Según un informe elaborado por el Centro de Estudio Mujeres y Trabajo de la Argentina (CEMyT), sobre la Encuesta permanente de Hogares del INDEC, el 85% de las empleadas domésticas del país no se encuentra registrado. Ante esta realidad, el Gobierno nacional presentó en 2010 un proyecto de ley para establecer un régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, que cuenta con media sanción de Diputados y ahora aguarda su aprobación en el Senado de la Nación.
El informe del CEMyT destaca que el 40% de las trabajadoras domésticas se desempeńa en jornadas iguales o menor a las 16 horas semanales, en su ocupación principal. El proyecto de ley prevé vacaciones pagas, licencia por maternidad, asignaciones familiares, aguinaldo e indemnización por despido. También una jornada laboral de 8 horas diarias o 48 horas semanales y un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13. La hora extra se cobrará un 50% los días de semana y hasta el sábado a las 13. Después de esa hora y durante el domingo, será al 100% del valor de la hora común. La cobertura por accidentes de trabajo estará a cargo de la ART y el empleador deberá otorgar la ropa y los elementos de trabajo, así como alimentación. Se prohibe la contratación de menores de 16 ańos.
Desde el Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica Argentina, se destaca que la ley no contempla a los empleadores, que en su mayoría son trabajadores de clase media que requieren de esta prestación para poder continuar desarrollando su propia fuerza de trabajo. Aquellos con mayor poder adquisitivo suelen registrar a sus empleadas, pero la regulación debería contar con una cierta flexibilidad que considere también el perfil del empleador para poder realmente regularizar el trabajo en negro y así generar una masiva registración. Toda ley que intente regular el trabajo en negro, a priori lo que busca es incluir y dar un piso de seguridad social al trabajador, pero no debe ser tan estricta, ya que podría generar una dificultad a los empleadores en el momento de cumplir con esa reglamentación. Otro de los flancos débiles del proyecto es la cultura histórica del tipo de prestación de este trabajo. Si bien la ley es un punto de partida básico, hará falta recorrer un largo camino para que su cumplimiento sea realmente efectivo.
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