Revista Opinión

El pueblo de Cuba tiene su voto para afirmar la Constitución de la República

Publicado el 13 enero 2019 por Norelys @norelysmorales
El pueblo de Cuba tiene su voto para afirmar la Constitución de la República Norelys Morales Aguilera.─ El texto constitucional que será refrendado el 24 de febrero es una obra colectiva de calidades no bien justipreciadas por los medios internacionales, en consonancia con las líneas de mensajes que indican los laboratorios mediáticos. Pero es el pueblo de Cuba, su gente, quienes tienen la palabra.
1-  El 24 de febrero de 2019 una pregunta será respondida por la población cubana: "¿Ratifica usted la nueva Constitución de la República?" (Espere para ver que será SÍ.)
2- Con total legitimidad la Segunda Sesión Ordinaria de la 77 legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó la nueva Constitución de la República. En cumplimiento de lo acordado en su sesión ordinaria de los días 21 y 22 de julio del año 2018, el proyecto de Constitución de la República fue sometido a consulta popular, entre el 13 de agosto y el 15 de noviembre del 2018.
3- Por espacio de casi tres meses, se desarrolló un amplio proceso de consulta popular, en el que los ciudadanos expresaron libremente sus opiniones sobre el contenido del Proyecto, conllevando a la modificación del 60 % de los artículos, en clara evidencia del carácter profundamente democrático de la Revolución, donde las principales decisiones que definen la vida de la nación se elaboran con el aporte de todos los cubanos.
4- La participación popular y la calidad de esa participación indican que el pueblo de Cuba asumió la elaboración de la nueva Carta Magna como un asunto prioritario, que decide el futuro de la nación. Vale indicar que todas las propuestas fueron recogidas y admitidas, sin realizar votación de las mismas.
5-  El análisis popular no solo puso de manifiesto la necesidad de perfeccionar la Constitución, sino que aportó nuevos elementos para el ejercicio legislativo.
6- Ello se tradujo en las siguientes cifras:
- 133 681 reuniones fueran efectuadas de la siguiente forma:
•79 947 pobladores en general
•45 452 de colectivos de trabajadores
•3 441 de campesinos
•1 585 de estudiantes universitarios
•3 256 de estudiantes de la enseñanza media
- La asistencia ascendió a 8 945 521 personas
7- Fueron realizadas 1 706 872 intervenciones, de ellas fueron propuestas 783 174 propuestas, con las que la Asamblea Nacional aprobó:
•666 995 modificaciones
•32 149 adiciones
•45 548 eliminaciones
•38 482 dudas
8- Sin dudas, que lo acontecido en Cuba no tiene antecedente de un proceso de participación popular para la creación y aprobación de un texto constitucional. ¿Cómo se hizo?
9- La comisión redactora reunió todas las intervenciones de la población en 9 mil 595 “propuestas tipo”. El 50.1 por ciento (4 mil 809) de ellas fueron aceptadas y el 49.9  se consideraron improcedentes desde el punto de vista jurídico, porque no eran contenidos constitucionales, como dudas y preguntas, pero que se tendrán en cuenta en la elaboración de las leyes requeridas.
10- Las opiniones de los cubanos residentes en el exterior fueron agrupadas en 978 “propuestas tipo”, de las cuales 391 fueron aceptadas, para un 40 por ciento.
11- La página web habilitada por el Minrex recibió 4 751 visitas de 123 países. La inmensa mayoría de ellas no cuestiona la esencia del sistema socialista cubano.
12-En total, la Comisión redactora hizo 760 cambios, que van desde una palabra o frase hasta la incorporación de un párrafo o artículo completo, o sea, todo lo que contribuyera a mejorar el texto fue asumido.
12- Como resultado, en la estructura del Proyecto Constitucional se mantiene 11 Títulos, 24 Capítulos, 18 Secciones (se añaden dos más), 229 Artículos (cinco más) y ocho párrafos del preámbulo se modificaron.
13- Unos 134 Artículos fueron modificados, lo que representa casi el 60 por ciento. Tres artículos se eliminaron y solo 87 continúan intactos.
14- El proceso es una genuina demostración del ejercicio de poder por el pueblo y, por tanto, del carácter democrático del sistema político cubano.
15- La Carta Magna reafirma el rumbo socialista de la Revolución.
16- Pero, ese rumbo socialista se encausará hacia el perfeccionamiento continuo de la sociedad.
17- El articulado en su conjunto concede una mayor inclusión, justicia e igualdad social y más participación del pueblo.
18- Este proceso ha sido el indudable consenso sobre los temas que definen la vida de la nación.
19- La Constitución a referendo plasma que Cuba no volverá jamás al capitalismo como régimen sustentado en la explotación del hombre por el hombre, y que solo en el socialismo y en el comunismo el ser humano alcanza su dignidad plena.
20- Fueron incorporados dos nuevos artículos, uno relativo a la participación de los trabajadores en los “procesos de planificación, regulación, gestión y control de la economía” (Artículo 20) y el otro, acerca del papel de la ciencia, la tecnología y la innovación en el desarrollo económico y social del país (Artículo 21).
21- En cuanto a la propiedad socialista de todo el pueblo, se precisa que la transferencia de derechos que no impliquen la propiedad sobre los bienes de dominio público es facultad del Consejo de Estado (artículo 23) y quedan incluidos, entre ellos, los yacimientos minerales y las playas.
22- Dentro de esta forma de propiedad también fue definido que incluye otros bienes patrimoniales, de carácter estratégico para el desarrollo económico y social del país, entre ellos, "las principales infraestructuras, industrias e instalaciones económicas y sociales", los que podrán ser transferidos en propiedad solo en casos excepcionales, por el Consejo de Ministros, siempre que se destinen a los fines del desarrollo económico y social del país.
23- Otra modificación está referida al contenido del Artículo 22 (actual Artículo 30), el que en su nueva redacción precisa la regulación por el Estado de la concentración de la propiedad en personas naturales y jurídicas no estatales, e incluye lo relativo a una redistribución más justa de la riqueza, aspecto en el que se expresaron muchas opiniones divergentes, y con lo cual se atiende a un número elevado de propuestas.
24- Entre los elementos generales reconocidos en el Proyecto están el carácter socialista del sistema económico cubano, papel del Estado en la dirección, regulación y control de la economía, la propiedad socialista del pueblo sobre los medios fundamentales de producción y el reconocimiento del mercado, planificación socialista, participación de los trabajadores en los procesos económicos, papel de la empresa estatal socialista, propiedad privada con carácter complementario, papel de la inversión extranjera.
25- En los tiempos que corren afirmar la esencia de un estado es capital. Queda en la Carta Magna que la República de Cuba basa las relaciones internacionales en el ejercicio de su soberanía y los principios antiimperialistas e internacionalistas, en función de los intereses del pueblo y, en consecuencia: a) reafirma que las relaciones económicas, diplomáticas y políticas con cualquier otro Estado no podrán ser jamás negociadas bajo agresión, amenaza o coerción.
26- Queda ratificada a Cuba como un Estado socialista de Derecho donde el imperio de la ley y el carácter supremo de la Constitución delinean a ese Estado socialista.
27- El texto constitucional establece innovaciones importantes a favor de la defensa de los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los cuales Cuba es signataria. En igual sentido hay una voluntad explícita a favor de la protección y conservación del medio ambiente y la lucha contra los efectos del cambio climático.
28- En los derechos humanos se reconoce en estos su indivisibilidad, irrenunciabilidad e interdependencia, en correspondencia con el principio de progresividad y sin discriminación. También se amplía el derecho de igualdad y se proscribe la discriminación por “razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o cualquier otra lesiva a la condición humana”.
29- Se introdujo en el texto un desarrollo del debido proceso, enmarcado fundamentalmente desde una visión penalista y se elevó a rango constitucional el procedimiento de habeas corpus.
30- Se abandona la concepción de que el matrimonio se establece entre un hombre y una mujer y en su lugar se consigna que es “entre dos personas”, con lo cual se da cauce a la posibilidad del matrimonio igualitario.
Lea la constitución para que no se lo cuenten.


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