El Feminicidio NO es una Emoción Violenta, Es un Crimen

Por Nasreen_amina

Wanda Taddei

A ver, ¿De donde sacaron algunos jueces, que la violencia de género que termina en asesinato, puede tener por justificación una “Emoción violenta”? Mira aquí la reconstrucción judicial de la muerte de Wanda Taddei

Grrr… Lo que me genera una real emoción violenta es que Eduardo Vazquez, baterista del grupo Callejeros y sospechoso pirómano, haya ejercido de manera sistemática violencia de género sobre su mujer, Wanda Taddei, hasta el punto de quemarla viva en su propia casa, ocultar las pruebas, negar los hechos y encima ahora, luego de una dilatada agonía judicial para la familia de la mujer asesinada, reciba una condena de 18 años – puede salir en 10- con la atenuante de que las acciones que le motivaron a rociar a su esposa con alcohol y prenderle fuego, fueron provocadas por una “Emoción Violenta”, argumento sacado a última hora de algún bolsillo de payaso de algún abogado aún más payaso.

No tengo palabras para verbalizar mi indignación, sólo decir que me duele que tengamos una justicia tan patriarcal, que no se molesta ni un ápice por caer en la ignominia de este tipo de condenas, que constituyen una afrenta a la dignidad de las mujeres y al propio concepto de igualdad ante la ley: Si una mujer mata a su marido, va presa de por vida por homicidio calificado agravado por el vínculo, pero si se trata de un hombre, pues nada chicas, fue una “Emoción violenta”, ya está, vivan con eso.

Llamemos las cosas por su nombre: La Violencia de Género no es una Emoción, es un CRIMEN  y cuando tiene por resultado la muerte de una mujer, se llama FEMINICIDIO!

Y mientras tantos, los Vazquez suman y siguen…

Eduardo Vazquez

La Emoción Violenta es una Falacia Juridica

Según Perla Prigoshin, abogada del CONSAVIG (Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género) y coordinadora del grupo de Facebook  “A la Violencia de Género le Decimos Basta” , la “Emoción Violenta justificante” no es un concepto objetivo sino que posee una importante carga valorativa o de “reconocimiento social” : “Supongamos que un ladrón que, al verse descubierto por alguien conocido, apremiado por el riesgo de que todo su futuro se encuentre comprometido con la amenaza de la cárcel, que perderá su familia y sus vínculos, en un arrebato emocional mata al testigo que puede incriminarlo. No cabe duda que actúa movido por una emoción violenta. Sin embargo, a eso lo denominamos homicidio “criminis causa” y se le impone prisión perpetua.”

Lo que no se dice cuando se habla de “emoción violenta” en los casos de feminicidio, es que el juzgador ha considerado que la celotipia es una emoción con reconocimiento social suficiente, para justificar la muerte de una persona o al menos atemperar el castigo. El problema no es la “emoción violenta” sino qué emociones resultan “socialmente aceptables” para el juzgador.

En el fondo, al aceptar que la que movió al femicida es una emoción justificante, se está aceptando que la protección de la vida cede ante la defensa del “honor” entendido como posesión exclusiva del cuerpo de la mujer que, además, debe sentir placer sólo con su propietario,  al que debe obedecer, no importunar con reclamos “quejosos” ni tener ninguna conducta que pueda ser decodificada como un cuestionamiento el estereotipo del super macho.

Ya me parece escuchar las justificaciones diciendo que el derecho es neutro y no hace más que reconocer “un condicionamiento cultural existente”. Ojo, con ese argumento porque con ese criterio el derecho debería reconocer cosas tales como el canibalismo, la esclavitud, o las prácticas pedófilas culturalmente instaladas.

Wanda y Vazquez, tal vez en mejores tiempos

Declaración de la Casa del Encuentro: Por una Justicia sin Vendas en los Ojos

El Tribunal Oral Criminal N° 20 dictó la sentencia a Eduardo Vázquez, lo encontró culpable de homicidio agravado por el vínculo y la pena recibió un atenuante “por el estado de emoción violenta”, por lo tanto fue condenado a 18 años de prisión. En ninguna etapa del juicio, ni siquiera desde la defensa fue utilizado el argumento del atenuante.

Según la Lic. Norma Stola, psicóloga de La Casa del Encuentro, “Cuando una persona actúa en estado de emoción violenta, entendemos que la emoción ha alterado su equilibrio psíquico en forma transitoria. El indicador más evidente del acceso emotivo es una disminución de la memoria (dismnesia) que imposibilita evocar los recuerdos del momento en que se produjo el hecho. La persona generalmente no tiene registro del modo en que se produjo el mismo.

Ahora bien, cuando el hecho pasó, cuando la persona toma conciencia del desenlace de lo sucedido aunque no pueda recordar cómo sucedieron los hechos, si no tuvo intención de dañar a otra persona, no se pregunta acaso, qué pude haber hecho?. Seré realmente culpable?, No aparecen la culpa, el dolor y el arrepentimiento? En el caso de Vázquez, nada de esto parece suceder, porque recuerda que fue un accidente, recuerda que no es culpable de lo que sucedió y recuerda que nunca estuvo en estado de emoción violenta”.

Esperábamos que la justicia hablara desde sus fallos indicando claramente que este femicidio fue perpetrado en el marco de la violencia de género y desde allí sancionara. Nuevamente queda en evidencia la ideología patriacarcal y sexista de algunos fallos, este tribunal puso el acento en el atenuante para justificar el femicidio.

La justicia tiene que entender que el varón agresor dirige su violencia hacia la víctima y que no existe motivo para atenuar su accionar.

Desde la muerte de Wanda Taddei 51 (1) mujeres murieron incineradas Argentina, pero algunos sectores de la Justicia siguen sin entender el significado del Femicidio, y sin conocer la ley 26 485.

Esta condena, es indignante y desconoce tratados internacionales y compromisos asumidos por el Estado que condenan la violencia de género.

Según la Dra. Luciana Gagniere, abogada de La Casa del Encuentro “Esta sentencia reafirma la desigualdad en la que se encuentran las víctimas frente a sus agresores, donde quienes deben equilibrar esa diferencia dictan condenas haciendo abuso del atenuante de emoción violenta, para invisibilizar la realidad de lo ocurrido”.

En este sentido coincidimos con las declaraciones del juez de la Cámara Federal y presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata, Carlos Rozanski, “cuando se juzga un femicidio es un contrasentido utilizar el atenuante de la emoción violenta”.

Desde la Asociación Civil La Casa del Encuentro, pedimos la incorporación de Femicidio al Código Penal, como un tipo penal autónomo, en el cual además de visibilizar esta forma extrema de violencia contra las mujeres y ponerle nombre, se restrinja la aplicación de atenuantes contempladas para los homicidios.

Es necesario dejar bien claro que el bien jurídico a proteger es la mujer y la igualdad a una vida libre de violencia.

Señora Justicia, por favor necesitamos que se saque la venda de los ojos y comience a mirar la realidad que viven millones de mujeres, niñas y niños en el mundo y también en nuestro país. Sólo pedimos justicia acorde con el delito cometido.

Por Ellas, las 51 mujeres que murieron incineradas:

Wanda Taddei, Sabrina Cennamo, Lidia Valiente, Betiana Chávez, Alejandra Daniela Céspedes, Carmen, Gladys Beatriz Pereira, Fátima Guadalupe Catán, Jorgelina Inés López, Norma Rivas, Natalia Nievas, Andrea Oyarzo, Silvana Lorena Kinderknech, Chuquel, Carolina Ruiz Díaz, Ivana Correa, Vanesa Soledad Celma, NN – Formosa, Verónica Viviana Medina, Gloria Paredes, Vanesa Beatríz Cardozo, Silvia Ranz, Analía Cáceres, Verónica Beatriz Manzanel, Ángela Alomo, NN.- La Matanza, Emilse Carolina Galván, Lorena Jiménez, Inés, Josefa Nadal, Natalia Teresa Coria, Vanina Hemmerling, Adriana Setau, Roxana Elizabeth Bottero, NN.-Tucumán, Daniela Torres, Yanina Mabel Treuquil, Reina Isabel Nevoraz, Marcela Rodríguez, Estela Alicia López, Jesica lencina, Gómez – Formosa, Maira Aldana Torchelli, Monroig – Santa Fe, Maria Cristina Rodríguez, Ramona Isabel Benítez, Dolores Ojeda, María Medina, Cristina Mayorga, Lorena Jiménez, María Marquese Bernuncio.

Fabiana Tuñez – Ada Beatriz Rico

Cofundadoras de la Asociación Civil La Casa del Encuentro.

(1) Según informe del Observatorio de Femicidios “ Adriana Marisel Zambrano”