El Observatorio de Movilidad Arval recopila las ayudas, tributación y legislación de la movilidad en España

Por Juan Luis Omeñaca @Valenciacars1
El Observatorio de Movilidad Arval recopila las ayudas, tributación y legislación que afectan a la movilidad en España y en Europa 2024


El Observatorio de Movilidad Arval comparte con ustedes una síntesis de los cambios en la fiscalidad legal y la evolución de los mecanismos asociados en Europa, por país.
El Observatorio de Movilidad Arval ha recopilado la evolución de la fiscalidad gubernamental, las subvenciones y los sistemas de compensación para 2024 en los siguientes países europeos: Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Noruega, Países Bajos, Polonia. , Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza . Los datos se pueden consultar aquí .

En los últimos años, Europa ha acelerado sus políticas de movilidad sostenible, con cada país adoptando distintos enfoques para promover el uso de vehículos eléctricos y reducir las emisiones de carbono. La diversidad de enfoques en Europa refleja la complejidad de transitar hacia una movilidad sostenible. Mientras algunos países optan por incentivos financieros directos, otros se enfocan en legislación y regulaciones que promueven cambios a largo plazo en el comportamiento de consumidores y empresas.


Además, la evolución fiscal y legislativa en Europa integra la movilidad en un marco más amplio. La próxima Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa de la Unión Europea (CSRD, por sus siglas en inglés), hará obligatorio el reporte de emisiones de gases de efecto invernadero para empresas que ya presenten el Estado de Información No Financiera, con un espectro que se irá acotando y afectará cada vez a más entidades)

  • España lanzó el Plan MOVES III , que nació con una dotación presupuestaria de 400 millones de euros y se amplió hasta julio de 2024 con una dotación presupuestaria total de 1.200 millones. El Plan Moves III ofrece hasta 9.000 euros por vehículo, buscando acelerar la transición hacia una movilidad más limpia. Sin embargo, la complejidad burocrática ha limitado su impacto, señalando la importancia de simplificar los procesos para una adopción más amplia. Recientemente, el Gobierno ha indicado que existe un compromiso para solventar los principales obstáculos administrativos de la ayuda.
  • La Agencia Tributaria de España ha aprobado medidas fiscales que benefician a los contribuyentes con una deducción del 15% en el IRPF por la compra de vehículos eléctricos . Esta deducción se aplica a la adquisición de una amplia gama de vehículos eléctricos, y es válida para compras realizadas entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. El descuento máximo que se puede obtener es de 3.000 euros, basado en una base máxima de deducción de 20.000 euros. Además, se ofrece una deducción adicional del 15% por instalar puntos de recarga en propiedades del beneficiario, con un ahorro máximo de 600 euros. Los usuarios podrán beneficiarse simultáneamente de esta deducción y de las ayudas Moves III.
  • Sigue vigente la exención del impuesto de matriculación para los vehículos que emiten hasta 120g CO2/km ; y, dependiendo del ayuntamiento, los vehículos eléctricos obtienen una exención o reducción del impuesto de circulación.
  • No hay incentivos disponibles en relación con el IVA. En las Islas Canarias hay una exención del IGIC para vehículos de propulsión alternativa (BEV, FCEV, PHEV, EREV, HEV, GNC y GLP) que emiten hasta 110g CO2/km.

Ayudas y tributación

  • Una vez que la Ley de Movilidad Sostenible española entre plenamente en vigor, las empresas con más de 500 empleados tendrán que desarrollar un Plan de Movilidad que fomente las opciones de movilidad eléctrica, alternativa y compartida. La Ley inició su tramitación legislativa en febrero de 2024 y está previsto que entre en vigor antes de final de año. Este enfoque legislativo refleja una tendencia creciente en España hacia la integración de la sostenibilidad en la planificación corporativa y urbana.
  • Según la Ley 29/2021 , los edificios no residenciales (empresas) con más de 40 plazas de aparcamiento, y también todos los edificios de nueva construcción, tendrán que instalar puntos de recarga.
  • Según la Ley 7/2021 , las estaciones de servicio seleccionadas tendrán que instalar puntos de recarga rápida o superrápida (según criterios de volumen de ventas).
  • Con la próxima Directiva de la Unión Europea sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) , los informes sobre gases de efecto invernadero pronto serán obligatorios para varias empresas (empezando por aquellas con más de 500 empleados de interés público). Los responsables de movilidad y flotas se enfrentan al doble reto de averiguar cómo reducir concretamente las emisiones de la movilidad de los empleados, encontrar formas de informar con precisión sobre las emisiones de sus flotas y medir la huella de los desplazamientos de sus empleados. La huella de carbono de la flota deberá distribuirse en consecuencia entre los ámbitos 1 (uso profesional de los vehículos eléctricos), 2 (vehículos eléctricos) y 3 (desplazamientos).
  • En Baleares, según la Ley 10/2019 , las empresas que tengan previsto renovar su flota deberán incluir un porcentaje mínimo de vehículos electrificados .

Legislación

Subsidios gubernamentales vinculados a los vehículos eléctricos (BEV y PHEV)

Tras el Plan Moves II, el Gobierno español ya ha actualizado la tercera edición del programa para la compra de vehículos eléctricos y la instalación de sus puntos de recarga: el llamado Plan Moves III, que originalmente se prorrogó hasta finales de 2023. Los MOVES III cubren hasta 800 millones de euros en subvención directa para la compra de un coche eléctrico, hasta 9.000 euros por vehículo, y la instalación de equipos de carga. El MOVES III se ha prorrogado hasta julio de 2024.
Estas subvenciones se obtienen a través de los concesionarios. Aportarán directamente 1.000€ de subvención con cargo a la factura. Mientras tanto, la subvención de la Comunidad Autónoma se abonará en los 12 meses siguientes.


Sin embargo, la falta de un método de solicitud común y el exceso de burocracia y tiempos de respuesta, han resultado en un pequeño fracaso del plan en sí.

Legislación de movilidad

Una vez que la Ley de Movilidad Sostenible entre en vigor, las empresas de más de 500 empleados deberán desarrollar un Plan de Movilidad que fomente opciones de movilidad eléctrica, alternativa y compartida. La Ley iniciará su trámite legislativo en febrero de 2024 y entrará en vigor antes de fin de año.

Cambios en la tributación y cálculo de beneficios en especie

Matriculación de vehículos: Los contribuyentes podrán deducir el 15% de las cantidades pagadas desde el 30 de junio de 2023 al 31 de diciembre de 2024, por la instalación durante ese período en un inmueble de su propiedad de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos que no se destinen a una actividad económica.
La base anual máxima de esta deducción será de 4.000 € anuales y estará compuesta por las cantidades pagadas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que lleven a cabo la instalación, deduciendo las cantidades que, en su caso, hayan sido subvencionadas mediante algún programa de ayudas públicas.


Además, sigue vigente la exención del 'impuesto especial' para los vehículos que emitan hasta 120 g de CO2/km.


Propiedad: Dependiendo de las medidas locales, los vehículos eléctricos obtienen una exención o una reducción del impuesto de circulación.


Exención/reducción del impuesto de circulación en función de las políticas locales, por ejemplo, vigente para Madrid, Barcelona, ​​Zaragoza, Valencia


Reducción del 75% para BEV en las principales ciudades (p. ej., Madrid, Barcelona, ​​Zaragoza, Valencia, etc.).


IVA: No hay incentivos disponibles en materia de IVA, exento Islas Canarias: exención del IGIC (IVA de Canarias) para vehículos de propulsión alternativa ( es decir, BEV, FCEV, PHEV, EREV, HEV, GNC, GLP) que emitan hasta 110 g de CO2/km


IRPF: Deducción del IRPF por la compra de vehículos eléctricos enchufables, de pila de combustible y puntos de recarga. Podrás aplicar la deducción por la compra de un único vehículo eléctrico nuevo si es para uso particular. La base de la deducción es el valor de adquisición del vehículo, incluidos los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, y no formarán parte de la deducción las cantidades subvencionadas o por subvencionar mediante un programa de ayudas públicas.
En todo caso, la base de la deducción no podrá exceder de 20.000 €.

Cambios legislativos adicionales que pueden afectar a la flota, a las empresas que tienen flotas y a la movilidad

Los vehículos eléctricos están exentos de peajes en determinadas autopistas regionales, pueden utilizar carriles para vehículos de alta ocupación, en algunos casos, y obtienen estacionamiento gratuito en algunas zonas de la ciudad.


Las subvenciones a infraestructuras (Subvenciones a puntos de recarga privados y públicos.) se incluyen en el Plan Moves III


Exención de peaje en las autopistas regionales para vehículos eléctricos. Aparcamiento gratuito en ciudades seleccionadas. Los carriles de tráfico reservados para la circulación de alta ocupación solo pueden ser utilizados por el conductor de BEV.


Según la Ley 29/2021, los edificios no residenciales (empresas) con más de 40 plazas de aparcamiento, y también todos los edificios de nueva construcción, necesitarán instalar puntos de recarga.
Según la Ley 7/2021, las estaciones de servicio seleccionadas deberán instalar puntos de carga rápida o superrápida (según criterios de volumen de ventas)

Compartiendo este artículo usted puede ayudar a difundir valor a otros que están buscando este tipo de información. Si valora el trabajo que hacemos en Valenciacars para usted y le resulta útil, le queremos pedir un gran favor: por favor comparta el artículo en WhatsApp, en Facebook , en Twitter y sus demás redes
Así,que el Observatorio de Movilidad Arval recopila las ayudas, tributación y legislación que afectan a la movilidad en España y en Europa 2024


Con la próxima Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) de la Unión Europea, los informes sobre gases de efecto invernadero pronto serán obligatorios para varias empresas (comenzando por aquellas con más de 500 empleados de interés público). Los administradores de movilidad y flotas se enfrentan al doble desafío de descubrir cómo reducir concretamente la movilidad de los empleados, encontrar formas de informar con precisión las emisiones de su flota y medir la huella de los desplazamientos de sus empleados. La huella de carbono de la flota deberá distribuirse en consecuencia entre el alcance 1 (uso profesional de los ICE), 2 (VE), 3 (desplazamientos).
En Baleares, según la Ley 10/2019, las empresas que tengan previsto renovar su flota deberán incluir un % mínimo de vehículos electrificados.