El gobierno nacional impuso multas por un total de 1.060 millones de pesos a ocho terminales automotrices
y les ordenó "que se abstengan de concertar el precio de venta de los vehículos" en el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.
La medida alcanza a las filiales de las compañías Toyota, Volkswagen, General Motors, Renault, Ford, Fiat, Peugeot Citroën y Honda Motor.
También se ordenó a las automotrices multadas que "se abstengan de impedir o dificultar de cualquier manera, que terceras personas importen o adquieran vehículos en cualquier lugar del mundo, para su reventa o utilización en el Área Aduanera Especial"
La resolución 271 de la Secretaría de Comercio -que se publica en el Boletín Oficial con la firma de Augusto Costa- rechaza además "toda otra práctica que tenga por objeto o efecto mantener los precios de los vehículos "a niveles similares a los vigentes en el territorio continental nacional o superiores a los que prevalecerían en un mercado abierto y competitivo".
Las multas fueron dispuestas luego de que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) considerara que "se encuentra probado que se llevaron a cabo prácticas claramente perjudiciales para el interés económico general".
Seis de las automotrices (Volkswagen, General Motors, Renault, Ford, Fiat y Peugeot) fueron multadas con 150 millones de pesos cada una; a Toyota se le aplicó una sanción de 104,1 millones; y Honda Motor tendrá que pagar 56 millones.
El organismo de control antimonopólico abrió sumario a esas firmas en marzo de 2010, luego de las investigaciones realizadas como consecuencia de denuncias recibidas a comienzos de 2008.
Las prácticas imputadas a las ocho automotrices refieren a la concertación para fijar los precios a concesionarios de algunos modelos de vehículos 0 km en Tierra del Fuego, al mismo nivel que en el territorio continental nacional.
Esas compañías también trasladaron a precios impuestos a la importación y otros, de algunos vehículos extra Mercosur, pese a que estaban exentos; o bien, en algunos casos pagaron esos tributos -cuando en realidad no era obligatorio- para que esos automotores no compitieran en ventaja con los demás, ofrecidos a precios iguales que en el territorio continental.
Del mismo modo, la CNDC comprobó la importación de cantidades reducidas de vehículos extra Mercosur libres de arancel de importación.
La Secretaría de Comercio ordenó a las terminales multadas el cese de toda conducta que derive en la no comercialización de los repuestos, cobertura de las garantías y servicios de post venta de los productos de sus respectivas marcas, independientemente de que las ventas se hayan realizado a través de sus concesionarios oficiales o por medio de cualquier otro canal, y con prescindencia de la existencia de estipulación contractual alguna.
También dispuso que se abstengan de toda conducta tendiente a no ceder licencia para Configuración de Modelo, o cualquier otro documento o elemento que se requiera para el ingreso y/o la venta de vehículos de su marca en el Area Aduanera Especial.
Costa instruyó por último a la CNDC "para que investigue la eventual comisión de conductas anticompetitivas para los períodos posteriores a aquellos que fueron motivo de análisis".