ; Principios de Camden sobre la Libertad de Expresión y la Igualdad.
[4]Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, Martin Scheinin, 2009, A / HRC / 17/34.
[5]Véase la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 29; Comité de Derechos Humanos, Observación General Nº 27: Artículo 12 (Derecho de Circulación), 2 noviembre de 1999, CCPR / C / 21 / Rev.1 / Add.9; Comité de Derechos Humanos, Observación General Nº 16: Artículo 17 (Derecho a la privacidad), el derecho al respeto de la intimidad, la familia, domicilio y correspondencia, y la protección del honor y la reputación, 8 de abril de 1988; véase también el informe del Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, Martin Scheinin, 2009.
[6]Comité de Derechos Humanos, Observación General Nº 16: Artículo 17 (Derecho a la privacidad).
[7]Véase el Convenio del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de los datos personales; Organización para la Cooperación y Directrices para el desarrollo de la protección de la privacidad y los flujos transfronterizos de datos de los datos personales; Directrices para la regulación de archivos de datos personales (Resolución de la Asamblea general de la ONU 45/95 y e / CN.4 / 1990/72).A diciembre de 2014, más de 100 países han promulgado leyes de protección de datos: David Banisar, Mapa de Leyes de Privacidad y Protección de Datos, 2014 8 de diciembre de 2014, disponible en http://ssrn.com/abstract=1951416 o http: / /dx.doi.org/10.2139/ssrn.1951416 .
[8]Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, disponible en http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/indice.php ; El texto completo de la Constitución está disponible en Inglés en http://venezuela-us.org/live/wp-content/uploads/2009/08/constitucioningles.pdf . Todas las traducciones de Español a Inglés en este informe no son oficiales.
[9]Ibid, artículo 23.El artículo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) establece que "nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación."El Comité de Derechos Humanos ha destacado que los Estados partes en el Pacto tienen la obligación de "adoptar medidas legislativas y de otra índole para dar efecto a la prohibición contra esas injerencias y ataques, así como a la protección de este derecho [a la privacidad]." Comité de Derechos Humanos, Observación General Nº 16: Artículo 17 (Derecho a la Privacidad), párrafo 1.
[10]República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 39.945, 15 de junio de 2012 (capítulo I del título III y el título V Derogado), disponible at http://www.conatel.gob.ve/wp-content/uploads/2014/10/PDF-Ley-sobre-Acceso-e-Intercambio-Electr%C3%B3nico-de-Datos.pdf ; República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 40.274, 17 de octubre de 2013, artículo 23, disponible en http://www.redtv.gob.ve/images/documentos/ley_infogobierno_venezuela_2013.pdf . Otras leyes que se relacionan con el derecho a la privacidad incluyen la Ley de Protección de Privacidad de las Telecomunicaciones; Ley de Defensa del Acceso a bienes y servicios; Ley sobre Mensajes de Datos y firma electrónica; y la Ley Especial sobre Delitos Informáticos.Ver Baker y McKenzie, Manual Global sobre Privacidad, edición 2013, 2013, disponible at http://www.bakermckenzie.com/files/Uploads/Documents/North%20America/DoingBusinessGuide/Houston/bk_globalprivacyhandbook_13.pdf . La Ley Especial de Delitos Informáticos penaliza la violación de la privacidad de los datos o información personal incorporada en un sistema informático o en un sistema que utiliza tecnologías de la información.República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 37.313, 30 de Octubre de 2001, artículos 20-22, disponible en http://delitosinformaticos.com/legislacion/venezuela.shtml .
[11]Privacy International, Sugerencias sobre asuntos relevantes a la privacidad, para ser incluidas en la Lista de Asuntos sobre Venezuela, Comité de Derechos Humanos, 112º período de sesiones de 2014 disponible en http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/SessionDetails1. ? aspx SessionID = 811 y ; véase también el Electronic Privacy Information Center, Reporte sobre Privacidad y Derechos Humanos de 2006.
[12]Eligio Rodríguez Marcano, "El Derecho fundamental a la Protección de Datos de Carácter personal en Venezuela y Su Recorrido y Reconocimiento desde la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia", Revista Latinoamericana de Protección de Datos Personales, 12 de septiembre de 2015, disponible at http://www.rlpdp.com/2015/09/el-derecho-fundamental-a-la-proteccion-de-datos-de-caracter-personal-en-venezuela-y-su-recorrido-y-reconocimiento-desde-la-sala-constitucional-del-tribunal-supremo-de-justicia/ .
[13]Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, sentencia n ° 1318, 4 de agosto de 2011, disponible en http://app.vlex.com/#vid/311569838 . La Corte estableció que la recopilación de información debe guiarse por los principios como el consentimiento, legalidad, exactitud, seguridad y confidencialidad.
[14]Comisión Internacional de Juristas, Venezuela: La puesta del sol del Estado de Derecho, Informe de Misión de la CIJ, 2015, 2015, pág 5, disponible en http://icj.wpengine.netdna-cdn.com/wp-content/uploads/2015/10/Venezuela-Sunset-of-Rule-of-Law-Publications-Reports-2015-ENG.pdf .
[15]"WJP Rule of Law Index 2015," World Justice Project, disponible en http://worldjusticeproject.org/rule-of-law-index .
[16]República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 34.863, 16 de diciembre de 1991, disponible en http://venezuela.justia.com/federales/leyes/ley-sobre-proteccion-a-la-privacidad-de-las-comunicaciones/gdoc/
[17]Ibid, artículo 6.
[18]Ibid, artículo 7.
[19]Véase "autoridad judicial competente," Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a las Comunicaciones de Vigilancia de 2014, disponible en https://en.necessaryandproportionate.org/ . Los Principios Internacionales fueron desarrollados por una serie de grupos de la sociedad civil, la industria y expertos internacionales en el derecho de interceptación de comunicaciones, la política, y la tecnología.Ellos "brindan a los grupos de la sociedad civil, la industria, los Estados, y otros, un marco para evaluar si las leyes y prácticas de vigilancia actuales o propuestas son compatibles con los derechos humanos." Principios internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a las Comunicaciones de vigilancia.
[20]Human Rights Watch, Informe Mundial 2015: Venezuela, 2015, disponible en https://www.hrw.org/world-report/2015/country-chapters/venezuela .
[21]Véase "legalidad", "objetivo legítimo", "necesidad", "adecuación" y "proporcionalidad" Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos de Comunicaciones de Vigilancia.
[22]Código Penal, GO (5768E), artículos 128-142, disponible en http://www.ministeriopublico.gob.ve/web/guest/codigo-penal .
[23]Véase "Notificación de usuario," Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a las Comunicaciones de Vigilancia.
[24]Véase "transparencia" y "control público," Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a las Comunicaciones de Vigilancia.
[25]Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, Frank La Rue, abril de 2013, A / HRC / 23/40, párrafo 15, disponible en http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/RegularSession/Session23/A.HRC.23.40_EN.pdf .
[26]República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial nº 6.078, 15 de Junio de 2012, artes 204-207, disponible en: http://www.mp.gob.ve/LEYES/CODIGO_OPP/index.html .
[27]República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 39.912, 30 de Abril de 2012, disponible en http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_ven_ley_del_org_finan_terr.pdf .
[28]Ibid, artículo 65.
[29]En español: Dirección General de Contrainteligencia Militar, Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), y el Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA).
[30]Véase "Organización", Dirección General de Contrainteligencia Militar, disponible en http://dgim.mil.ve .
[31]"Allanan La Residencia de Leopoldo López y la de sus Padres," Informe21 16 de febrero de 2014, disponible en http://informe21.com/leopoldo-lopez/allanan-residencia-de-los-padres-de-leopoldo-lopez .
[32]Reglamento de la Dirección General de Inteligencia y Contrainteligencia Militar, Decreto nº 1.605, República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 40.599, 10 de Febrero de 2015, disponible en http://www.mp.gob.ve/c/document_library/get_file?p_l_id=29950&folderId=6936036&name=DLFE-8609.pdf. .
[33]"Comunicado: Maduro oficializa figura del 'enemigo' con reforma de inteligencia militar," Asociación Civil de Control Ciudadano, 18 de Febrero de 2015, disponible en http://www.controlciudadano.org/noticias/detalle.php?notid=12669 .
[34]Reglamento de la Dirección General de Inteligencia y Contrainteligencia Militar; ver "Gaceta N ° 40.599: Dictan Reglamento Orgánico de la Dirección General de Contrainteligencia Militar," Finanzas Digital, 11 de Febrero de 2015, disponible at http://www.finanzasdigital.com/2015/02/gaceta-n-40-599-dictan-reglamento-organico-de-la-direccion-general-de-contrainteligencia-militar/ .
[35]"Comunicado: Maduro oficializa figura del 'enemigo' con reforma de inteligencia militar," Asociación Civil Control Ciudadano, 18 de Febrero de 2015.
[36]Decreto nº 7.453, República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 39.436, 1 de junio de 2010, disponible en http://www.gacetaoficialdelarepublicabolivarianadevenezuela.com/descarga/40616.pdf .
[37]Ibid.
[38]El SEBIN es responsabilidad del Vicepresidente, de acuerdo con el Decreto nº 9.308, República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 40.066, 6 de Diciembre de 2012, disponible en http://www.mp.gob.ve/c/document_library/get_file?p_l_id=40497&folderId=1754678&name=DLFE-5815.pdf. .
[39]"Maduro anunció que condecorará a funcionarios del Sebin y del Cicpc," NTN 24, 13 de Junio de 2015, disponible en http://www.noticias24.com/venezuela/noticia/286516/maduro-anuncio-que-condecorara-a-funcionarios-del-sebin-y-al-cicpc/ .
[40]Ver Fabiola Zerpa, "Abran La Puerta, es el Sebin," El Nacional, 18 de mayo de 2014, disponible en http://www.el-nacional.com/siete_dias/ARELLANO-DARIO-FUNCIONARIOS-GLIDIS-SEBIN_0_409759164. html ; Sandra Benítez, "El espionaje en Venezuela a través de las redes sociales y los mensajes de correo electrónico", en GISWatch, Vigilancia de las comunicaciones en la era digital, 2014, disponible en http://giswatch.org/en/country-report/communications-surveillance/venezuela .
[41]Véanse los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones.
[42]"Hoja informativa: Orden Ejecutiva sobre Venezuela," La Casa Blanca, 9 de marzo de 2015, disponible en https://www.whitehouse.gov/the-press-office/2015/03/09/fact-sheet-venezuela-executive-order. .
[43]"María Corina Machado denuncia persecución del Sebin," El Estímulo, 18 de Abril de 2015, disponible en http://elestimulo.com/blog/maria-corina-machado-denuncia-persecucion-del-sebin/ .
[44]Gil Shefler, "Documentos muestran espionaje de Venezuela a la Comunidad Judía," Agencia Telegráfica Judía, 4 de febrero de 2013, disponible en http://www.jta.org/2013/02/04/news-opinion/world/documents-show-venezuela-spying-on-jewish-community ; véase "La Comunidad judía venezolana es espiada por el Sebin," La Patilla, 25 de enero de 2013, disponible en http://www.lapatilla.com/site/2013/01/25/la-comunidad-judia-venezolana-es- espiada-por-el-Sebin / .
[45]Decreto 458, República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 40.266, 7 de octubre de 2013, disponible en http://www.mp.gob.ve/c/document_library/get_file?p_l_id=40497&folderId=3207227&name=DLFE-7417. pdf ; véase también Tamara Pearson, "Oposición Usa Decreto Presidencial de Seguridad para etiquetar al Gobierno de Venezuela de 'dictatorial'" Venezuelanalysis.com 22 de octubre de 2013, disponible en http://venezuelanalysis.com/news/10111 .
[46]Decreto 458 de 2013, artículo 8. Véase también la Resolución por la que se dictan las normas internas de CESPPA, República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 40.355 13 de febrero de 2014, disponible en http://www.mp.gob.ve/c/document_library/get_file?p_l_id=29938&folderId=3986195&name=DLFE-7613.pdf .
[47]Decreto 458 de 2013.
[48]Edgar López, "Con el Cesppa el Gobierno podrá vigilar sin límites", El Nacional, 15 de Febrero de 2014, disponible en http://www.el-nacional.com/politica/Cesppa-gobierno-podra-vigilar-limites_0_355764628 .html ; Silvia Higuera, "Nuevo órgano de inteligencia en Venezuela podría poner en riesgo el acceso a ia Información," Blog Periodismo en las Américas: Universidad de Texas en Austin, 16 de Octubre de 2013, disponible en: https://knightcenter.utexas.edu/blog/00-14607-new-intelligence-body-venezuela-could-put-access-information-risk .
[49]Sandra Benítez, "Espionaje en Venezuela a través de las redes sociales y los mensajes de correo electrónico", en Vigilancia en las comunicaciones en la era digital.
[50]Bill Marczak y otros, "No preste atención al servidor detrás del proxy: Mapeando la continua proliferación de FinFisher". CitizenLab, 15 de octubre de 2015, disponible en https://citizenlab.org/2015/10/mapping-finfishers-continuing-proliferation / .
[51]Ibid.
[52]Morgan Marquis-Boire et al, "Planeta Blue Coat: mapeando las herramientas de censura y vigilancia global", CitizenLab, 15 de enero de 2013, disponible en https://citizenlab.org/2013/01/planet-blue-coat-mapping-global-censorship-and-surveillance-tools/. .
[53]"Sin nombre y sin ley", El Universal, 29 de Marzo de 2015, disponible en: http://www.eluniversal.com/nacional-y-politica/150329/sin-nombre-y-sin-ley ; véase también John Manuel Silva, "Patriotas cooperantes: los sapos de la revolución," El Estímulo, 1 de julio de 2015, disponible en http://elestimulo.com/climax/patriotas-cooperantes-los-sapos-de-la-revolucion/ .
[54]Ibid.
[55]Ibid.
[56]Ibid.
[57]Citado en "Maduro: Estas serán las elecciones más difíciles que hemos enfrentado," Mundo24, 4 de agosto de 2015, disponible en http://mundo24.net/tiembla-el-regimen-maduro-estas-seran-las-elecciones-mas-dificiles-que-hemos-enfrentado y Diego Oré, "Informadores del Estado en Venezuela: ¿patriotas o soplones?"Reuters 29 de enero de 2016, disponible en http://www.reuters.com/article/us-venezuela-informers-insight-idUSKCN0V71CT .
[58]Diego Oré, "Informadores del Estado en Venezuela: ¿patriotas o soplones?"Reuters, 29 de Enero de 2016; Diego Oré, "Patriotas 'cooperantes':? ¿Soplones o guardianes de la revolución bolivariana en Venezuela"Infobae, el 29 de enero de 2016, disponible en http://www.infobae.com/2016/01/29/1786443-patriotas-cooperantes-soplones-o-guardianes-la-revolucion-bolivariana-venezuela (versión más larga del artículo de Reuters, en español).
[59]Ver Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás sujetos procesales, República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 38.536, 4 de octubre de 2006.Diego Oré, "Informadores del Estado en Venezuela: ¿patriotas o soplones?"Reuters, 29 de Enero de 2016; Diego Oré, "Patriotas 'cooperantes':? ¿Soplones o guardianes de la revolución bolivariana en Venezuela"Infobae, 29 de Enero de 2016.
[60]Diego Oré, "Informadores del Estado en Venezuela: ¿Patriotas o soplones?"Reuters, 29 de Enero de 2016; Diego Oré, "Patriotas 'cooperantes': ¿Soplones o guardianes de la revolución bolivariana en Venezuela?" Infobae, 29 de Enero de 2016.
[61]Ibid.
[62]Citado en Diego Oré, "Patriotas cooperantes: ¿Soplones o guardianes de la revolución bolivariana en Venezuela?"Infobae, 29 de Enero de 2016.
[63]La frase "Con el mazo dando" es idiomática.Literalmente, se puede traducir como "golpear con el martillo", pero que es parte de una expresión más larga ( "a Dios rogando y con el mazo dando") que se traduce generalmente como "Dios ayuda a quienes se ayudan a sí mismos."
[64]"Caracas: Directores de ONG denunciaron en Fiscalía intervención ilegal de sus comunicaciones", Instituto Prensa y Sociedad Venezuela, 27 de Mayo de 2015, disponible at http://ipysvenezuela.org/alerta/caracas-directores-de-ong-denunciaron-en-fiscalia-intervencion-ilegal-de-sus-comunicaciones/ .
[65]Véase, por ejemplo, "Con el Mazo Dando, ¿Defensores de Derechos Humanos o del imperio?"Con El Mazo Dando, el 21 de octubre de 2015, disponible en http://www.conelmazodando.com.ve/defensores-de-derechos-humanos-o-del-imperio/ .
[66]"Venezuela: Detengan el acoso a los defensores de derechos humanos: La intimidación socava la supervisión independiente". 7 de abril de 2015, disponible en https://www.fidh.org/en/region/americas/venezuela/venezuela-stop-harassing-human-rights-defenders-intimidation ; véase también "La CIDH expresa su alarma por la intimidación en Venezuela dirigida contra las personas que vienen ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos," Comisión Interamericana de Derechos Humanos, comunicado de prensa de 20 de marzo de 2015, disponible en http://www.oas.org/en/iachr/media_center/PReleases/2015/032.asp. .
[67]"Lorenzo Mendoza y Ricardo Haussman se cayeron con 60 mil millones de kilos," Con El Mazo Dando, 15 de octubre de 2015, disponible en http://www.conelmazodando.com.ve/lorenzo-mendoza-y-ricardo-haussman-se-cayeron-con-60-mil-millones-de-kilos/ .
[68]"Denuncian por tres delitos a Lorenzo Mendoza y Ricardo Hausmann," Runrun.es 21 de octubre de 2015, disponible en http://runrun.es/nacional/231171/denuncian-por-tres-delitos-a-lorenzo-mendoza-y-ricardo-hausmann.html ; "AN pide investigar a Mendoza por delitos contra la soberanía, la seguridad y por usurpación,", VTV, el 21 de octubre de 2015, disponible en http://www.vtv.gob.ve/articulos/2015/10/21/an-pide-investigar-a-lorenzo-mendoza-por-delitos-contra-la-soberania-la-seguridad-y-usurpacion-6340.html .
[69]"Espiar teléfonos: Una práctica ilegal que no hace cualquiera," La Razón, 7 de julio de 2015, disponible en http://www.larazon.net/2015/07/07/espiar-celulares-una-practica-ilegal-que-no-hace-cualquiera/; ; Véase también "Transcripción completa del audio de María Corina Machado," PSUV, el 26 de junio de 2013, disponible en http://www.psuv.org.ve/temas/noticias/transcripcion-completa-audio-maria-corina-machado/#.VpR3LZMrLFQ
[70]Ver Marianne Díaz Hernández, "Documentando los bloqueos a Internet en Venezuela," Digital Rights 24 de octubre de 2014, disponible en http://www.digitalrightslac.net/en/documentando-los-bloqueos-a-internet-en-venezuela / .
[71]Ellery Roberts Biddle et al, "Netizen Report: Documentos filtrados revelan grave abuso de poder por parte de Venezuela en las detenciones de Twitter," Global Voices, 15 de julio de 2015, disponible en https://advox.globalvoices.org/2015/07/15/netizen-report-leaked-documents-reveal-egregious-abuse-of-power-by-venezuela-in-twitter-arrests/ ; véase también Jesús Alberto Yajure "@Conatel elaboró informes para el @SEBIN_OFICIAL sobre tuiteros detenidos," Runrun.es, 3 de julio de 2015, disponible en http://runrun.es/rr-es-plus/210909/conatel-elaboro-informes-para-el-sebin_oficial-sobre-tuiteros-detenidos.html .
[72]"Venezuela Twitter Crackdown: La HRF Condena Recolección Selectiva de Datos por la Policía Política," Human Rights Foundation, 17 de julio de 2015, disponible en http://humanrightsfoundation.org/news/venezuela-twitter-crackdown-hrf-condemns-targeted-data-collection-by-political-police-00445 .
[73]Ellery Roberts Biddle et al, "Netizen Report: documentos filtrados revelan grave abuso de poder por parte de Venezuela en las detenciones de Twitter," Global Voices, 15 de Julio de 2015; véase también Jesús Alberto Yajure "@Conatel elaboró informes para el @SEBIN_OFICIAL sobre tuiteros detenidos," Runrun.es, 3 de julio de 2015.El Director de CONATEL ha afirmado que el Estado no persigue a los usuarios de Twitter: " Director de Conatel dice que el Gobierno no persigue tuiteros," La Patilla 6 de julio de 2015, disponible en http://www.lapatilla.com/site/2015/07/06/director-de-conatel-dice-que-el-gobierno-no-persigue-tuiteros/ .
[74]Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, República Bolivariana de Venezuela, Gazzete Oficial nº 39.610, 7 de febrero de 2011, artículo 27, disponible at http://www.conatel.gob.ve/ley-de-responsabilidad-social-en-radio-television-y-medios-electronicos/ ; véase el artículo 19, Venezuela: Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, diciembre de 2011, disponible en https://www.article19.org/data/files/medialibrary/2894/11-12-09-ANAL-Venezuela .pdf .
[75]Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, artículo 27.En virtud de dicha ley, CONATEL puede sancionar o iniciar procedimientos administrativos contra las compañías que considera están infringiendo la ley. Para comentarios sobre una versión anterior de la ley (la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión), ver Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Derechos Humanos en Venezuela, diciembre de 2009, /Ser.L/V/II. Doctor. 54 OEA, disponible en http://www.cidh.oas.org/countryrep/Venezuela2009eng/VE09CHAPIVENG.htm .
[76]Ley Orgánica de Telecomunicaciones, República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 39.610, 7 de febrero de 2011, artículos 39-40; véase el artículo 19, Venezuela: Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, diciembre de 2011.
[77]República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial No 40.435 6 de noviembre de 2014; "Gobierno crea Viceministerio para Redes Sociales," Últimas Noticias, 1 de diciembre de 2014, disponible en http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/actualidad/politica/gobierno-crea-viceministerio-para-redes-sociales.aspx ; "Designaron a Jessenia Moniz como nueva Viceministra de Redes Sociales", El Universal, 7 de noviembre de 2014, disponible en http://www.eluniversal.com/nacional-y-politica/141107/designaron-a-jessenia-moniz-como-nueva-viceministra-de-redes-sociales .
[78]Informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, Frank La Rue, 2013, párrafo 70; véase también el informe del Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, David Kaye, mayo de 2015, A/HRC/29/32, párrafo 51.
[79]El derecho a la privacidad en la era digital, el informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General de 2014, A / HRC / 27/37, disponible en http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/RegularSessions/Session27/ Documents/A.HRC.27.37_en.pdf ; véase también el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sentencia en los asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12, de Digital Rights Irlanda y Seitingler y otros, 8 de abril de 2014.
[80]CONATEL, Providencia No 572, Gaceta Oficial No 38.157, 1 de Abril de 2005, disponible en http://www.conatel.gob.ve/providencia-administrativa-572-normas-relativas-al-requerimiento-de-informacion-en-el-servicio-de-telefonia-movil-ano-2005/ .
[81]Ibid, artículos 4 y 6.
[82]Ibid, artículo 7.
[83]Ibid.
[84]Ibíd, artículos 6 y 7.
[85]Privacy International, Biometría: ¿amigo o enemigo de la vida privada?, 2014, p 4, disponible en https://www.privacyinternational.org/sites/default/files/Biometrics_Friend_or_foe.pdf ; véase también "biometría", Privacy International, disponible en https://www.privacyinternational.org/node/70 .
[86]Ibid.
[87]"Captahuellas en supermercados identifican bachaqueros", El Nacional, 14 de septiembre de 2015, disponible at http://www.el-nacional.com/sociedad/Captahuellas-supermercados-rebotan-bachaqueros_0_701929936.html ; Marianne Díaz, "Tu huella digital por un kilo de harina: biométrica y privacidad en Venezuela," Digital Rights América Latina y el Caribe 16 de diciembre de 2015, disponible en http://www.digitalrightslac.net/es/tu-huella-digital-por-un-kilo-de-harina-biometrica-y-privacidad-en-venezuela/ .
[88]Virginia López, "Venezuela introducirá nueva tarjeta biométrica en un esfuerzo para controlar el contrabando de alimentos", The Guardian, 21 de Agosto de 2014, disponible en http://www.theguardian.com/world/2014/aug/21/biometric-venezuela-food-shortages-smuggling-fingerprints ; "Venezuela implementará sistema biométrico para el control de de venta de alimentos", CNN, 21 de Agosto de 2014, disponible en http://cnnespanol.cnn.com/2014/08/21/venezuela-implementara-sistema-biometrico-para-el-control-de-venta-de-alimentos/ .
[89]"Tecnología Electoral en Venezuela," Consejo Nacional Electoral, disponible en http://www.cne.gob.ve/web/sistema_electoral/tecnologia_electoral_descripcion.php .
[90]"Creció desconfianza en el CNE, pero también la intención de votar," El Nacional, 21 de Mayo de 2015, disponible en http://www.el-nacional.com/politica/Crecio-desconfianza-CNE-intencion-votar_0_631737031 .html ; ver "Especial EFE: Máquina electoral con captahuellas aviva desconfianza," El Tiempo, 5 de Agosto de 2012, disponible en http://eltiempo.com.ve/venezuela/comicios/especial-efe-maquina-electoral-con-captahuellas-aviva-desconfianza/60790 .
[91]"Gobierno exige a los bancos revelar hasta el alma de sus clientes," El Estímulo 5 de noviembre de 2015, disponible en http://elestimulo.com/elinteres/sudeban-exige-a-la-banca-entregar-hasta-el-ultimo-dato-de-sus-clientes/ ; "Gobierno aplicará el uso de drones para vigilar carreteras," El Carabobeño 6 de febrero de 2016, disponible en http://www.el-carabobeno.com/noticias/articulo/119429/gobierno-aplicar-el-uso-de-drones-para-vigilar-carreteras ; "Drones protagonizan operativo desarrollado por el Gobierno este Carnaval," Efecto Cocuyo 6 de febrero de 2016, disponible at http://efectococuyo.com/principales/drones-protagonizan-operativo-desarrollado-por-el-gobierno-este-carnaval ; "Gobierno usará Drones para controlar ‘el bachaqueo,’"," El Estímulo 1 de febrero de 2016, disponible en http://elestimulo.com/blog/gobierno-usara-drones-para-controlar-el-bachaqueo/ .
https://www.privacyinternational.org/sites/default/files/2018-01/venezuela_upr2016.pdf